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Aproximacion teorica hermeneutica implicada en el sistema de proteccion de niños, niñas y adolescentes desde los escenarios escolares venezolanos
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Autor: Dra. Anna Rodríguez
Publicado: 21/06/2012
 


El objetivo general de la investigación fue generar una aproximación teórica hermenéutica implicada en el sistema de Protección de niños, niñas y adolescentes desde los escenarios escolares venezolanos. Teniendo como realidad el haber sido copartícipe en la redacción de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, trabajando como consejera de Protección de niños, niñas y adolescentes en el Municipio Libertador del Estado Aragua y la experiencia de compartir la formación de uno de los programas que lleva la Corporación de Salud del Estado Aragua (CORPOSALUD) a través de la Coordinación de Desarrollo Social, como es la Formación de los docentes Promotores de Salud Integral.


Teoria hermeneutica sistema proteccion infancia escenarios escolares venezolanos .1

Aproximación teórica hermenéutica implicada en el sistema de protección de niños, niñas y adolescentes desde los escenarios escolares venezolanos

Dra. Anna Rodríguez.


Resumen

El objetivo general de la investigación fue generar una aproximación teórica hermenéutica implicada en el sistema de Protección de niños, niñas y adolescentes desde los escenarios escolares venezolanos. Teniendo como realidad el haber sido copartícipe en la redacción de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, trabajando como consejera de Protección de niños, niñas y adolescentes en el Municipio Libertador del Estado Aragua y la experiencia de compartir la formación de uno de los programas que lleva la Corporación de Salud del Estado Aragua (CORPOSALUD) a través de la Coordinación de Desarrollo Social, como es la Formación de los docentes Promotores de Salud Integral.

La investigación se desarrolló bajo el enfoque pospositivista desde el paradigma cualitativo, ya que éste es interpretativo. El método utilizado fue el fenomenológico hermenéutico, apoyada en una investigación de campo. Los informantes clave que participaron en la investigación fueron: 3 docentes, 2 consejeras de protección, 1 defensor de los derechos del niño y 1 integrante del consejo comunal. Las técnicas utilizadas para la recolección de la información fueron la entrevista y la observación, luego se procedió a la interpretación de la información, utilizando para ello la matriz epistémica, luego la categorización y la triangulación de fuentes teóricas e informantes y la teorización respectiva.

Finalmente, se concluye que, sobre todo, los docentes necesitan de una contribución de despejar los nudos críticos y transformarlos en fortalezas que permitan mejorar las relaciones sociales, educativas y políticas, partiendo de esta ley.

Descriptores: Hermenéutica, Sistema integral de Protección de Niñas, Niñas y Adolescentes, Escenario Escolar, Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA).

INTRODUCCIÓN

“No hay una racionalidad científica
que pueda considerarse
como guía para cada investigación;
pero hay normas obtenidas de experiencias anteriores,
sugerencias heurísticas, concepciones del mundo,
disparates metafísicos, restos y fragmentos
de teorías abandonadas, y de todas ellas
hará uso el científico en su investigación”.

Paúl Feyerabend

En el mundo complejo de la educación hoy por hoy la interdisciplinariedad, la experiencia de participar en la correlatoría de una de las Leyes más especiales que tiene nuestro país, como lo es la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y Adolescentes y la implementación de uno de los Programas que lleva la Corporación de Salud del Estado Aragua (Corposalud) a través de la Coordinación de Desarrollo Social, como lo es la Formación de los Docentes Promotores de Salud, me han hecho reflexionar y llegar a conocer las distintas impresiones y puntos de vistas individuales y colectivas sobre la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes (para lo sucesivo LOPNNA).desde los escenarios escolares.

Es posible que estas interpretaciones de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), vengan acompañadas de modelos estructurados por ideas y valores que orientan y comprometen las percepciones y juicios de muchos educadores.

En la legislación venezolana cuando este se suscribió en los principios establecidos de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CIDN) buscaba experimentar en el país un proceso pedagógico caracterizado por la participación, la democracia y el consenso. Los actores que protagonizaron la creación de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) demostraron que es posible dar forma jurídica, educativa y pedagógica a las ideas, aspiraciones y necesidades de una sociedad, de modo que los receptores y emisores de esta ley muy especial, se sintieran reflejados e identificados en sus contenidos. Tal peculiaridad, era y es poco conocida en la dinámica de nuestra sociedad.

Aunado a esto en el devenir de mis experiencias laborales, al formar parte del Sistema Integral de Protección de niños, niñas y Adolescentes a través del cargo de Consejera de Protección del Municipio Libertador, pude obtener un panorama amplio de los que laboran en esta sede administrativa.

La presente tesis Doctoral tuvo como propósito Generar una aproximación teórica hermenéutica implicada en el Sistema de Protección de niños, niñas y Adolescentes desde los escenarios escolares venezolanos.

De manera de dar organicidad y sistematicidad a la investigación, la misma quedó conformada de la siguiente manera:

Capítulo I conformado por el acercamiento descriptivo de la realidad, los objetivos, y la justificación de la investigación.

Capítulo II, el contexto teórico referencial, teorías de entrada, los antecedentes de la investigación y los referentes teóricos y las bases legales que le dan sustento a la investigación.

Capítulo III, lo conforma el contexto epistemológico y metodológico

Capítulo IV, los hallazgos de la investigación.

Capítulo V, lo constituye el nuevo conocimiento, la presentación, fundamentación y propósito, los ejes articuladores y finalmente las reflexiones finales. Por último las referencias y los anexos correspondientes.


CAPÍTULO I

ACERCAMIENTO A LA REALIDAD

"No es tarea fácil educar jóvenes,
adiestrarlos en cambio es muy sencillo”

Rabindranath Tagore

Considerar los hechos sociales como cosas, es la primera regla del método sociológico. La educación es una cosa o en otras palabras, un hecho social. En efecto tal y como lo planteó Durkheim (1979) cuando explana de manera prolija que “la educación se da en todas las sociedades, de acuerdo con las tradiciones, como un hecho social con los hábitos, con reglas explícitas, dentro de un cuadro determinado de instituciones, bajo el influjo de ideas y sentimientos colectivos”. (p.19).

Lo expresado cobra mayor relevancia si es considerado que en toda sociedad existe un grupo determinado de fenómenos que se distinguen a través de características bien definidas de los estudiados por otras ciencias de la naturaleza.

Cuando cumplo mis deberes de hermana, de hija, o de ciudadana, o cuando cumplo con mis compromisos laborales, cumplo con deberes definidos fuera de mí misma, en el derecho y en las costumbres. Estos principios y valores se transmiten a través de la educación. Por otra parte como lo señala Durkheim (1983) “¿cuántas veces desconocemos el detalle de las obligaciones que nos atañen y para conocerlas debemos recurrir a las leyes y sus intérpretes autorizados? (p.25). Es así como el hombre como ser social tuvo que en el transcurrir el tiempo crear las normas y las leyes para convivir en sociedad.

En la legislación venezolana cuando este se suscribió en los principios establecidos de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CIDN) buscaba experimentar en el país un proceso pedagógico caracterizado por la participación, la democracia y el consenso. Los actores que protagonizaron la creación de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) demostraron que es posible dar forma jurídica, educativa y pedagógica a las ideas, aspiraciones y necesidades de una sociedad, de modo que los receptores y emisores de esta ley muy especial, se sintieran reflejados e identificados en sus contenidos. Tal singularidad, no es muy bien manejada en la dinámica de nuestra sociedad.

Es relevante reseñar cómo fue realizado el proceso de adecuación de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CIDN), la cual paso por un largo proceso que duro diez años, y plasmada en una de las leyes más modernas de nuestro país.

Pese a que el año de aprobación de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CIDN) fue en 1989, no es hasta 1995 que el tema de la adecuación a la Convención cobra verdadero protagonismo en la palestra pública de Venezuela, siendo esta fecha hito que distingue claramente entre las acciones emprendidas antes y después.


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Los actores sociales que integraron la gran comisión estuvo presidida por el Congreso de la República, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), el Instituto Nacional del Menor (INAM), la Sociedad Civil, Organizada, El Centro de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB), Docentes de varias Instituciones educativas como Fe y Alegría, Profesionales de varias especialidades entre otros. En particular tuve el honor de participar en muchas de las mesas de trabajo en razón de ser en aquella época la Jefa de la División de Gestión Programática del Instituto Nacional del Menor (INAM) en el Estado Aragua.

Fueron años arduos de reuniones, simposios, talleres, Foros, dictados por expertos internacionales, mesas de trabajos entre disensos y consensos, y es el 01 de Abril del año 2000 que entra en vigencia la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA).

Todos y todas quienes habíamos participado con gran entusiasmo en el proceso de elaboración y aprobación de esta ley pensamos que el sector educativo iban a ser los más alegres y ansiosos de implementar todas las doctrinas expuestas. Que los docentes estaban llamados a luchar por una ley que entre todos habíamos creado para el bien del colectivo, por la lucha de los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes. En fin como señala Buaiz (2007)

Los centros de educación serían el espacio por excelencia para promover la nueva cultura sobre la infancia contemplada en la Convención sobre los Derechos del Niño, el lugar donde se construyeran las bases de una nueva sociedad guiada por el interés superior de los niños, niñas y adolescentes. (p.4)

Sin embargo contradictoriamente al poco tiempo de entrar en vigencia comenzaron a surgir rumores y mitos en torno a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA). En un abrir y cerrar los ojos se dejó de valorar a esta ley para luego convertirse en un malestar y en un problema para muchos docentes que comenzaron a verla como una especie de amenaza, de factor de disturbios y conflictos en el proceso de aprendizaje-enseñanza. Así se fue gestando durante años un desencuentro, completamente infundado e inexplicable, entre educadoras, educadores y la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), porque ellos fueron actores muy importantes a la hora de la creación de esta Ley.

La Universidad Católica Andrés Bello siempre preocupada por este tipo de interpretaciones y para derribar mitos, rumores de pasillo y temores sobre el contenido de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) convoca a los aliados y aliadas naturales de los derechos de los niños, niñas y adolescentes a luchar por un mundo mejor. En tal sentido por muchos años han realizado décimo segunda jornadas de evaluación de la ley. Eventos que han contado con especialistas en la materia y llevando a las jornadas casos puntuales que hacen que derrumben los mitos sobre esta ley tan especial.

Han sido muchas las incógnitas que se han develados con estas jornadas. Entre ellas podemos mencionar de manera de ejemplos algunos:

¿Es posible promover una Cultura de Derechos en el ámbito escolar?

Derrumbando muros y mitos sobre los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Tengo miedo a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA). ¿Qué hago?

Teorías Pedagógicas y la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA).

En las jornadas VIII de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) realizadas en la Universidad Católica Andrés Bello jugó un papel fundamental la Disciplina y la convivencia escolar, particularmente se trabajaron cuatro aspectos que fueron muy fructíferas para este trabajo doctoral, las cuales fueron:

- Orientación y corrección infantil en la familia y la escuela.
- Disciplina escolar en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA)
- Los procedimientos administrativos para el retiro de estudiantes.
- El ámbito Penal de la Corrección.

Todos los considere de suma importancia para el desarrollo de este trabajo investigativo, para descubrir los oscuros misterios que esconde la gran interpretación de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA).

En tal sentido estas Jornadas que todos los años se presentan en la UCAB han augurado su éxito y permitido abrigar la esperanza de muchos docentes e integrantes del Sistema de Protección de niños, niñas y adolescentes un futuro que garantice los derechos de la infancia.

Teoría sobre la distinción entre el sujeto de derechos y sujeto de deberes

La construcción de los derechos inherentes a la persona, se enfatiza en la distinción entre el sujeto de derechos y el sujeto de deberes. Por este motivo los niños gozan de derecho a un nivel de vida adecuado como lo señala el artículo 30 de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), que no constituye de manera alguna una carga de deberes en el niño para que este se preocupe por su propio sustento, es decir de tener que trabajar para poder comer, vestir, tener un hogar, entre otros. Porque es un deber de unos terceros como lo es el Estado y la Familia, para que le procuren el sustento al niño como persona en desarrollo.

