Gracias por la respuesta.

Me queda una duda. Comentas que en caso de enfermedad profesional no es preciso haber cotizado a la Seguridad Social los 180 días dentro de los últimos 5 años para conseguir el subsidio por incapacidad laboral transitoria.

¿Quién decide si la enfermedad es una enfermedad profesional o no a la hora de valorar a alguien con incapacidad laboral transitoria??

Gracias de nuevo.