Datos de UNICEF revelan que en 1990 había en el mundo 150 millones de niños con discapacidad y se espera para el 2025 una disminución del 14% en países desarrollados y un aumento del 47% en países en vías de desarrollo. Estos datos alarmantes estarían directamente relacionados con situaciones de pobreza, guerra y SIDA. Por otra parte, del 10% de personas con discapacidad que habitan en el mundo, sólo el 2% accede a servicios de rehabilitación (salud, educación). La legislación internacional ha tomado cartas en el asunto para proteger un grupo vulnerable que la crisis mundial directa e indirectamente influirá para que aumente.
Las personas con discapacidad: estado actual en la modalidad de atención de su salud bucal
Dra. Patricia DI NASSO
Profesora Titular Efectiva cátedra de Atención Odontológica del Paciente Discapacitado, Facultad de Odontología, Universidad Nacional de Cuyo, Mendoza, Argentina. Master en Atención Temprana (2008) España, Magíster en Gestión de Organizaciones Públicas (Especialidad: Educación). Investigadora categoría 3, Especialista en Odontología Preventiva y Social. Especialista en Docencia Universitaria. Directora del Centro de Atención Odontológica al Discapacitado.
El presente trabajo integra el plan de estudios de Doctorado en Salud Pública en la Atlantic International University, EEUU
Datos de UNICEF revelan que en 1990 había en el mundo 150 millones de niños con discapacidad y se espera para el 2025 una disminución del 14% en países desarrollados y un aumento del 47% en países en vías de desarrollo.
Estos datos alarmantes estarían directamente relacionados con situaciones de pobreza, guerra y SIDA.
Por otra parte, del 10% de personas con discapacidad que habitan en el mundo, sólo el 2% accede a servicios de rehabilitación (salud, educación).
La legislación internacional ha tomado cartas en el asunto para proteger un grupo vulnerable que la crisis mundial directa e indirectamente influirá para que aumente.
Cronológicamente, tres son los hitos que aparecen a nivel internacional y que de alguna u otra manera intenta amparar a este grupo humano.
Ellos son:
1. Declaración de los Derechos del Niño ONU, 1959.
En su principio V, dice: que el niño física o mentalmente impedido debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requieren su caso particular.
2. XXIX Asamblea Mundial de la Salud, Mayo de 1976.
Se adoptó la Resolución 29.35, mediante la cual se aprueba la publicación de la "Clasificación Internacional de la Organización Mundial de la Salud" (OMS), basada en el modelo de consecuencias de la enfermedad, según la cual se entiende por:
3. Convención de los Derechos del Niño, 1989
Se formulan estos derechos como obligaciones de los Estados miembros.
En su art. 23.4 dice: "promoverán el intercambio de la información adecuada en la esfera de la atención sanitaria preventiva de los niños impedidos, así como el acceso a esa información".
Resolución 37/52 de la Asamblea General de NACIONES UNIDAS, 3/12/1982
Se aprueba el "Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidades". Adoptando el esquema conceptual de Clasificación propuesto por la OMS y estructurando las medidas de acción que proponen en relación con la Prevención, Rehabilitación e Igualdad de oportunidades, entendiendo por:
Como se aprecia, todas del siglo pasado, enunciando aspectos generales y a las cuales los países podían o no adherir.
La ODONTOLOGÍA como Ciencia de la Salud no está fuera del alcance de estas normas. Muy por el contrario, es responsable de la salud bucal de los bebés, niños, adolescentes, adultos y ancianos con discapacidad. Responsable de la promisión de la salud, de las acciones preventivas y rehabilitadoras. Por lo cual el recurso humano odontológico debe formarse en este sentido.
Por otra parte, la DISCAPACIDAD es un fenómeno de impacto en tres esferas: individual, familiar, emocional y social, donde están involucrados el propio paciente que padece una discapacidad y el entorno que lo rodea como afectados directos e indirectos.
Por lo cual se considera una FENÓMENO AMPLIFICADO, en donde una familia se afecta, la educación debe dar una respuesta y por supuesto también la salud cambiando modalidades arcaicas de atención en donde el Profesional en lapsos breves debe atender a una multitud que lo espera.
La DISCAPACIDAD obliga a repensar esa modalidad, pero lamentablemente nos enfrentamos al paradigma de la realidad.
La Discapacidad como problema social
Para profundizar este tema, es importante desgranar más finamente aspectos que deben ser tenidos en cuenta a la hora de explicar el modelo de salud bucal al que posiblemente muchos discapacitados acceden en Latinoamérica.
Esos aspectos son:
A simple vista, el Plan de acción mundial se orienta hacia la prevención, la rehabilitación y la equiparación de oportunidades y esto incluye la ODONTOLOGÍA
Existen Factores que pueden contribuir al desinterés social. Entre ellos se encuentran:
Modelos de servicio en la atención odontológica del paciente con discapacidad
La ciencia odontológica no escapa a lo relatado. Por el contrario posiblemente no ha dado respuesta a una realidad de la cual no puede quedar ausente o dar una respuesta no acorde a las necesidades reales del paciente.
Hoy se perciben:
El Maternal and Child Health Bureau ha definido a los niños y adolescentes con necesidades especiales de salud a aquéllos que tienen o han incrementado su riesgo por una enfermedad física crónica, desarrollo, comportamiento o condición emocional.
La salud bucal de niños y adolescentes con necesidades especiales de salud está afectada negativamente por la medicación, terapias o dietas especiales que ellos requieren o por las dificultades en la higiene bucal diaria. Muchos padres no tienen suficiente información acerca del crecimiento y desarrollo dento-maxilofacial de sus hijos.
Resultados de un estudio sobre la demanda de cuidados y uso de servicios de salud para niños con necesidades especiales (1994-1995) revelaron que es mayor la demanda de los servicios odontológicos y sus padres manifestaron haber sido rechazados al solicitar tratamiento e indicaron la insuficiencia de odontólogos con inclinación al tratamiento de personas con discapacidad (National Maternal and Child Oral health Resource Center, Georgetown University, 2002).
El primer escalón pasa por los derechos humanos, o mejor dicho por los Derechos de las Personas con Discapacidad, que básicamente se resumen en dos grandes aspectos:
1. La igualdad de oportunidades
Alude al proceso mediante el cual los diversos sistemas de la sociedad, el entorno físico, los servicios, las actividades, la información y la documentación se ponen a disposición de todos, especialmente de las personas con discapacidad.
Significa también que las necesidades de cada persona tienen igual importancia, que ellas deben constituir la base de la planificación de las sociedades y que los recursos han de emplearse para garantizar la igualdad de oportunidades de participación.
2. La prevención y rehabilitación
La Prevención refiere a la adopción de medidas tendientes a impedir que se produzca un deterioro físico, intelectual psicológico o sensorial o a impedir que ese deterioro cause una discapacidad o limitación funcional permanente.
La rehabilitación es un proceso encaminado a lograr que las personas con discapacidad logren alcanzar y mantener un estado funcional óptimo, o sea que puede abarcar medidas para restablecer funciones o para compensar la pérdida o falta de funciones, con la finalidad de modificar su propia vida y ser más independientes.
Son fundamentales las posibilidades de acceso para lograr la igualdad de oportunidades en todos los ámbitos sociales: entorno físico (calles, veredas, etc.), sistema educativo, en el trabajo, en las prestaciones sociales, en la vida familiar, en espacios culturales o religiosos, y en actividades recreativas, deportivas y de ocio.
Y la odontoestomatología está incluida.
Bibliografía: