Conocimientos sobre los principios eticos y las implicaciones legales en las practicas profesionales de los estudiantes de enfermeria
Autor: Wendy Figueroa | Publicado:  31/01/2012 | Formacion en Ciencias de la Salud , Etica, Bioetica. Etica medica. Etica en Enfermeria , Enfermeria , Articulos | |
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Actualmente, la bioética constituye una fuente de principios y normas de comportamiento que iluminan la conciencia y orientan a hacer elecciones siempre respetuosas de la vida y la dignidad, Pardo, J (2004). Su principal área de estudio es la ética en la salud, pues la enfermería Normalmente implica la intervención técnica sobre el cuerpo humano, y toda intervención sobre el hombre está marcada por su valor máximo; este valor máximo determina los fines y las acciones que deben perseguirse y realizarse al actuar sobre él.

De tal modo a la bioética, se la interpreta como el arte de conseguir un consenso social acerca de lo que se puede y no se puede hacer en la atención médica. Al final, dicho acuerdo, resultado de la discusión social, termina siendo frecuentemente la imposición de la ley del más fuerte, en violento contraste con la obligación de atender de modo más solícito a los más débiles.

Es preciso imponer siempre un límite a la actuación y decisiones de enfermería en su ínter actuación con el usuario y este límite implica el respeto a la libre decisión del paciente, a la expresión de su personalidad en todos sus aspectos así como ser humano y espiritual.

El usuario tiene derecho a aceptar o rechazar cualquier tratamiento que se le sugiera, y al profesional de enfermería solo le corresponde explicar y justificar la necesidad del procedimiento a practicarle y si el caso lo requiere advertir de los riesgos de rechazar el procedimiento. Pero hasta ahí, el enfermo es el único dueño de su vida y decisiones.
De esta manera, los profesionales de enfermería tienen la obligación de estudiar, investigar e informarse, así como formarse en cuestiones de biomedicina, bioética, política y derechos relativos a la promoción y defensa de la dignidad humana, vigilando siempre el cumplimiento de los principios deontológico. Así, la práctica de la enfermería se convierten en un contacto entre dos sistemas de valores: por un lado los valores médicos y por otro lado los valores del usuario.

Principios Éticos de la Enfermería

Según Belmont (1978) cita que: La expresión "principios éticos básicos" se refiere a aquellos conceptos generales que sirven como justificación básica para los diversos principios éticos y evaluaciones de las acciones humanas. Entre los principios básicos aceptados generalmente en la tradición cultural venezolana, tres son particularmente apropiados a la ética de investigaciones que incluyen sujetos humanos: los principios de respeto a las personas, beneficencia y justicia. Estos últimos pueden definirse de la siguiente manera:

Beneficencia: Promover el bienestar o el mejor interés de un individuo. Hacer el bien o ayudar a otro. En medicina ayudar al paciente.

No maleficencia: prohíbe infringir daño o herida sin beneficio compensatorios, y sustenta reglas morales más específicas, como la prohibición del asesinato. Históricamente usada para describir las obligaciones de los profesionales del cuidado de la salud. La obligación de no hacer daño a otros suele considerarse más rigurosa que la de beneficiar a otros e impone límites morales a la autonomía profesional y del paciente.

Autonomía: La capacidad para determinar el curso de acción por uno mismo. La autonomía requiere la capacidad de tomar decisiones y la habilidad de implementar las elecciones hechas correctamente entendidas. En el contexto del cuidado médico, el respeto por la autonomía individual significa permitir que el paciente escoja si acepta o rechaza tratamientos médicos o procederes de diagnóstico específicos.

Justicia: Orden de convivencia humana que consiste en la igualdad de todos los miembros de la comunidad, tanto a la sumisión de las leyes entre ellos vigentes como en el reparto de bienes comunes. Comportamiento justo.

Conocimiento legal del personal de enfermería

El profesional de enfermería practica en diferentes marcos profesionales y están sometidos a distintas normas, según trabaje en hospitales, residencias asistenciales, instituciones de salud domiciliaria o centros de atención a pacientes crónicos. Estas normas varían asimismo su jurisdicción aplicable. En este capítulo se proporciona información general de acerca de una determinada cuestión legal. Para resolver los distintos problemas legales, es imprescindible buscar asesoramiento legal y fuentes de formación adicional.

También debe conocer las normas de los cuidados a la salud aplicada a la enfermería tratadas a fondo en las normas de la práctica de la enfermería formuladas por la ANA (EE.UU.) donde queda explicito que si el personal de enfermería no cumpliera con dichas normas, puede ser responsable de negligencias y cancelársele la licencia profesional. A continuación se definen algunos conceptos legales básicos que el personal de enfermería debe conocer y que le serán de utilidad en su vida profesional.

Asimismo, entre las responsabilidades que tiene el personal de enfermería se puede mencionar:

1. Conocer todas y cada una de las acciones que implican su trato con el paciente.
2. Actuar con cautela.
3. Justificar sus acciones.
4. Llevar un registro, lo más completo, con todos los hechos relacionados con el paciente.
5. Cualquier acción que se tome sobre el paciente requiere del conocimiento y la autorización de este o de sus familiares.
6. No realiza acciones para las cuales no esté preparado (Por ejemplo, trabajos que van más allá de su preparación profesional. Su obligación legal es informar que no está capacitado para realizar ciertas funciones).
7. Documentar y ordenar la historia clínica del paciente.
8. Dar explicaciones al paciente solo entro de su campo de acción.
9. Asegurarse de que el paciente no está siendo maltratado o recibiendo cuidados inadecuados por otras personas relacionados con su tratamiento.

Bases legales

Es necesario seguir una serie de normas y patrones que permitan el cumplimiento y vigencia de ciertas leyes y reglamento empezando por la Constitución Bolivariana de la República de Venezuela (1999)

Artículo 83

La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la
vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República.

Artículo 84

Para garantizar el derecho a la salud, el Estado creará, ejercerá la rectoría y gestionará un sistema público nacional de salud, de carácter intersectorial, descentralizado y participativo, integrado al sistema de seguridad social, regido por los principios de gratuidad, universalidad, integralidad, equidad, integración social y solidaridad. El sistema público nacional de salud dará prioridad a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades, garantizando tratamiento oportuno y rehabilitación de calidad. Los bienes y servicios públicos de salud son propiedad del Estado y no podrán ser privatizados. La comunidad organizada tiene el derecho y el deber de participar en la toma de decisiones sobre la planificación, ejecución y control de la política específica en las instituciones públicas de salud.

De estos artículos se puede inferir, que la salud es un derecho fundamental para los venezolanos, y que el estado está en la obligación de proveer todas las herramientas para que exista un servicio de calidad y eso incluye la formación de los profesionales aptos para el servicio con principios de universalidad, integralidad, equidad, integración social y solidaridad.

En este sentido todos los profesionales están regidos por leyes que rigen las profesiones, que por mandato constitucional deben ser reguladas por una ley, es decir, regular efectivamente el ejercicio profesional. Es por esto que se presentan la Ley de Ejercicio del Profesional en Enfermería (2005) que menciona en el capitulo Capítulo V lo siguiente:

Artículo 17.

Todo aquello que llegare a conocimiento del profesional de la enfermería con motivo o en razón de su ejercicio, no podrá darse a conocer y constituye el secreto profesional. El secreto profesional es inherente al ejercicio de la enfermería y se impone para la protección del enfermo o enferma y la familia, el amparo y salvaguarda del honor de la profesión de la enfermería y de la dignidad humana.

Este artículo señala, La necesidad de guardar el secreto profesional en cuanto a la naturaleza del secreto profesional, se debe mencionar que es la obligación o responsabilidad ética que tiene el profesional de enfermería de no divulgar la información que directa o indirectamente obtenga durante el ejercicio profesional, sobre la salud y vida de paciente o su familia.


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