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Madrid,
España. |
6
de Julio de 2005 |
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Las ayudas a las
personas discapacitadas o dependientes no son una carga sino un
derecho. |
Tras la celebración
del curso de verano sobre domótica y dependencia, promovido por la
Fundación AstraZéneca y que se ha venido celebrando en el marco de los
Cursos de Verano que la Universidad Complutense de Madrid celebra cada
año en El Escorial, se han dado a conocer las principales conclusiones
de este encuentro.
A través de las
mismas, se hace un llamamiento a la sociedad y a los poderes públicos,
resaltándose que cualquier medida que se adopte en este ámbito no debe
considerarse como una carga para la sociedad, ya que esta no puede
avanzar sin contar con todos sus integrantes y esto requiere eliminar
discriminaciones y hacer real esa igualdad de oportunidades de la que
tanto se habla.
El documento elaborado
es el siguiente:
CONCLUSIONES DEL CURSO
DE VERANO "UN NUEVO HORIZONTE PARA LAS PERSONAS DEPENDIENTES: LA
DOMÓTICA Y LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACION Y DE LA COMUNICACION"
Durante los días 29 y
30 de Junio y 1 de Julio de 2005 ha tenido lugar el seminario "Un
nuevo horizonte para las personas dependientes: la domótica y las
tecnologías de la información y de la comunicación", organizado
por la Fundación AstraZéneca en el marco de los cursos de verano de la
Universidad Complutense en El Escorial (Madrid). El curso fue dirigido
por Julio Sánchez Fierro patrono de dicha Fundación, participando Luis
Cayo Pérez, director técnico del CERMI, como secretario.
Como conclusiones más
relevantes, resultantes de la exposición y debate de las distintas
ponencias, destacan las siguientes:
1) Durante los últimos
años ha arraigado en la Sociedad la necesidad de atender y dar la
debida protección social a las personas dependientes y a sus familias,
y de hacerlo con una adecuada definición de derechos, con un volumen de
financiación suficiente y sostenible, garantizando la igualdad de trato
en todo el territorio nacional.
2) Las Recomendaciones
del Pacto de Toledo, acordadas por todos los Grupos Políticos,
constituyen un mandato inequívoco para dar efectividad a esos derechos
y para implantar un sistema de garantías y un módulo financiero que
hará de la protección a la dependencia la cuarta columna del llamado
Estado de Bienestar.
3) Se considera preciso
que el Proyecto de Ley correspondiente se apruebe cuanto antes, de modo
que se considere finalizada la fase de los debates teóricos, jurídicos
y de financiación y se pase a la etapa de las medidas prácticas, etapa
en la que la domótica y las nuevas tecnologías ayuden a las personas
dependientes y a sus familias a lograr una mayor calidad de vida y
conseguir la mayor autonomía personal posible.
4) Las nuevas
tecnologías, dentro de una visión integral e integradora de la
accesibilidad, deben contribuir a derribar barreras que impiden a un
importante sector de la sociedad (más de 3,5 millones de personas en
España) participar plenamente de la vida ciudadana y en la actividad
laboral.
5) El Plan Nacional de
Accesibilidad y el sector de la discapacidad requieren unas respuestas
operativas sin más demoras, respuestas que no deberían ser aisladas ni
asistemáticas, sino muy coordinadas por los poderes públicos y con la
colaboración más amplia posible de las autoridades de la
Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las
empresas y de las distintas organizaciones sociales (ONG's y Agentes
Sociales).
6) Las medidas que se
adopten en este ámbito no son una carga para la sociedad, ya que ésta
no puede avanzar sin contar con todos, lo cual requiere eliminar
discriminaciones y hacer real la igualdad de oportunidades.
7) Las soluciones que
ofrecen las nuevas tecnologías deben adoptarse contando con las
personas dependientes, al tiempo que debería tomarse conciencia de que
las respuestas diseñadas para resolver problemas de ciertos sectores de
la discapacidad, luego se han mostrado útiles y se han extendido al
conjunto de la sociedad (mensajes escritos telefónicos, por ejemplo).
8) Las ayudas
técnicas, las tecnologías asistivas y las nuevas tecnologías pueden
atenuar, y de hecho lo hacen, los grados de dependencia de las personas
en esta situación o con riesgo de incurrir en ella, pues contribuyen a
mejorar o mantener durante el mayor tiempo posible la autonomía
personal y la vida independiente.
Las tecnologías
asistivas forman parte de las medidas de acción positiva dirigidas a
prevenir o retrasar la aparición de las situaciones de dependencia en
personas con discapacidad y mayores. Han de ser consideradas, pues, como
una inversión social y no como un coste, y deben integrarse como una
prestación más en el catálogo de prestaciones y en la cartera de
servicios del futuro Sistema Nacional de Promoción de la Vida Autónoma
y Atención a la Dependencia.
9) En este sentido, las
tecnologías de apoyo se encuadrarían en el tipo de medidas
establecidas en el artículo 8 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, es
decir, una clase de "medidas de acción positiva" consistente
en "apoyo de carácter específico destinados a prevenir o
compensar las desventajas o especiales dificultades que tienen las
personas con discapacidad en la incorporación y participación plena de
los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social,
ateniendo a los diferentes tipos y grados de discapacidad".
10) Como ya se ha
apuntado, el Sistema Nacional de Promoción de la Vida Autónoma y
Atención a la Dependencia debe comprender, entre sus prestaciones, la
elaboración de un Catálogo General Sociosanitario de Tecnologías de
Apoyo y Ayudas Técnicas, catálogo que debería ser promovido desde la
Administración General del Estado, a través de los Ministerios de
Sanidad y Consumo y de Trabajo y Asuntos Sociales, junto con las
Comunidades Autónomas.
En su elaboración
deberían participar todos los operadores del sector: fabricantes,
comercializadores, usuarios, clientes, prescriptores, etc. Este
Catálogo General Sociosanitario, aparte de recoger los diferentes tipos
de Tecnologías de Apoyo y Ayudas Técnicas existentes, deberá incluir
los tipos de deficiencias y discapacidades para las que es aplicable
cada una de estas tecnologías, el grado de mejora de la discapacidad
generado por cada una de estas Ayudas y componentes sociales y
personales (actividad laboral aficiones, perfil personal, etc.)
relativos a la utilización de dichas Ayudas Técnicas.
11) Otro aspecto
relevante es el de la necesidad de revisar el régimen fiscal vigente
aplicable a las tecnologías de apoyo aplicables a la dependencia, que
está lejos de ser equitativo. Es preciso ampliar, a efectos fiscales,
la elación de bienes, elementos y artículos considerados como Ayudas
Técnicas, ahora excesivamente limitada, a incrementar las exenciones
fiscales, así como extender la aplicación de tipos súper reducidos en
impuestos con clara incidencia en el coste del producto como es el caso
del IVA.
12) Otra medida que se
propone adoptar es la conversión del actual Centro Estatal de
Autonomía Personal y Ayudas Técnicas (CEAPAT) adscrito al Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales, a través del IMSERSO, que ha venido
desarrollando una meritoria y destacada labor, en el gran Centro de
Referencia en materia de Tecnologías de Apoyo y Ayudas Técnicas de la
Administración General del Estado.
En esta nueva orientación, el CEAPAT debería verse reforzado para que
asumiera las funciones propias de un Centro de Referencia de la
Administración Sociosanitaria: investigación y desarrollo,
información y difusión, formación, elaboración de normas técnicas,
fomento de la calidad y de la satisfacción del usuario, evaluación,
prospectiva, cooperación con otras Administraciones y con la sociedad
civil, etc.
13) En todo caso, las
soluciones que proporcionen las nuevas tecnologías no deberían generar
problemas colaterales que comporten nuevas barreras para quienes padecen
discapacidad. Por ello sería preciso que respondan a las siguientes
criterios:
· Seguridad y comodidad
· Ser susceptibles de control personal
· Agilidad en su gestión y manejo
· Información sencilla de entender por parte de los usuarios.