En este mismo orden de ideas Buaiz (2006) destaco que “procurarse los derechos humanos no es tarea del beneficiario, sino de unos terceros a quienes se imponen deberes específicos” (p.45). En este sentido, la relación derecho-deber en el mundo de los derechos es radicalmente distinta al derecho común, porque tiene su garantía en los derechos legítimamente reconocidos por la sociedad y no de manera individual del sujeto beneficiado.

De este modo el Sistema de correlatividad de derechos y deberes en concordancia con los derechos humanos es, en primer orden entre niños como sujetos de derechos y el Estado como sujeto de deberes correlativos al reconocimiento de los derechos. Al igual y en segundo lugar no por tener menos relevancia y responsabilidad, la Familia como sujetos como demandador de deberes. El rol de la sociedad es el de velar, vigilar y ser contralor de que el Estado y la Familia sean garantes de los derechos de los niños.

En la Práctica la organización de la demanda social y de la participación popular de los Consejos Comunales, Comités de Protección Social de niños, niñas y adolescentes y otras formas de organización popular han permitido demandar a su vez al órgano rector que es el Estado. Así los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho y el deber de organizarse de manera directa y solicitar el cumplimiento de estas atribuciones para con los niños, niñas y adolescentes.

Ejemplo de esto pudiese ser que los Integrantes de las distintas voceras de los Consejos Comunales que tengan funciones sociales en materia de infancia puedan ser contralores sociales de las Instituciones educativas, para así garantizar los deberes y derechos de los niños, niñas y adolescentes futuros del país. Pudiesen también recibir denuncias por parte de los mismos vecinos de la violación de un derecho de un niño (maltrato físico por ejemplo) y ser ellos quienes puedan alertar a las instituciones y autoridades con el mismo peso de un familiar directo. Es así como se construye una teoría de correlatividad, en materia de deberes y derechos lo que se pudiese diagramarse de la siguiente manera y de manera ilustrativa: 

hermeneutica_proteccion_adolescentes/deberes_sociedad_familia

Gráfico 1. Teoría de la Correlatividad. Elaborado por la autora (2012)

Es sumamente importante en este sentido, deslastrarse de mitos y creencias en relación a los derechos de los niños, niñas y adolescentes, es casi común escuchar a los docentes decir que tantos derechos no dejan cumplir con la disciplina y enseñanza de los muchachos. Pero también es cierto que nuestros muchachos de hoy no son los mismos que ayer, los de ayer somos nosotros, que vivimos inmersos en un mundo donde el Estado nos veía como menores sin derechos. Quien no recuerda a una maestra o docente que no nos dejara hablar, permitiéndonos solo cuando ellas o ellos lo pidieran o lo autorizaban, y válgame dios si no la obedecíamos nos jalaban de la oreja.


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Lamento decir para los docentes que no comprenden que los niños tienen tantos deberes como derechos tenemos los adultos, Los niños de hoy en día no son ni serán los que nosotros fuimos. En cuanto a derechos humanos se refiere. En consecuencia, era más fácil adiestrarnos, como animalitos del monte, toda vez que no teníamos derechos reconocidos en la ley. Esa es la gran diferencia que existen en los niños de antes y de ahora, que tienen conciencia de que son personas, que tienen derechos y deben defenderlos y exigirlos. Muchos de nosotros quisiéramos retroceder el tiempo y volver ser niños pero en esta época con el derecho de la Protección Integral.

Todas las bases legales existentes en materia de Protección Integral desde la Constitución Bolivariana de Venezuela, (1999) la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) (2000) y recientemente promulgada la Nueva Ley Orgánica de Educación (2009) está totalmente entrelazada en garantizar a un hombre integral y señala en su Art 3º

La presente Ley establece como principios de la educación, la democracia participativa y protagónica, la responsabilidad social, la igualdad entre todos los ciudadanos y ciudadanas sin discriminaciones de ninguna índole, la formación para la independencia, la libertad y la emancipación, la valoración y defensa de la soberanía la formación en una cultura de paz, la justicia social, el respeto a los derechos humanos, la práctica de la equidad y la inclusión. (p 2)

En tal sentido y como señala Morín (2000) que “La educación del futuro deberá ser una enseñanza primera y universal centrada en la condición humana” (p.51). Además este autor señala que la educación debe “reconocer la diversidad cultural inherente a todo cuanto es humano” (p. 51).

El educador Paulo Freire en su obra la Pedagogía del oprimido hace una crítica a la educación tradicional de los opresores que él la llama “La Educación Bancaria”, donde el docente es el sujeto de la educación y el educando es el receptor que recibe todos los contenidos de la sabiduría. La tarea del docente es de llenar a los educandos con los contenidos de sus conocimientos. En esta concepción bancaria de la educación, el buen educador es el que mejor vaya llenando los recipientes en los depósitos de los estudiantes. Y así será mejor educando. El que se deje llenar dócilmente los recipientes y los aprenda con mucha memoria.

En tal sentido el niño tradicional o bajo la concepción del menor tutelado era pasivo, recibía muchos conocimientos, los cuales eran guardados y archivados. El dueño de la información y todopoderoso era el educador. Esta educación según la concepción de Paulo Freire era una educación que formaba agentes dóciles de los opresores. Se educaba para una vida bajo control de los opresores.

Por esta razón para los opresores poseer una educación donde los jóvenes piensen, analicen sean conscientes de sus propias realidades y donde el respeto y la tolerancia exista, es un peligro para la educación. Por ello Freire hace referencia que cuando los educandos y en nuestro caso los niños, niñas y adolescentes vayan descubriendo su propia realidad siempre los opresores en este caso los docentes, irán buscando como dificultar el defender sus derechos.

Paulo Freire recalca que “el verdadero dialogo se hace con amor al mundo y a los hombres. Freire señala (1985) “Cada vez nos convencemos más de la necesidad de que los verdaderos revolucionarios reconozcan en la revolución un acto de amor, en tanto es un acto creador y humanizador…” (p.102)

La labor del docente entonces debe ser de tratar de hacerles ver a sus educandos que a través de la conciencia de saber sus derechos y deberes formaran a un individuo con una conciencia liberadora. ¿Y se preguntaran Cómo? a través del conocimiento y la praxis. El niño llegara a ser sujeto pleno de derechos cuando el internalice que también tiene deberes

Este proceso de reflexión y la búsqueda sistemática y rigurosa de respuestas a las inquietudes de muchos educadores y en especial de ver la realidad de la educación desde el punto de vista de los Docentes Promotores de Salud, y la experiencia vivida cuando fui Consejera de Protección de niños, niñas y Adolescentes en el Municipio Libertador del Estado Aragua, donde laborábamos cinco funcionarios entre profesionales y bachilleres me hacen afirmar que todos no teníamos la mismas interpretaciones de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y Adolescentes.

Aseveraría que los valores, la formación profesional, los patrones culturales, y los principios hacían que los problemas y casos, que al Consejo de Protección de niños, niñas y Adolescentes llegaban, fueran resueltos con procedimientos y enfoques distintos. A tal punto que entre nosotros se presentaban discusiones por la solución de los casos que a la oficina asistían.

A partir de lo expuesto se puede afirmar que los estudios de orden cualitativo, tienden muchas veces a comprender la realidad social como fruto de un proceso histórico de construcción, visto a partir de las múltiples lógicas presentes en los diversos y heterogéneos actores sociales, y por lo tanto percibido desde el propio “yo” las experiencias y los sentimientos de quien realiza la exégesis.

Desde el enfoque hermenéutico el punto de partida de una investigación es la idea de que la experiencia de lo ajeno hace la interpretación. En tal sentido “es el arte de evitar los malentendidos”. Desde esta perspectiva y dentro de la estructuración de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) viene ligada un elemento fundamental, y es el ejercicio progresivo de los deberes y derechos, a través de la capacidad evolutiva. Desde esta misma manera, se le exigirá el cumplimiento de los deberes de los niños, niñas y adolescentes de acuerdo a su edad.

Por otra parte los padres, madres o representantes tienen la obligación de contribuir en el desarrollo integral de sus hijos y su incorporación a la ciudadanía activa de sus representados. Todo lo antes mencionado respecto a la visión intersubjetiva de la realidad que percibo surgen una serie de interrogantes en esta investigación que me permite presentar las siguientes interrogantes:

¿Cómo interpretan los actores sociales comprometidos en la investigación la Ley Orgánica para la Protección del Niño, niña y Adolescente, desde los escenarios escolares?

¿De igual manera los gestores públicos que laboran para el Sistema Integral de Protección, poseen diferentes aristas semióticas contentivas en los significados del fenómeno socio-educativo de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) partiendo de su formación profesional, valores y experiencias?

¿Entre los Docentes Promotores de Salud Integral y los gestores públicos que integran el Sistema Integral de Protección podrán tener opiniones e interpretaciones distintas, dependiendo de sus valores, principios y educación acerca de La Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA)?

Haciendo alusión a las interrogantes planteadas en esta investigación cualitativa, desde el punto de vista epistemológico, se ve orientada la construcción del conocimiento partiendo de la realidad social y cultural de los actores que intervienen en el estudio, tomando en consideración a su vez las interpretaciones y descripciones de la ley al respecto.

Desde esta perspectiva, se reconoce en el estudio problemas que tienen relación con la experiencia humana, individual y colectiva. Lo que conlleva a decir que la perspectiva paradigmática del estudio puede ir encaminado desde la hermenéutica, y la fenomenología en razón de que nos interesa comprender e interpretar los valores que los sujetos expresan en los procesos de interacción social, que surgen en el contexto educativo.

La búsqueda sistemática y rigurosa de respuestas a tales inquietudes pretende completar el vacío teórico que existen en adecuar los contextos normativos como lo son las leyes con el sentir y el vivir de los actores que hacen vida en esta investigación.

Objetivos de la investigación

Objetivo General

Generar una aproximación teórica hermenéutica implicada en el sistema de Protección de niños, niñas y adolescentes desde los escenarios escolares venezolanos.

Objetivos Específicos

Reconocer, desde los actores sociales comprometidos en la investigación, cual es el significado que les otorgan a la Ley Orgánica para la Protección del Niño, niña y Adolescente, desde los escenarios escolares.

Interpretar las diversas aristas semióticas en las que se encuentran los significados del fenómeno socio-educativo de los gestores públicos que laboran en el Sistema de Protección del niño, niña y adolescente.

Teorizar desde la perspectiva de los docentes Promotores de Salud una aproximación teórica hermenéutica implicada en el Sistema de Protección de niños, niñas y adolescentes desde los escenarios escolares venezolanos.

Justificación de la Investigación

La sociedad como sistema que promueve el desarrollo del individuo desde el momento en que nace, le permite adaptarse y transformar los modos de convivir para lograr los mecanismos morales y legales adecuados, que permitan normar dicha existencia. Uno de los mecanismos más empleados para el logro de los fines de cada pueblo consiste en depositar en las diferentes leyes, las normas necesarias para el buen desenvolvimiento que identifiquen al individuo como parte activa de una agrupación social.


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En tal sentido y durante muchos años, el estado venezolano estuvo en deuda con nuestros niños, niñas y adolescentes, en el sentido de dotarlos de una normativa jurídica que los reconociera como sujetos de derechos y creara los mecanismos para hacerlos efectivos. Ese esfuerzo de muchas personas incluyéndome hizo posible la aprobación de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y Adolescentes.

Es así que se promulga esta ley en 1998 y puesta en vigencia el siguiente año, la infancia y la juventud del país cuenta a partir de esta fecha con una de las mejores y más modernas leyes de América Latina.

La Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) no fue hecha de la noche a la mañana, ni tampoco por un grupo de especialistas, esta normativa fue el resultado de una lenta maduración de los actores sociales, en torno a los cambios que significaba plasmar en una Ley los mandatos de la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en noviembre de 1989 y ratificada por nuestro país, en 1990.

Además, resultó de un proceso de construcción colectiva, puesto que fue elaborada de forma democrática, con la plena participación de todos los sectores (oficiales y privados) involucrados en el tratamiento de la niñez. La intensa actividad pedagógica y exegética que se desplegó en torno a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), desembocó luego en textos argumentativos, interpretativos y analíticos, desde puntos de vistas parcelados, que en muchos casos desvirtuaron el sentido pedagógico, que tiene la moderna ley. En tal sentido Pereira (2007) plantea “...muchos “falsos profetas” se han convertido en sus voceros. Muchos funcionarios del sistema de protección, amparados en una responsabilidad ciudadana, se han extralimitado y la han utilizado mal….y en definitiva dicen una cosa y hacen otra” (p. 110)

Esto hizo que escenarios de la sociedad y en nuestro caso el escenario educativo desplegara una doble interpretación de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), trayendo consigo, descontento por parte del educador, que en muchos casos estaba ansioso por tener en sus manos un instrumento que respaldara el quehacer de la profesión docente.

Al igual que los docentes, los servidores públicos especiales en llevar a cabo la argumentación legal de esta ley, como lo son los Integrantes del Sistema de Protección de niños, niñas y adolescentes llámense Defensores de los derechos de niños, niñas y adolescentes y Consejeras de Protección, al no poseer una previa experiencia y preparación hizo que se encontraran, también en una compleja responsabilidad.

Este panorama que a través de los años se ha ido agudizando me hizo reflexionar y tratar de comprender la complejidad a través de esta investigación del docente venezolano, y en mi caso a los Docentes Promotores de Salud, Integrantes del Sistema de Protección y la Sociedad organizada.

Como señala Galeano (2004), apunta a la comprensión de la realidad como resultado de un proceso histórico de construcción a partir de las lógicas de sus protagonistas... (p 18). Es así que surge el interés y las suficientes razones para llevar a cabo esta investigación, pues desde el punto de vista pedagógico y teórico tiene relevancia, y desde el punto de vista social permite mejorar la calidad de vida de todos los actores sociales que hacen vida en esta intencionalidad.


CAPÍTULO II

Contexto Teórico Referencial

La educación a lo largo de la vida
se basa en cuatro pilares:
Aprender a conocer, aprender a hacer,
Aprender a vivir juntos y aprender a ser

Delors (1994)

Toda investigación produce conocimientos nuevos que es necesario considerar, examinar y sistematizar, con el propósito fundamental de una mejor comprensión de la misma, además de contribuir a la estructura de la investigación propuesta para que sea entendida con mayor facilidad.

Al respecto Balestrini (2004) refiere que: “el marco teórico o referentes teóricos es el resultado de la selección de aquellos aspectos más relacionados del cuerpo teórico epistemológico que se asume, referidos al tema específico elegido para su estudio”. (p.91). Es razonable que el investigador conozca de las diferentes teorías que soportaron inicialmente el estudio, de allí la importancia de las bases teóricas. De igual manera, el marco teórico brinda a la investigación un sistema coordinado y coherente de conceptos y proposiciones que permiten abordar el problema, dentro de un ámbito donde éste cobre sentido.

Antecedentes de la Investigación

Toda búsqueda aporta la utilización adecuada de elaboración de tareas investigativas y a su vez reseña la importancia que tiene la documentación sobre el tema a investigar. La consulta con expertos y con la reflexión individual y cualquier información que pueda servir para la investigación, se desarrollan antecedentes de la investigación, que no es más que la indagación en trabajos anteriores que sirvan para ratificar y afianzar la problemática existente sobre alguna situación. A continuación se presentan los antecedentes considerados pertinentes para el presente estudio, a nivel nacional e internacional con el objeto de esbozar los trabajos de manera sucinta y observar detalladamente los procesos y resultados de los mismos, de tal manera que se pueda realizar fácilmente una comparación entre lo que se ha desarrollado en el exterior y en nuestro país Venezuela.

Nacionales

En primer lugar, Canelón (2005), realizó una tesis doctoral denominada “La formación docente: una construcción social”. El mismo tiene como propósito comprender e interpretar los significados construidos por los propios actores sociales en torno a la formación docente en el contexto escolar y generar una aproximación teórica como construcción social. En tal sentido la investigación fue abordada epistemológicamente desde la perspectiva cualitativa apoyándose en el construccionismo social, la fenomenología y la hermenéutica.

De tal manera, que la formación docente vista desde otra posición epistemológica, ontológica y metodológica valida la idea de que el docente debe comprenderse desde múltiples dimensiones, que suman una totalidad compleja. Esta investigación realizada por Canelón se realizó en seis capítulos.

Se estimó necesario redefinir las funciones que cumple el docente, la institución educativa interpelada, el Estado, el currículo en sí mismo y por ende, el entorno social a la luz del proceso vivencial, de las relaciones intersubjetivas entre los actores escolares, donde la acción humana se proyecte sobre las acciones de una realidad abierta, compleja e incierta como la construida.

Esta tesis doctoral respalda la idea que al docente se le tiene que brindar una serie de herramientas académicas, teóricas y si se quiere de talleres como los que reciben los docentes promotores de salud, en donde aclaran dudas, situaciones prácticas que se viven día a día en las aulas de clase. Todo con el firme propósito de mejorar cada día más la titánica tarea que emprende nuestro docente venezolano en esta década.

Por su parte, Mateos (2006), realizó una investigación sobre la Formación Ética y Moral del docente en el contexto social de la postmodernidad. El propósito de esta investigación consistió en mostrar, después de realizar un estudio teórico de los factores y elementos constitutivos de la época postmoderna, que las perspectivas fundamentales de la pedagogía en los actuales momentos, están basadas en una educación que debe extenderse a lo largo de toda la vida, pero con fundamentos de equidad y con sólidas garantías de calidad que abarcan, no sólo el ámbito competitivo profesional, sino el de la interiorización moral y la praxis efectiva de valores humanos observados por la reflexión ética, que permita a las instituciones educativas el cumplimiento de su obligatoria primacía histórica en el desarrollo social y cultural de la humanidad.

De esta manera, si formamos a un ser crítico, analítico con sentido de responsabilidad por sus actos, como lo quiere la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) es importante entonces que el docente entre en un hilo discursivo donde comparta la idea de dejar atrás la visión del educador destinado a transmitir de manera mecánica y casi inconsciente ciertos contenidos, que están desvinculados de su aplicación en la realidad y de la responsabilidad con que deben ser aplicados. Y dejar de un lado a la educación como un simple conjunto de procesos instruccionales, que incluso podrían ser realizados sin la presencia del educador, en algunos casos.

En este sentido, la investigación de Mateos sostuvo un supuesto básico del estudio en la cual preciso que los educadores como principales responsables de la formación moral de los futuros profesionales, debían aplicar especial atención a la formación ética y moral de los mismos.

Desde el punto de vista del aporte a esta producción doctoral, la misma se fundamentó en las teorías relacionadas con la ética, la moral y la formación docente, lo cual influye a la hora de responsabilizar la dirección intelectual, cultural, social y si se quiere espiritual de las generaciones futuras. Sin embargo las condiciones a las que debe enfrentarse el educador de los tiempos actuales, no sólo son más complicadas, sino que adquieren cantidades y dimensiones difíciles de manejar para cualquier docente de la era actual.


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No es un secreto que la infancia y la juventud de hoy día se caracterizan primordialmente, por un constante estado de confusión, miedo, desconfianza, desorientación, ambición, narcisismo hedonista extremo y relativismo moral, por lo que parece fácil aceptar que, la formación de un niño, o un adolescente, adquiere una relevancia única. De ahí se pude interpretar que la solidez con que se afianzan los esquemas morales de acuerdo a los cuales se estructuran las posteriores acciones profesionales y sociales de los educadores, dependerá la calidad de la educación de las generaciones de relevo, y las acciones profesionales y el buen desenvolvimiento de los mismos.

Esta tesis consultada se ubicó en el enfoque cualitativo, específicamente en el paradigma crítico-interpretativo. Se estructuró en cuatro capítulos de la siguiente manera: El primero, el contexto empírico en el que se ha planteado la investigación, a través de un cuidadoso recorrido analítico, donde se enmarca la realidad del docente y donde este adquiere nuevas dimensiones culturales que lo hacen acreedor de nuevas responsabilidades en lo referente a la orientación integral del participante futuro docente.

En tal sentido el aporte que deja esta tesis doctoral deriva en el conocimiento de que uno de los actores fundamentales a la hora de infundir el respeto a las leyes, la ética y la moral y transformar los modelos educativos tradicionales es el docente.

Otra tesis doctoral realizada en la Universidad Bicentenaria de Aragua (UBA) fue presentada por Machado (2006), denominado “Los factores socioculturales y su vinculación con las prácticas pedagógicas en la educación Básica”. El mismo tiene el propósito de generar una construcción teórica que interpreta los factores socioculturales y la vinculación con las prácticas pedagógicas en la primera y segunda etapa de la E.B.N Brisas del Lago en Maracay, Edo Aragua. El mismo partió desde un ámbito social como sistema de desarrollo del individuo relacionado con la educación como mecanismo que proporciona los recursos necesarios para la propagación y difusión de las características que lo identifican como miembro activo de una agrupación social.

Este trabajo está enmarcado en el paradigma cualitativo ya que por las características del mismo se ajusta a un estudio de la realidad educativa, tomando en cuenta el conocimiento del individuo, sus motivaciones, intuiciones y creencias, apoyado en el método etnográfico, pues éste es conducente a propiciar la interacción constante entre investigador e informantes claves, aspectos fundamentales para consolidar el cambio social y el desarrollo humano.

Formar es comprender una acción posible que no guía mecánicamente los pasos a seguir, el proceso de enseñanza no se puede regir por rutinas, es necesario que su concreción se formule y reformule en el proceso. La relación docente-alumno es un proceso, que implica analizar la producción social del alumno y las condiciones de comprensibilidad de las condiciones sígnicas del educador; a través de la discusión de los códigos estéticos, legales, cognitivos, sociales, afectivos, lingüísticos, corporales, éticos, etc. Inmersas en el acto pedagógico. La situación actual en el campo educativo, por los cambios vertiginosos que caracterizan a la sociedad de hoy en día, se presenta de manera difusa, el docente tiene una situación personal particular, se enfrenta al contexto social que lo circunda, a las condiciones familiares que caracterizan a cada educando y a los lineamientos y políticas educativas que emana el Estado.

Esto conduce en algunos casos a un proceso educativo con debilidades muy marcadas, pues el desgano y desconcierto que caracterizan a la mayoría de los profesionales de la docencia se reflejan dentro de las aulas de clase a través de una apatía generalizada que se transmite en la mayoría de los casos en forma involuntaria a los estudiantes, esto aunado a los distintos factores familiares, sociales y ambientales que conforman el contexto que caracterizan a la mayoría de los estudiantes de educación básica.

Esta investigación ofrece un aporte a mi intencionalidad ya que se deslumbra que algunos docentes por su formación y sus patrones culturales muchas veces categorizar a la población estudiantil, minimizando muchas veces el potencial creativo e intelectual que poseen los niños y jóvenes sin distinción de raza, credo, o estrato social y que suele condicionar al etiquetar a determinados grupos estudiantiles, sin aprovechar como recursos las fortalezas y debilidades que traen como miembro de un grupo familiar particular, el cual es rico en diversidad cultural, social, personal, entre otras.

Pudiese decir que el docente cuando ya llega a su aula de clases con este acondicionamiento ya en el estudiante se crea una muerte súbita. Allí es cuando el docente no logra ver en los derechos y deberes presentes en la ley que rige la materia de la infancia un abanico de soluciones y alternativas que le respaldaran su acción educativa.

Locales

Particularmente en la Institución (UPEL), Maracay, se encontraron dos trabajos que consideré importante para la investigación. Así González (2008), realizó una tesis doctoral titulada “La Alteridad como manifestación en la práctica educativa: una teoría emergente gestada desde la prosecución escolar” Su real problema radicó en la ausencia del encuentro entre el yo y el tú dentro de los cambios educativos. Esta realidad se pudo constatar al ver la presencia de violencia, discriminación e intolerancia dentro del ámbito educativo. Aunado a ello el caos de la hermenéutica con respecto al otro por parte de los docentes. Finalmente con el desencaje de las aproximaciones psicoevolutivas que desconocen la construcción de la alteridad como un fenómeno progresivo dentro de los alumnos.

Esta investigación se desarrolló dentro de un marco cualitativo, constructivo, hermenéutico y dialéctico, con énfasis en su expresión analéctica. Con una metódica basada en técnicas como: relatos de vida, narración personal, y observación participante.

Los hallazgos se obtuvieron de 6 docentes los cuales fueron los informantes claves y 130 alumnos, los cuales fueron los informantes referenciales. En un escenario enmarcado en un ambiente de pobreza relativa y extrema del Municipio Sucre en el estado Aragua.

La investigación se fundamenta de las premisas de que existe la urgencia de orientar la educación hacia la tolerancia, donde el mundo no ha resuelto la tensión entre el yo y los otros, en el que se extreman la desigualdades, los egoísmos y la competitividad, que trae consigo una lucha entre docentes y alumnos.

La responsabilidad que tiene la ciencia educativa de empezar a centrar sus líneas de acción en la alteridad. Sin duda, la educación debe ir en torno de la convivencia. Este trabajo estuvo distribuido en cinco capítulos.

En tal sentido, frente a una actitud siempre constructiva, crítica, hermenéutica y dialéctica (en su expresión fundamentalmente analéctica) ante los hechos, el investigador no estuvo ajeno al fenómeno que estudió, sino que formó parte de él. A partir de allí, la dinámica garantizó la búsqueda de principios que contribuyeron a mejorar la relación de alteridad, teniendo como norte la investigación en la acción, en vista de lo complejo que resulta hacer postulados sobre el comportamiento humano.

Se realizaron entrevistas semi-estructuradas con un muestreo intencional, con alumnos que quisieron participar en la investigación. Los instrumentos utilizados fueron: registros anecdóticos, aunaos a reportes verbales. Los hallazgos de la investigación se obtuvieron de 6 profesores y 130 alumnos. Realizando además un registro diario de alteridad escolar, sumamente interesantes porque en él se refleja la cruda realidad del pensar de los niños y los adolescentes del otro yo. Se evidencia el racismo, la discriminación la soberbia, el egoísmo, entre otros.

En resumen, esta obra del conocimiento educativo y social deja abierto un abanico de interpretaciones que lleva cada docente y cada alumno dentro de si de lo que hoy día podemos llamar la alteridad y nos aporta al conocimiento que cada ser humano es único y lo hace diferente su manera de pensar, sus creencias, sus valores y hasta el entorno en donde se desenvuelve.

Por su parte Stekman (2010), realizó una tesis doctoral titulada Aproximación teórico fenomenológica hermenéutica implicada en la valoración estética de la matemática para el fortalecimiento de la emocionalidad. A pesar que esta investigación estuvo más centrada en el propósito de generar una aproximación teórica fenomenológica hermenéutica implicada en la valoración estética de las matemáticas para fortalecer la emocionalidad, no es menos cierto que esta investigación brindó conocimientos y aprendizajes que solo el paradigma cualitativo puede ofrecer a problemas educativos de tiempos remotos como el que se vive en la actualidad.

El trabajo lo condujo a transitar por varias fases en su experiencia de campo. En tal sentido una primera fase describió el miedo que muchos que nos fuimos por las menciones humanísticas en algún momento de nuestras vidas escolares tuvimos miedo a las matemáticas.

Una segunda fase se adentró en la búsqueda de las múltiples perspectivas, sin llegar a los juicios de valor. La tercera denominada búsqueda de la esencia y la estructura como configuración creativa, es decir buscarle el otro lado de la moneda, para hacer atractiva a las matemáticas.

La fase cuatro se procedió a constituir los significados que cada informante le atribuía. Y la última etapa la quinta donde se procedió a la interpretación de los hallazgos con todas sus interconexiones. Los informantes que participaron en un primer lugar fueron estudiantes de pedagogía en la especialidad de Educación Integral, en un segundo lugar o momento estudiantes de Intercultural Bilingüe y el tercer grupo docentes.

Entre los aportes significativos de esta investigación ya presentados y que alimentan a este trabajo, son relevantes mencionar que muchas veces los docentes traen concepciones de sus alumnos ya pre concebidos y eso nubla en muchas ocasiones elementos cualitativos que deben ser tomados en cuenta para emitir a priori juicios de valor. Al igual que un profesor de matemáticas puede juzgar que un alumno no va a comprender la materia, igual sucede muchas veces en decir un alumno es mala conducta porque en el país existen leyes que garantizan solo los derechos de los niños, y adolescentes. Son juicios que a veces son infundados por la lógica de la experiencia vivida, más sin embargo no podemos caer en una desesperanza aprendida.


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Internacionales

En primer lugar, consideré de interés la tesis doctoral de Tagliavia (2005), titulada “La interpretación desde la Teoría del Derecho”. Presentada en la Universidad Complutense de Madrid, España, Facultad de Derecho, Departamento de Filosofía del Derecho, Moral y Política. En la cual la interpretación del Derecho es uno de los pilares centrales de la Teoría del Derecho. Este tema según el investigador ha sido objeto de estudio por las diferentes corrientes doctrinales. Tanto por pensadores clásicos como modernos y lo han considerado como uno de los temas de máxima actualidad debido a su significativa relevancia.

La inquietud y justificación que motiva al autor es que la interpretación en el Derecho se debe a la desorientación que se vive en su país España, ante lo que debe entenderse por interpretación en las diferentes disciplinas jurídicas, sobre todo la de carácter positivo.

En tal sentido la hermenéutica jurídica no puede ser estudiada desde una perspectiva meramente formal y bajo unos patrones cerrados y caducos. Todo lo contrario, el objeto de interpretación no es permanente y abstracto sino contingente y variable. Además tanto la norma como el negocio jurídico emanan del ser humano. Por ello, estas dos categorías están tendencialmente influenciadas por valores e ideologías.

Dentro de las conclusiones a las que llego esta valiosa investigación se pueden mencionar: La interpretación es una operación que trasciende a la idea del Derecho. No se puede tratar la interpretación de las leyes como un concepto enmarcado dentro de una disciplina. Ocupa un plano superior y abstracto que guía al intérprete en el descubrimiento de los sentidos y significados.

La ideología determina la interpretación jurídica. Las diferentes concepciones políticas, económicas, sociales y educativas indican al intérprete como debe actuar en su labor hermenéutica. No obstante, para evitar la arbitrariedad es necesario prever un conjunto de reglas de carácter imperativo que señalen los límites de la interpretación. Estas reglas no pueden ser exhaustivas, por consiguiente, el intérprete debe tener un cierto margen de discrecionalidad al momento de tomar una decisión.

Esta investigación es relevante para esta intencionalidad, ya que hace un análisis de las leyes a profundidad y nos lleva afirmar que así como los hombres hacen las leyes para el bienestar de la misma humanidad, es el hombre a través de sus diferentes, pensamientos, ideas, valores, y posturas el que dará una interpretación basada en sus distintos pensamientos.

Sin embargo cuando hablamos de una ley especial para la infancia debemos ser muy cuidadosos, ya que hablamos de una población muy susceptible, en desarrollo progresivo. Y una mala interpretación puede como el médico causar una mala praxis, de por vida, al niño a la niña o al adolescente le puede marcar o cambiar el rumbo de su destino.

Es así como sucede con la Ley Orgánica para la Protección del niño (a) y Adolescente según sus vivencias, experiencias y opiniones los docentes se van haciendo una concepción de una ley que caracteriza a sus beneficiarios en sujetos con demasiados derechos y pocos deberes, más sin embargo no ven que esta ley y como señala el autor de esta tesis doctoral la interpretación es una opresión que trasciende a la idea del derecho.

Considero pues que se debe conjugar una serie de elementos como los sentimientos, los valores, lo social, lo económico, lo educativo, lo cultural, entre otros para llegar a ser asertivos a la hora de la hermenéutica jurídica en el campo educativo.

De igual manera, resultó pertinente la investigación de Halcartegaray, (2006), titulado “Construcción de problemas de convivencia escolar por parte de profesores de enseñanza básica y media” de la Universidad de Chile, donde el objetivo de esta investigación es la convivencia escolar por considerarla el espacio donde transcurren las relaciones sociales, pedagógicas, formativas, mediadora de los objetivos educacionales demandados por la sociedad y asumidas por la institución escolar.

La convivencia escolar se construye por parte de sus participantes: estudiantes, profesores, directivos, paradocentes, comunidad, administrativos y apoderados. Esta tesis realizó la construcción desde los pensamientos y significados que tienen los profesores chilenos cuando enfrentan problemas de convivencia escolar.

Como marco de comprensión la autora asumió tres dimensiones complementarias: La primera observa la escuela en su relación con un marco socio histórico y cultural particular, desde que surgen las necesidades y demandas de la educación escolar. Aquí aborda una serie de aspectos: las demandas filosóficas de la sociedad acerca del tipo de desarrollo que requiere para los niños y jóvenes en formación para contribuir así, a su inserción social futura pero también para contribuir al mejoramiento del progreso social.

La segunda se sitúa en el docente, como un actor central en la construcción, regulación y gestión de la convivencia. Por ello busca alcanzar una comprensión de la convivencia, desde la mirada del profesor (a). Interesa conocer las características de su pensamiento en la acción y la interpretación que este hace acerca de lo es la convivencia escolar. Para emprender esta posición se recurrió a la narrativa como medio de acceso a este pensamiento.

Por último analiza la narrativa como fenómeno humano, como herramienta para construir mecanismos que lleven a mejorar la convivencia escolar. La metodología adecuada para tal fin fue el uso de la narrativa como recurso para la indagación acerca de las estrategias que aplican los profesores para construir los problema de convivencia que deben afrontar en su vida profesional. Se desarrolla un cuestionario abierto donde los profesores narran libremente un evento que pudiese haber alterado la convivencia escolar y cuales estrategias aplicarían frente a un caso hipotético.

El cuestionario aplicado siguió una serie de etapas para alcanzar un desarrollo parsimonioso y exhaustivo a profesores de escuela básica y media de colegios particulares subvencionados con sostenedores institucionales (fundaciones, gremios) de los temas y categorías que dieron cuenta de los procesos de construcción de problemas de convivencia por parte de los docentes, partiendo de sus principios y valores concebidos.

Los resultados de esta tesis doctoral genero una serie de pautas para el análisis de narraciones de problemas de convivencia con una descripción acuciosa y ejemplificadora de dimensiones y categorías, para emplearlas como herramientas reflexivas en el desarrollo profesional de la docencia y también para futuras investigaciones.

Finalmente, a partir de los resultados se crearon diferentes dimensiones estratégicas en el logro de objetivos educacionales; para las posibilidades de desarrollo de los alumnos en torno a la participación social, y el rol del profesor. Se constató la importancia de la brecha existente entre el tipo de comprensión, construcción y enfrentamiento de la convivencia observada entre los actores: docentes y alumnos.

Para finalizar se ofrece una propuesta de cambio y desarrollo profesional basada en la narrativa, asumiendo por una parte la complejidad inherente de la educación como disciplina y por otra la necesidad de asumir las prácticas como contenedores de saberes, supuestos, creencias y valores, necesarios por los múltiples desafíos siempre cambiantes que debe enfrentar la educación.

Es evidente que este estudio constituye un valioso aporte para esta investigación en virtud que asume como elemento fundamental los valores, creencias e interpretaciones que hacen los profesores y sus alumnos acerca de lo que significa la convivencia escolar para así mejorar el proceso educativo. Así mismo utiliza toda una metodología basada en la narrativa hecha desde sus actores: docentes y alumnos, lo cual brinda una serie de datos cualitativos importantes.

Por su parte Saavedra (2007), realizó un trabajo titulado “El pensamiento del profesor vínculo mediador entre la reforma educacional y la practica en el aula”. Estudio exploratorio desde la perspectiva del pensamiento del profesor en Chile. En esta investigación se plantea la relación entre lo que propone la reforma curricular y lo que el docente traspasa a las aulas de clases. El estudio realiza un análisis minucioso del docente, partiendo de la racionalidad técnica, al profesional reflexivo, haciendo uso de los paradigmas del pensamiento del profesor y lo que le exige el Estado a través de la reforma educativa.

Es una investigación muy interesante e importante ya que demuestra que los profesores perciben que la profesión docente ha sufrido una desvalorización por parte de la sociedad, y paradójicamente, observan que esa misma sociedad exige de la educación de sus hijos hacerse cargo de los problemas sociales. El estudio se realizó a través de la confección de un cuestionario que recogiera datos cualitativos. Se reportaron datos producidos en cinco Focus Groups. La muestra incluyo 57 profesores de colegios municipalizados y privados subvencionados.

Esta investigación arrojó las siguientes conclusiones: en cuanto al significado de “participación” desde el punto de vista de los involucrados en el diseño de la reforma curricular y desde el punto de vista de los docentes, se percibe un nudo central de desacuerdos entre ambas partes. Ya que los docentes tienen la percepción de haber perdido la valoración de la profesión docente por parte de la sociedad. Lo que los lleva a recordar con nostalgia épocas pasadas, cuando el profesor (a) era una figura significativa en la representación social, y gozaban del respeto de los representantes y de los estudiantes.

Esta mirada negativa percibida por los docentes, se materializa en lo concreto, en una baja credibilidad y menoscabo profesional que se expresa con bastante frecuencia a través de los medios de prensa, quienes parecieran culpar al profesor de todos los males que sufre la sociedad chilena. Dada esta situación, se provoca aquí la paradoja de estar pidiendo a este profesional, que aparece vilipendiado y descalificado, hacerse cargo de la formación ética y socio-emocional de los niños, niñas y jóvenes en las escuelas.


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Aunado a esto se les pide además que se hagan cargo los docentes de los problemas generados por la economía neoliberal. Problemas sociales que muchos ejemplifican en el aumento de las tasas de embarazos en adolescentes, los altos niveles de tráfico y consumo de drogas, la violencia en las escuelas, entre otros.

Esta realidad que vive el profesor chileno es relevante, ya que hace un análisis del sentir humano del profesional socializador de la humanidad, que ve en la profesión un desaliento al poseer en sus hombros una gran responsabilidad de educar a los futuros hombres del mañana, dejándoles la mayor cuota de responsabilidad a estos.

Esto permite inferir que de igual manera sucede con el docente venezolano que ve en las leyes de infancia y adolescencia leyes que apañan a sinvergüenzas y sin escrúpulos, sin pensar que muchas veces el problema radica en no saber que la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente es una ley sumamente moderna, donde participaron todos los actores involucrados y que muchos de los profesores no quieren cambiar los viejos paradigmas del docente catedrático, libresco, repetitivo y sobretodo poderoso.


Teorías de Entrada

Teoría Educativa

Existen diversas definiciones de la educación, entre las que se puede mencionar la de Ramírez (2005), el cual la refiere como “la formación del hombre, la maduración del individuo, el logro de su forma perfecta, entre otros” (p. 371). La palabra educación tiene una doble etimología a causa del dualismo de su semántica: educare, de ex, fuera y ducere, llevar, y por tanto, sacar, extraer, desarrollar, desenvolver; los que se adhieren a esta primera etimología, como Pestalozzi, estiman que “la educación es desarrollado despliegue de todas las energías del ser humano” (De la Mora, 1999, p. 62).

La segunda etimología es educere, que significa alimentar. Los que toman esta última etimología, como Herbart, estiman que la educación es transmisión de cultura. Otros pensadores que afirman que la educación no es desarrollo ni cultura, sino dirección, como indica la raíz duc, de ducere, conducir o guiar, común a los verbos educere y educare. Tal es el parecer del pedagogo alemán Adolfo Rude, quien afirma que (educar es dirigir la formación de una personalidad plena de valores para una comunidad pletórica de ellos”. En esta misma perspectiva, Esper (2008) expone que:

La educación representa la influencia deliberada y sistemática ejercida por la persona madura sobre la inmadura, por medio de la instrucción, la disciplina y el desarrollo armónico de todas las facultades físicas, sociales, intelectuales, morales, estéticas y espirituales del ser humano, de acuerdo con la jerarquía esencial de las mismas, para la utilidad individual y social, dirigida hacia la unión del educando con su fin último trascendente (p.27).

Interpretando lo expresado la educación representa un proceso de crecimiento y desarrollo por el cual el individuo asimila un caudal de conocimiento, hace suyo un haz de ideales de vida, y desarrolla la habilidad de usar esos conocimientos en la prosecución de estos ideales. Al respecto, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) afirma que:

La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad, en la independencia y en la justicia.

Para significar el concepto implicado en la palabra educación, se utilizaba el vocablo “crianza” que denotó las dos clases de ayuda que los adultos pueden prestar a los seres en desarrollo: la material mediante el alimento y la protección, y la psicológica mediante el control y la educación (Fermoso, 1991). Además, educar a una persona es lograr que haga lo que deben hacer por sí misma; consiste en que esa persona no necesite de ninguna autoridad que presione sobre ella, sino que por sí misma, por propio convencimiento, se decida por el camino del deber. Por otro lado, “la educación consiste en favorecer el desarrollo más completo posible de las aptitudes de cada persona, a la vez como individuo y como miembro de una sociedad regida por la solidaridad.

Un autor muy reconocido en el tema de educación, Larroyo, (2003) afirma que la educación “es un hecho gracias al cual los niños y jóvenes entran en posesión de conocimientos científicos y formas de lenguaje, costumbres morales y experiencias estéticas, destrezas técnicas y normas de vida”. En el pasado, la filosofía de la educación consideraba al niño, al adolescente y al joven; en la actualidad se tiende a pensar “que la educación puede no cesar, incluso nunca debe cesar, sino que solamente debe transformarse de acuerdo con las diversas edades, capacidades e intereses del individuo.

Un clásico de la sociología de la educación, Durkheim (1999), dice que:

La educación es la acción ejercida por las generaciones adultas sobre aquellas que no están todavía maduras para la vida social; tiene como objetivo suscitar y desarrollar en el niño un cierto número de estados físicos, intelectuales y morales que le son demandados tanto por la sociedad política en su conjunto, como por el ambiente particular al cual está de forma específica destinado. (p. 131).

De lo expresado anteriormente, se infiere que la educación entre las técnicas sociales, como una categoría general de los métodos para influir en el comportamiento humano de modo que se adapte a los modelos predominantes de interacción y organización social. La educación entra precisamente dentro de la materia de educación, ya que incluye en su naturaleza (como instrucción guiada adecuadamente), que “personas competentes, académica y pedagógicamente, se encarguen de la selección, organización, interpretación y secuenciación inteligentes de los materiales y experiencias de aprendizaje” (Ausubel, 1990, p. 45).

La educación, sea cual sea su definición, se da como “eso que puede fomentar al hombre permitiéndole ser adulto y realizar su tarea humana por lo cual siempre tiene un aspecto moral. También, la educación representa un proceso orientado hacia ciertos ideales, un desarrollo dispuesto entre una realidad y circunstancias dadas y ciertos objetivos y propósitos, ya que está dado por la sociedad misma en sus bienes culturales, en ciencia y moralidad, en lengua y economía, en religión y arte, en derecho y costumbres.

El mismo término de educación implica “la idea de un valor, de una meta que alcanzar, de una mejora posible y deseable, lo mismo que sugieren los sinónimos de educar, formar, desarrollar, perfeccionar, como una acción práctica que tiene dos resultados: la capacitación y la formación.

Como investigador infiero que, la educación es formación e implica la adquisición de una actitud, adaptándose a lo que es normativo en una sociedad y los especialistas son los educadores que realizan la práctica educativa para que los educandos se adapten a determinada sociedad, y de esta manera hablar de una educación humanista. En suma, muchas son las definiciones de educación, y en ellas coinciden algunas ideas, se complementan o bien se oponen.

Se entiende el término de educación como conducir al hombre a la formación de una personalidad plena de valores, a través del desenvolvimiento y desarrollo de todos los ámbitos de su persona-facultades físicas, sociales, intelectuales, morales, estéticas y espirituales y dirigida hacia la unión del educando con su fin último transcendente, con lo cual se busca que por propia convicción se decida por el camino del deber y se realice la transmisión de culturas.

Teoría Humanista (Rogers)

Su pensamiento educativo se evidencia claramente, cuando plantea que la meta de la educación tiene que ser la formación de personas capaces de aprender por sí mismas, de adaptarse al cambio. (Rogers, 1982)

El único hombre educado es aquel que ha aprendido a aprender, el que ha aprendido a adaptarse y a cambiar, el que ha caído en cuenta que ningún aprendizaje es seguro, que sólo el proceso de buscar los conocimientos es lo que constituye la base de la seguridad. (Petterson, 1992)

La enseñanza debe girar en torno a la persona y depende fundamentalmente de las actitudes del docente y la relación que éste establezca con los alumnos, más que los métodos o técnicas utilizadas. La enseñanza no debe basarse en la mera comunicación de conocimientos para ser memorizadas por los alumnos: debe darse el auto descubrimiento. Lo que puede enseñar otra persona es de poca importancia. La función del docente debe consistir en facilitar el aprendizaje del estudiante, proporcionándoles las condiciones que conduzcan a aprender de una manera significativa y autodirigida. Se deben plantear problemas para que sean investigados y resueltos por los estudiantes.

El humanismo tiene sus raíces en los enfoques filosóficos, explicando la naturaleza y la existencia humana, como el existencial y la fenomenología. Al respecto, el autor Morris (2001), postula tres pilares del humanismo desde la postura existencialista:

El ser humano es un agente electivo, capaz de elegir su propio destino.

El ser humano es un agente libre para establecer sus propias metas de vida y por último,

El ser humano es un agente responsable de sus propias elecciones. (p.35)

De allí, que el ser humano es una totalidad que excede a la suma de sus partes, por lo tanto, para comprenderlo hay que estudiarlo en su totalidad, posee un núcleo central estructurado, consistiendo en los conceptos de persona yo o sí mismo, sin este núcleo no puede haber adaptación y organización. En lo que respecta a la fenomenología, el humanismo se fundamenta en los postulados que explican que los seres humanos se conducen a través de sus propias percepciones subjetivas, no respondiendo a un ambiente objetivo, sino al ambiente tal y como lo perciben y comprenden.


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Del existencialismo, Hernández (2000) opina que: “la idea que el ser humano va creando su personalidad a través de las elecciones o dicciones que continuamente toma ante las distintas situaciones y dilemas que se le presentan en la vida” (p.48). Desde esta perspectiva, el hombre es un ser en libertad, independientemente de las condiciones en que viva.

Por otra parte, los representantes del humanismo, Rogers (1982) y Maslow (1978) coinciden al considerar que: “el individuo nace con disposición a la creatividad, accesa o genera a partir de sus necesidades sociales, tendentes a la autorrealización, la cual también la percibe como una tendencia innata” (p.53). Además Rogers considera que la creatividad es expresión del desarrollo pleno de la persona.

Desde estos planteamientos se puede inferir que el ser humano en su carácter independiente, volitivo, tendente a la autorrealización, activo e intencional desarrolla de manera natural a la búsqueda del progreso su potencial creador. Es así como el hombre es considerado un ser en un contexto humano, consciente de sí mismo y de su existencia, tiene facultad para decidir elegir y tomar sus propias decisiones, es un ser activo y constructor de su propia vida. Con el propósito de avanzar en torno sobre las humanidades y los procesos de formación universitaria en la sociedad del conocimiento, es indispensable realizar algunas precisiones que permitan avanzar y tratar el tema en las distintas perspectivas.

Es importante considerar, las dimensiones que ha de reunir el docente de humanidades, su actuación, los requerimientos de calidad, la justicia en su desempeño ético profesional y sobre todo, considerar algunas situaciones que están fuera de toda discusión como el profundo compromiso humano que implica el ejercicio de las capacidades y habilidades intelectuales.

En opinión de Paz (2007) “la calidad en la enseñanza, por lo tanto dependerá esencialmente de la actuación del profesor. “(p.92). Por tal motivo, el docente requiere de una permanente formación e instrucción no sólo en el terreno de lo especifico del área de su formación profesional, sino también en lo ético, lo sociológico, lo antropológico y sobre todo en lo pedagógico. En todos los casos es vital que, el docente posea unas competencias básicas como empatía, simpatía, sinergia y esencialmente asertividad.

El acelerado desarrollo científico y tecnológico y la aparición de nuevas formas de organización social y cultural, la llegada del tercer milenio, el consiguiente cambio de paradigmas anuncian de manera urgente un nuevo protagonismo pedagógico, un nuevo docente comprometido con la producción y distribución de nuevos conocimientos. Se espera entonces, a que se desplieguen nuevos roles tanto en el ejercicio de la docencia como en el hacer de las instituciones educativas, en especial nuevos compromisos en la producción de conocimientos.

En tal sentido, es urgente asumir nuevas exigencias en los procesos complejos inherentes a la enseñanza. Sin duda se propenderá por formar profesores intuitivos, autodidactas, informadores de la ciencia, recreadores de la cultura y sobre todo humanistas. La denominada sociedad del conocimiento requiere de un profesor apasionado por el conocimiento, capaz de ser enseñante y aprendiz en valores, con alta autoestima, responsable, comunicador, argumentador, con pensamiento cooperativo y sobre todo humanista, flexible, dispuesto a resolver conflictos, consciente de vivir en un mundo cada vez más diverso y en el que hay que evitar la exclusión, la marginalidad y la pobreza intelectual. El humanismo representa la visión homocéntrica (el hombre como centro del mundo), cuya misión es dignificar lo humano. Por eso, todos los humanistas son luchadores por el mejoramiento estructural que contribuya al desarrollo de la persona. También se entiende por humanismo, el propósito de propender por un hombre nuevo, en una sociedad abierta y democrática.

A juicio de la investigadora, el ser humano posee una capacidad innata de aprendizaje, por lo cual le confiere al sujeto la responsabilidad de su formación, en este sentido, promueve una enseñanza flexible y abierta. Por lo tanto, el humanismo no constituye propiamente una corriente filosófica sino más bien una propuesta que sitúa al hombre como valor central de todo lo que existe, y a partir de esa consideración, subordina toda actividad, a propiciarle mejores condiciones de vida material y espiritual.

Teoría Psicogenética de Piaget (1973)

Esta teoría propuesta por Piaget (1973) está referida a la evolución del pensamiento, particularmente de la inteligencia del mismo a través de las distintas edades y hasta la adolescencia. Bajo la concepción de este enfoque se pretende lograr el desarrollo integral del niño, ya que considera que los niños durante su desarrollo van a presentar diversos tipos de estructuras mentales que tienen características propias, asimilación y acomodación.

La teoría de Piaget, (1973) denominada también “constructivismo genético”, en la cual se encuentra explicación sobre el acontecer de los conocimientos del niño como un proceso de desarrollo de los mecanismos intelectuales, que ocurren en una serie de estadios definidos por el orden constante de sucesión y por la jerarquía de las estructuras intelectuales que responden a una forma de evolución.

Cada estadio se caracteriza por la aparición de estructuras que se construyen en forma progresiva y sucesiva, de forma tal que una estructura de carácter universitaria constituyéndose así el fundamento de nuevos caracteres cognoscitivos y modificadores por el desarrollo. Estos estadios o etapas son establecidos de la siguiente forma:

Inteligencia sensorio-motora: De 0 a 2 años. Las características se inician con el nacimiento, el elemento inicial es el reflejo del neonato, el cual se va transformando en una estructura de esquemas que permite que se efectúen los intercambios del sujeto con la realidad, lo que propicia además que el niño realice una diferencia entre el yo y el mundo de los objetos. En esta etapa la conducta es perceptiva y motriz.

Pensamiento Pre Operatorio: De 2 a 7 años. Surge la función simbólica, donde el niño comienza a hacer uso del pensamiento sobre hechos u objetos, desarrollando el lenguaje y la imaginación simbólica, y se da el intercambio entre individuos, es decir, la socialización.

Operaciones concretas: De 7 a 12 años. Se inicia cuando el niño es capaz de utilizar intuiciones. Las operaciones son concretas ya que se relacionan directamente a objetos concretos, mejora la capacidad de pensar de manera lógica, ya que aparecen las funciones de clasificación, seriación, negación, identidad, correspondencia uno a uno, entre otras.

Operaciones formales: De 12 en adelante. Se caracteriza por la elaboración de hipótesis y el razonamiento sobre las proposiciones sin necesidad de recurrir a la comprobación concreta. Se comienza a combinar objetos sistemáticamente, así como ideas o hipótesis en forma de negaciones y afirmaciones. Surgen las preocupaciones acerca de la identidad y las cuestiones sociales.

Piaget, también sostiene que las estructuras del pensamiento se construyen, que nada está dado al comienzo, y las mismas se construyen por interacción entre las actividades del sujeto y las reacciones del objeto o las acciones que el sujeto ha realizado sobre los objetos, y consiste en abstraer de las acciones, a través de un juego de asimilaciones y acomodaciones los elementos necesarios para su integración en estructuras nuevas y cada vez más complejas.

Vale la pena considerar que cuando el sujeto llega a la universidad son muchos los procesos que le han precedido en materia de procesos de aprendizaje.

Teoría de la Instrucción de Brunner (1989)

Es una teoría de carácter profundamente pedagógico, interesándose por la forma como debe educarse a los estudiantes a partir de la psicología educativa. Brunner define su posición como una Teoría de la Instrucción, y no de Aprendizaje, por considerar esta última como descriptiva, y la teoría de la instrucción es prescriptiva, proporciona orientaciones sobre la forma en que se puede enseñar con más eficacia. Para comprender esta teoría se deben considerar los tres temas de su enfoque, que son:

a) Los tres modelos de aprendizaje: Considera que el desarrollo del intelecto tiene 3 etapas evolutivas, a saber:

Modo Representativo: También llamado enactivo, se manifiesta en los primeros años de la infancia y se caracteriza por la acción del sujeto como sustento de aprendizaje.

Modo Icónico: Se caracteriza por el uso de la imaginación de las situaciones, representadas en el intelecto, lo que permite pensar, decidir sobre las cosas sin necesidad de manipularlas.

Modo Simbólico: Se define como el conocimiento abstracto, se refiere a sustituir la etapa anterior por el instrumento del lenguaje como sistema simbólico que facilita la adquisición y almacenamiento de conocimientos.

b) Las Funciones de Categorización: Se refiere el hacer equivalente cosas que se perciben como diferentes, agrupar objetos, acontecimientos y personas en clases, y responden a ellos en términos de su pertenencia de clases antes que en términos de unidad.

c) Los principios de la instrucción: La motivación, se refiere a las condiciones que predisponen a un individuo a aprender. La estructura, señala que el conocimiento procedente de una asignatura debe organizarse de manera óptima de tal modo que pueda ser trasmitida a los estudiantes de forma comprensible. La secuencia, se refiere a que la información que se presenta a los estudiantes debe estar organizada en un modo secuencial, ya que el desarrollo intelectual es secuencial. El refuerzo, los aprendizajes deben ser reforzados, para alejar o dominar un problema es necesario recibir retroalimentación sobre las estrategias de resolución del mismo.


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Teoría Sociocultural de Vygotsky (1979)

Esta teoría se fundamentó en el papel de la cultura sobre los procesos mentales, considerándolos de naturaleza social y subraya las relaciones entre el individuo y la sociedad. Para Vygotsky la psicología era un método de descubrir los orígenes de forma más alta de la conciencia humana y de la vida emocional, más que los actos elementales del comportamiento, para él, el verdadero tema de investigación lo constituía la cultura y la conciencia. También sostiene que:

Un proceso interpersonal queda transformado en otro intrapersonal. En el desarrollo cultural del niño toda función aparece dos veces: primero, a escala social, y más tarde, a escala individual, primero entre personas (ínter psicológica), y después, en el interior del propio niño (intrapsicológica). Esto puede aplicarse igualmente a la atención voluntaria, a la memoria lógica y a la formación de conceptos. Todas las funciones psicológicas universitaria es se originan como relaciones entre seres humanos. (Vygotsky, 1979. p.p. 92-94, de la traducción castellana)

En este orden de ideas y con apoyo en el contenido de la cita, se puede considerar que un concepto esencial en esta teoría es la zona de desarrollo próximo, y la distancia entre el nivel real de desarrollo, capacidad para resolver un problema y el de desarrollo potencial, capacidad de resolver problemas con ayuda de otro más capaz

Señala Vygotsky que el conocimiento se desarrolla por efecto de elementos sociales, culturales y psicológicos que el niño va captando en su entorno y que le permiten administrar el control sobre sí mismo a través de la internalización de las normas y valores que describen al grupo social con el cual comparte su ambiente y que luego, gracias a la utilización del lenguaje va convirtiendo en actividades mentales más complejas. Debemos revertir lo que hace mucho tiempo viene sucediendo en nuestras escuelas, que solo se preocupan por la instrucción de sus estudiantes, en lugar de una escuela ocupada por la capacidad de pensar de los mismos.

Para este investigador es de suma importancia la internalización de las normas y valores en el individuo como ente y componente fundamental del desarrollo y evolución de toda sociedad. Por esta razón presenta su Ley de la Doble Formación o Ley Genética General del Desarrollo Cultural, en la cual establece que en el desarrollo sociocultural del niño, las funciones desempeñadas por éste aparecen primero a nivel social y luego a nivel individual, y que en ellas, el instrumento de mediación es el lenguaje.

Teoría de La pedagogía como ciencia

En una reflexión sobre el carácter científico de la pedagogía hay que tener en cuenta que en el sentido de que ésta vuelva con la mayor precisión posible a sus conceptos autónomos y cultive más un pensar autóctono, de modo que se constituya en centro de un círculo de investigación. De esto se deriva la importancia del enfoque histórico en el estudio de la estructura sistemática de la pedagogía según Escolano (1998): “El recurso a la historia de la ciencia es imprescindible para efectuar un balance actualizado de los datos del conocimiento científico acerca de los problemas de la educación… “(p.16). Sería preciso también llevar a cabo un análisis de las líneas de investigación dominantes en el panorama actual de las ciencias de la educación, a fin de detectar los modelos formales y metodológicos que las informan.

Por su parte, Nicolin (2001) explica que la pedagogía es una ciencia social, no puede, pues, procede sólo especulativamente, sino que debe operar empíricamente: debe describirse la educación como una realidad dada, como hecho. Por lo tanto, como los hechos sociales son fundamentalmente históricos, entonces su investigación empírica debe extenderse al campo histórico. (p 352). En este sentido señala también Durkheim (1999) que:

Cuando se estudia históricamente la manera como se han formado y desarrollado los sistemas de educación, se ve que ellos dependen de la religión, de la organización política, del grado de desarrollo de las ciencias, del estado de la industria, entre otros. Si se les separa de todas esas causas históricas, se vuelven incomprensibles. (p 355)

De lo expresado por el autor, se puede deducir que se comprende lo que es propiamente la educación, únicamente mediante el análisis sistemático de la historia. En este contexto histórico resalta cada vez más claramente el sentido del quehacer educativo. Así pues, se parte de la constatación de que la educación por su misma esencia comparte o participa del carácter histórico del hombre entendido en su ser social, es decir, en relación con los otros hombres, en el seno de una formación social. O sea, la práctica educativa está determinada históricamente: toda acción educativa como parte de dicha práctica o elemento, se desarrolla o acontece en el contexto histórico de la formación social, o sea, está ya determinada por su pasado histórico, por factores históricos. Por eso dice Durkheim (1999) que

…aunque sólo fuera para constituir la noción preliminar de educación, para determinar la cosa que denominamos así, la observación histórica aparece como indispensable. Para definir la educación, debemos, pues, considerar los sistemas educativos que existen o han existido, compararlos, separar entre sus caracteres los que le son comunes. (pp. 12-13).

El análisis pedagógico debe tener en cuenta este entrecruzamiento de la educación con el acontecer histórico social: hay que estudiar la pedagogía como una disciplina que intenta constituirse como ciencia en la medida en que trata de captar o aprehender el fenómeno complejo de la educación (sobre todo en una investigación empírica sobre la base de la experiencia). Pero no se trata de lograr un simple y mero saber erudito (un conjunto de datos históricos del pasado sobre la educación como los que se pueden encontrar en un manual de la historia de la educación) sino, como señala Nicolin (2001):

La cuestión teóricamente fundamental de la pedagogía, a saber, qué es en sustancia la educación y qué clase de exigencias formula a los que en ella se ocupan, recibe una orientación hacia lo histórico primariamente por el hecho de que la exploración del campo educacional actual, y de los quehaceres en él implicados, se ve una y otra vez inducida a informarse sobre las precedentes constelaciones de condiciones históricas, y sobre las fuerzas operantes que han llegado a la actual situación pedagógica, en las que al mismo tiempo se manifiestan tendencias de futuro (deseables o necesarias de corrección crítica). Así, la consideración histórica es la que rectifica las perspectivas restringentes propias de la consideración sistemática abstracta; ella libera las formas actuales de la educación del aislamiento consistente en la mera toma de datos y las restituye al contexto operante de pasado y futuro. (p 358).

El acudir a la investigación histórica en el intento de dar cuenta del status científico de la pedagogía es necesario y fundamental, porque además de analizar y explorar los contenidos teoréticos, Nicolin (Ob.cit.,),

…incumbe a la historia exponer la evolución del pensamiento pedagógico mismo como un proceso de creciente independización, diferenciación y elevación del nivel de reflexión, que partiendo de la sabiduría educacional extracientífica y del material de pensamiento pedagógico contenido en los mitos, en las canciones y en la poesía, y pasando por el saber pedagógico encerrado en los esbozos filosóficos de interpretación de la existencia y en los sistemas de doctrina teológica, desemboque en teorías pedagógicas perfiladas y autónomas y. finalmente en la concepción y estructuración de la ciencia de la educación. (p 363).

Interpretando la cita expresada, la referencia a la historia no es con objeto de acumular un saber ajeno y sin relación con la situación actual de la práctica educativa, ni es la tendencia de tomar ingenuamente la tradición como norma de acción para el futuro, porque es evidente que actualmente el discurso pedagógico, constituido con un status científico más o menos establecido que se puede identificar, se ha ido conformando poco a poco hasta adquirir su carácter específico al lado de otros discursos científicos. Así pues, la investigación histórico-pedagógica no es intrínseca a la pedagogía sino que le aporta elementos específicos “para la constitución de su objeto (o de su campo de objetos) y, consiguientemente, para la fundamentación de su trabajo ulterior”.

Historia de La pedagogía

La historia de la pedagogía puede ser comprendida como instrumento del hacer o como discurso y saber. En el primero se inscriben todas las corrientes pedagógicas agrupadas en la técnica; en el segundo, aquellas para las cuales lo importante es la emergencia del sujeto como sujeto de aprendizaje. Esta última surge con los discursos sobre la diferencia, cuando interroga categorías como el otro, lo social, lo cultural, la democracia, la libertad, el educar, la disciplina, el poder, la conducta, el valor de educar, la diferencia, entre otros. La pedagogía diferenciada se opondría, en el pensamiento francés, a la pedagogía directiva.

Aquella tiene que ver con la diferencia, la segunda con los objetivos. Precisamente, la primera nace de los aportes de la sociología de la educación que ve en las raíces de la educación una nueva forma de explicar la diferencia y el deseo. El fracaso escolar constituye uno de los objetos de análisis de los sociólogos de la educación y Perrenoud (2001) la define “como la simple consecuencia de dificultades de aprendizaje, como la expresión de una falta de objetivos de conocimientos y de competencias”. (p 18). En el centro del fracaso escolar subyace la idea de la distribución correcta y apropiada de los saberes culturales. El acceso a ellos impondría una mirada sobre los mecanismos de transmisión y de apropiación de los aprendizajes. Más que la enseñanza, el aprendizaje vendría a jugar un factor clave en la formulación de la diferencia.

Esta última no aparece como resultado de un deseo ideológico de algunos militantes del pedagogismo, sino como un objeto de saber que exigía un planteamiento riguroso. No se trataba de configurar las formas de enseñanza de los profesores, pues estos actuaban bajo los mismos presupuestos al ser formados en una matriz social e institucional igualitaria: mismos contenidos, única estructura, similitud en las prácticas de transmisión y homogeneización de los dispositivos de formación.

Ante el aprendizaje de los estudiantes, el cuerpo profesoral fue descubriendo una realidad que escapaba a las representaciones que traía como producto de su formación. El alumno aprendía de manera diferente y en ninguno se repetían las mismas prácticas del silencio y del hacer, la complicidad en la distribución de las actividades, el esfuerzo desigual en la ejecución de las tareas y las formas de poder y de sumisión. No todos pueden ser jefes, y aquellos que mejor dominio tienen de la simbología escolar y sus prácticas del hacer, imponen formas de dominación.


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La diferencia y el fracaso escolar se convierten en una ecuación en la que los sujetos se ven interpelados por los mecanismos existentes e institucionales de la transmisión. Las desigualdades cubren, por lo menos, las formas de distribución injusta del capital cultural que traducen una atención de los individuos sobre el mundo simbólico y práctico; las jerarquías de excelencia en tanto representaciones sociales de ciertas desigualdades dadas como reales y significativas; las desigualdades de capital cultural como incapacidades de comprensión y de acción de los sujetos.

En este mismo orden de ideas, Perrenoud (2001) refiere que “los individuos en la sociedad no enfrentan las situaciones de la vida, banales o extraordinarias, con los mismos medios intelectuales y culturales”. (p 18). El vínculo entre diferencia y desigualdad ocupa un lugar primordial en el movimiento de la pedagogía diferenciada y evidencia la existencia de un sujeto de verdad. Aquí, la cuestión no se refiere a valorar la importancia del vínculo, sino a establecer el acontecimiento en el centro de una región de saber mucho más extendida. En el caso que nos ocupa, ella aparece como un pliegue de las prácticas de pensamiento que tienen lugar por fuera del pensamiento de las ciencias de la educación.

Así, como lo señala Castoriadis (2004), “el pensamiento no es, hablando metafóricamente, una actividad autoerótica: no puede cerrarse sobre sí mismo y considerarse a sí mismo verdaderamente como actividad de pensamiento. A partir del momento en que se considera como actividad del pensamiento, en cierto modo se ha objetivado, se ha vuelto otro que la actividad misma. Se ha vuelto la actividad de pensamiento considerada por el pensamiento”. (p 298).

Precisamente, la pedagogía diferenciada es una forma de pensamiento para las ciencias de la educación, una práctica de saber y un sujeto de verdad. Práctica de saber porque descubre dos conceptos: diferencia y fracaso; sujeto de verdad por el objeto escolar que ella descubre como sistema de exclusión, masificación e indiferencia. Esta forma de pensamiento no es el nudo de las ciencias de la educación; encuentra un saber en ellas y se vuelve pliegue cuando la pedagogía diferenciada le ofrece dos conceptos y la realidad que exponen. Desde esta perspectiva, Zambrano (2006) expone:

Que de la misma forma, las pedagogías activas, institucionales y no directivas de los años setenta, centran su atención en los procedimientos de homogeneización y distribución masiva del capital cultural. Dicho mecanismo se preocupaba más por la defensa social de la institución y una distribución masiva del capital cultural, sin tener presente la realidad subjetiva del aprendiz. El alumno era ignorado como hacedor de sus aprendizajes, lo importante era la efectividad de los programas nacionales, el acceso a ellos y las formas simbólicas de distribución. (p.32)

Junto a las pedagogías institucionales, el concepto de objetivo vendría entre 1960-1980, a constituir un concepto clave del hacer escolar. Así, entonces, las pedagogías tienen un concepto que las fortalece, crean su límite, potencian su ver y afirman el hacer. Todo movimiento pedagógico incuba unos conceptos, el de diferencia y fracaso para la pedagogía diferenciada; el de objetivo para las pedagogías institucionales, directivas y no directivas.


Referentes Teóricos

Educación y Salud. Una perspectiva humana

La educación, en su sentido más amplio, juega un papel preponderante, porque ella constituye uno de los instrumentos más poderosos para generar transformaciones en la sociedad. Uno de los desafíos más difíciles será el de modificar el pensamiento de manera que enfrente la complejidad creciente, la rapidez de los cambios y lo imprevisible que caracteriza el mundo, por lo que se debe reconsiderar la organización del conocimiento, derribar las barreras tradicionales entre las disciplinas y concebir la manera de volver a unir lo que hasta ahora ha estado separado. Esto implica reformular las políticas y programas educativos, manteniendo la mirada fija hacia el largo plazo, hacia el mundo de las generaciones futuras frente a las cuales tenemos una enorme responsabilidad (Morín, 2000).

Todos los actores involucrados en el proceso de interaprendizaje deben ser cada día más receptivos a la necesidad de cambios en su formación y práctica educativa. Para que estos cambios se generen es indispensable repensar los paradigmas respecto a lo que es enseñar y aprender: de una concepción de la enseñanza y aprendizaje como transmisión de conocimientos, a otra en la cual el centro de interés de la docencia tenga como condiciones previas: el descontento con las creencias pasadas, encontrar alternativas inteligibles y útiles ver la conexión entre las nuevas creencias y la praxis anterior.

En este orden de ideas, Freire (1970) cuestiona a la educación tradicional de su época, haciendo referencia a la concepción bancaria de la educación. Desde esta concepción, el profesor lo sabe y lo puede todo, mientras que el estudiante no sabe nada y es totalmente dependiente. Aunque de estas consideraciones han pasado 33 años, la rigidez de estas posiciones que niegan a la educación como proceso de búsqueda del conocimiento, aún se mantienen presentes en el sistema educativo actual. El mismo autor sostiene que:

La educación se debe basar en la manera como el estudiante se ve y siente el mundo a su alrededor. Desde esta nueva concepción educar es dialogar y el diálogo es un acto de amor, y el docente es un observador de procesos que no impone valores, sino que observa a sus estudiantes a partir de sus expresiones, pensamientos, sentimientos, comportamientos e interacciones (p.27)

El propósito de la educación desde una perspectiva más humana, la cual debe estar orientada a contribuir en el desarrollo humano integral de los actores involucrados en el proceso socioeducativo. En opinión de Rogers (1977) sostiene que tradicionalmente,

El educador es el poseedor de los conocimientos y el estudiante es un recipiente pasivo de los mismos; por lo que también destaca que educación significa poder y control de la información, y que en ella el énfasis es sobre los comportamientos y los contenidos más que sobre los procesos de la relación educativa. Los docentes son percibidos como controladores, la relación es de miedo, la confianza es mínima y no existe un lugar para el ser humano, sólo se destaca la inteligencia o la razón. (p.57)

Desde esta concepción, el estudiante asume responsabilidades en sus procesos y el docente proporciona recursos y el modelaje desde su propia experiencia. De esta forma, el estudiante desarrolla su programa (sólo o en complementación con otros) en disciplinas académicas que se derivan de la interacción estudiante-estudiante y estudiante-contexto, y la evaluación es realizada por el mismo estudiante y por el grupo, mediante procesos de retroalimentación. Todos estos aspectos hacen que el aprendizaje sea más profundo, así como más influyente en las vidas y comportamientos de los educandos.