14) Debería ponerse en
funcionamiento el "Foro de Análisis" previsto en el Plan
Nacional de Accesibilidad 2004-2012, ya que en su seno, con la
colaboración de todos los interesados, pueden señalarse las mejores
sendas y directrices para implantar e introducir las nuevas tecnologías
en favor del sector de la discapacidad.
15) Otro tanto debería
hacerse con el programa de I+D previsto en el II Plan Nacional de
Personas Discapacitadas, que incluye previsiones a medio plazo y que no
deberían ignorarse en las prioridades del Gobierno dentro del llamado
Plan de Acción, recientemente anunciado "Ingenio 2010".
16) Entre otros
aspectos específicos también hay que destacar los siguientes:
a. Las interesantes
iniciativas que, en el ámbito de Hospitales y Centros de Salud, se
están empezando a introducir dentro de las nuevas instalaciones que se
están promoviendo en varias Comunidades Autónomas, especialmente en la
Comunidad de Madrid, y que sería importante coordinar con otras en el
marco del Sistema Nacional de Salud, implicando a profesionales y a
pacientes y fomentando una nueva cultura que facilite la utilización y
extensión de las nuevas tecnologías, que permiten la atención
inmediata a distancia.
b. Las importantes
inversiones y acciones innovadoras que en el campo de los servicios
sociales se están llevando a cabo en diversas Comunidades Autónomas,
algunas de ellas respaldadas por Leyes Autonómicas y significativas
dotaciones presupuestarias (Por ejemplo, Madrid, con más de 2.000
millones de Euros para accesibilidad y todo un plan para proyectar sobre
la discapacidad las ventajas de la llamada Sociedad del Conocimiento)
que contemplan aspectos asistenciales, pero también educativos, de
cultura y de ocio.
c. Experiencias
innovadoras en el ámbito de la ergonomía y su aplicación a ciertos
sectores de la discapacidad (enfermos mentales, lesionado medulares,
etc.) páginas Web del voluntariado, etc.
17) Las aportaciones de
expertos en las Mesas y las Ponencias por ellos expuestas también
permitieron constatar que la accesibilidad universal constituye un
presupuesto indispensable para el ejercicio de derechos fundamentales de
las personas con discapacidad, y por tanto, forma parte de su contenido.
La ausencia de accesibilidad de los entornos, productos y servicios ha
de considerarse como una vulneración de los derechos de las personas
con discapacidad y ha de ser considerada como una discriminación
prohibida por el ordenamiento jurídico.
18) Las nuevas
tecnologías y, en general, las tecnologías asistivas o de apoyo son un
aliado para la autonomía personal de las personas con discapacidad. En
la futura regulación de la atención a la dependencia, han de venir
incluidas como un recurso provisto por los poderes públicos con el
rango de derecho.
19) Las Tecnologías de
la Información y las Comunicaciones pueden aportar a la dependencia
soluciones importantes tanto para las personas dependientes como para
sus cuidadores.
La adaptación de la
tecnología al usuario es un punto crítico para su aplicación en el
entorno de la dependencia (Diseño para todos).
El coste de la tecnología puede llegar a ser un factor limitante para
su implantación, pero hay que estudiar su rentabilidad como parámetro
más realista: coste -ahorro = rentabilidad.
20) Es necesario
avanzar en los planes y programas de vivienda (necesidad social muy
sentida por todos los sectores sociales), pero sin descuidar los
aspectos relacionados con los equipamientos urbanos y con las dotaciones
tecnológicas adecuadas para todos. La llamada vivienda digital o
vivienda inteligente no debería plantearse como una entelequia sino
como un objetivo alcanzable y útil para todos, especialmente para las
personas dependientes (seguridad, economía, control, confort,
comunicación, asistencia, etc.).
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