De acuerdo con lo anterior, la educación actual debe repensar su concepción del conocimiento y los métodos de enseñanza y aprendizaje. La nueva orientación de la educación, más que hacer énfasis sólo en contenidos académicos o en una transmisión rígida de saberes, debe centrarse más en el desarrollo integral del ser humano, en fomentar una formación humana integral, proporcionando la oportunidad de hacer de él una persona capaz, digna, crítica, libre y consciente del equilibrio entre la educación y la salud.

La educación, en palabras de Savater, (citado en Flórez 2001), es el más humano y más humanizador de los empeños, con lo cual manifiesta la relevancia e importancia social de quienes practican la docencia, que son personas que dignifican y se dignifican en el desarrollo de la función cognitiva del permanente acto educativo: el proceso de enseñanza y aprendizaje y el propósito de la educación, es el ser humano y no la asignatura, por lo que la educación debe fortalecer la personalidad del educando y no debilitarla, debe buscar que cada estudiante abandone las aulas, sintiéndose más digno y satisfecho.

En este mismo orden de ideas, la educación como proceso integral debe reforzar el sentido de valoración personal, las capacidades individuales y la definición de contextos integrados, permitiendo nuevas posibilidades en cada quien y la oportunidad de descubrir recursos, alternativas, un mundo propio y personal (Barroso, 2001). Vale la pena destacar los planteamientos de Morín (2000) cuando expresa que:

La condición humana es un tema central que debe ser retomado y enseñado como un saber necesario a la educación ya que el ser humano es a la vez físico, biológico, psíquico, cultural, social e histórico. Esta unidad compleja de la naturaleza humana está completamente desintegrada en la educación, a través de las disciplinas, e imposibilita aprender lo que significa ser humano, por lo que hay que restaurarla de tal manera que cada educando tome conocimiento y conciencia, al mismo tiempo, de su identidad compleja y común a todos los demás seres humanos. (p.49)

De allí que el objetivo fundamental del proceso educativo sea el fortalecimiento de la personalidad a través de la formación y desarrollo de los aspectos moral, intelectual y físico, entre otros, con el propósito de formar personas de alta calidad humana, capaces de elevar la calidad de vida del planeta en su conjunto.

Por su parte, la Educación para la Salud viene siendo objeto, desde hace años, de una fuerte demanda social, ya que es imprescindible para el buen desarrollo de todas las capacidades humanas. Su reconocimiento da respuesta a un proyecto válido de sociedad y educación y por tanto, su tratamiento está plenamente justificado en los distintos niveles de enseñanza.

En este mismo orden de ideas, la Educación para la Salud tiene como objetivo la adquisición de conocimientos y el desarrollo de hábitos que fomenten estilos de vida saludables que favorezcan el bienestar y el desarrollo personal, familiar y de la comunidad. Con la entrada en vigor de la nueva ley de Educación, LOE, y la puesta en marcha de la enseñanza por competencias, la Educación para la Salud tiene un espacio propio en el currículo de enseñanza.


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A juicio de la investigadora, se infiere que la educación debe rescatar la enseñanza de principios y valores universales que conlleven el desarrollo de sentimientos y actitudes positivas para un progreso conjunto de persona-persona, persona-naturaleza, persona-sociedad, además orientado hacia una formación humana integral.


El ser humano como una totalidad

La dimensión del ser es en sí misma pluridimensional y la finalidad de la mayoría de las entidades prestadoras de servicios de salud se orienta a las dimensiones puramente físicas y biológicas del ser humano, por lo cual ocurre algo paradójico y desconcertante en las ciencias de la salud: la atención se centra en la enfermedad y no en el cuidado de la salud, es decir, se desatiende a la persona integral, sus percepciones, sentimientos y emociones, y los nichos ecológicos con los que interactúa no se tienen en cuenta; esto se refleja en las frecuentes quejas por parte de los usuarios y familiares. (Alonso y De Vásquez, 2003)

El ser humano es un ser integral que se desenvuelve dentro de un ambiente; en él influye un sinnúmero de características biológicas, psicológicas, sociales y espirituales. Está dotado de conciencia, inteligencia, voluntad, intencionalidad, afectividad y creatividad, en síntesis, de una personalidad, que obedece a su ubicación temporal (momento histórico) y espacial (lugar donde habita). (p.34)

El individuo, como se ha mencionado, representa una totalidad imposible de separar en sus dimensiones, ya que no es fácil establecer cuánto influye una sobre las otras o cuánto depende la una de las otras frente al proceso salud-enfermedad. Para efectos didácticos se hace necesario separar al ser humano, de manera que podamos navegar por las dimensiones que lo constituyen, para conseguir aprehender y comprender mejor la complejidad de su atención integral en salud en aras de mejorar su calidad de vida.

Vale destacar, que el trabajador de la salud deberá tener siempre presente que el individuo es un ser integral y el ente principal de atención en salud. Para lograr entender al individuo como un todo se requiere, además del trabajo interdisciplinario y multiprofesional, reflexionar sobre los elementos básicos de la condición humana. Lo anotado debe constituirse en una constante función del profesional de salud, y más si desea mejorar la calidad del sistema de salud.

En consideraciones de Vélez (2006) se puede reseñar que el concepto que tengamos del ser humano depende de la cosmovisión, es decir, de la percepción de nuestro yo y del mundo que nos rodea. Dicha percepción, según Vélez, es el resultado de la ciencia, la filosofía y las creencias adquiridas por cada uno de nosotros. Al tiempo destaca que toda persona debe introspectar los datos y experiencias vividas, analizarlos y formarse su propia idea del ser humano, a esto se lo denomina: cultura. Todos los filósofos, desde Sócrates, han insistido en la necesidad de escarbar dentro de sí, como único método para llegar a la verdadera sabiduría y entender al otro.

Otra intervención valiosa es la que fue focalizada por Sánchez (2005), médico y filósofo, habla sobre el nuevo humanismo y sostiene que, lejos de haberse restablecido la armonía y el equilibrio del ser humano, el hombre se halla desorientado entre la multitud de cosas que lo dominan: La voluntad propia del individuo, sus sentimientos, sus aspiraciones, su vocación, sus fuerzas se revuelven impotentes bajo la máscara que le ha puesto el mundo exterior.

Este autor afirma que el problema se origina en una falsa valoración que tergiversa los valores, es decir, los invierte, y en la ausencia de una escala estimativa de índole universal. La verdadera tragedia de los tiempos actuales se proyecta en carecer de una tabla ideal de valores, de donde se saquen las normas para regular la conducta de los hombres. Hoy en día se puede observar que el individuo no ha entendido cómo vivir en el mundo real; sin embargo, se enfrenta a una nueva cultura consistente en cómo vivir en el ciberespacio. El individuo siempre está en una lucha constante en aras de la conservación de su integridad.

En esta misma perspectiva, Vélez (2006), define al ser humano a partir de tres dimensiones: “El Yo, el Otro y el Universo. La percepción del yo la describe como la percepción más profunda y existencial. Dice, además, que cuando analizamos qué somos, brota inmediatamente el dualismo cuerpo-alma, materia-espíritu” (p.30). Esta concepción es herencia del racionalismo cartesiano. Descartes hablaba de la res extensa, la cual puede mensurarse, y de la res cogitans, no mensurable; de aquí se derivó el concepto de que el humano está compuesto de cuerpo, formado por células y de un principio vital situado en la pineal o en otro sitio. La misma ciencia moderna, tal como lo señala el autor mencionado, ha revaluado este concepto dualista, pues no se puede trazar una línea entre la materia y el principio vital.

El mismo autor plantea que el ser humano tiene características propias, tales como poder exceder los instintos, conciencia del pasado, inquietarse por el futuro, capacidad de intimidad, a la que se le agrega la inteligencia emocional, reconocida en el individuo y estudiada por Goleman (1995), y que hoy en día es considerada de gran valor. De igual manera es preciso mencionar las concepciones de Morín (2008) sobre el pensamiento complejo del individuo, el cual expresa que:

Es necesario responder a la cuestión de la incertidumbre. Es decir, un pensamiento que se bata por una articulación con lo real. Ello quiere decir que la lucha contra la incertidumbre y el combate que utiliza la incertidumbre son inseparables. Dado que la idea de un orden determinista del mundo y de la historia se ha desplomado, usted está obligado a afrontar la incertidumbre; al mismo tiempo, como el mundo del pensamiento reductor y compartimentado muestra cada vez más sus límites y su ceguera, usted debe abordar lo complejo en el sentido literal de la palabra complexus (tejer en conjunto) (p. 2)

Cuando se habla del otro, un componente importante en las sociedades actuales, donde el conflicto es el pan de cada día, resulta imperioso trabajar sobre esta relación, pues el proceso de desarrollo de la humanidad ha hecho que la sociabilidad cada día sea más necesaria, y hoy en día se realiza a velocidades inimaginables por el uso de nuevos sistemas tecnológicos. Lo importante en la relación con el otro no es sólo conocerlo sino respetarlo, ayudarlo a convertirse en un mejor ser y crecer junto a él sin miedos y temores, ya que éstos son la contradicción del amor.


Los Valores y la Familia

Los valores constituyen un complejo y multifacético fenómeno que guarda relación con todas las esferas de la vida humana y de la dinámica familiar. Están vinculados con el mundo social, con la historia, con la subjetividad de las personas, con las instituciones. Realmente se vive un mundo lleno de valores y por supuesto, uno de los ámbitos fundamentales donde los valores tienen su asiento es la familia. Por otra parte, Fabelo (2003) señala que:

La familia posee una significación positiva para la sociedad y en tal sentido es ella misma un valor. Como forma primaria de organización humana, como célula comunitaria existente en cualquier tipo de sociedad, la familia es el primer grupo de referencia para cualquier ser humano, y lo ha sido siempre; hubo familia antes de que aparecieran las naciones, antes de que se concibiera siquiera cualquier otro tipo de vínculo humano. (p.46)

De este modo, la familia está inserta en los más disímiles ámbitos, en los marcos de cualquier clase social, nación Estado, forma civilizadora. Es a través de los vínculos afectivos prevalecientes al interior de la familia, sobre todo en relación con los niños, que se produce la apropiación del lenguaje como medio fundamental de comunicación y socialización, es en ese marco donde se aprende a sentir, a pensar, a concebir el mundo de un determinado modo y se reciben las orientaciones primarias de valor.

En resumidas cuentas, las primeras orientaciones de valor que recibe el niño desde que es bien pequeño son aquellas vinculadas a su propia vivencia, a lo que es imprescindible hacer para garantizarla, a lo que puede constituir un peligro que la amenace. De allí, que las primeras nociones sobre lo que se puede y no se puede o lo que se debe y no se debe tienen el propósito fundamental de garantizar la supervivencia de este pequeño y frágil ser humano. Por consiguiente, Bonet (2004) expresa que:

En el propio seno familiar, se adquieren las primeras normas de conducta y de relación, vinculadas a lo que se considera un comportamiento moralmente bueno y a una adecuada relación de respeto con el otro. Todos estos valores se asumen por el niño en una primera etapa como un proceso lógico y natural de identificación su medio social inmediato –la familia que sintetiza para él lo que es su género humano. Y esto el niño por lo general lo asume sin cuestionarlo. Los padres incluso, en muchas ocasiones, no se preocupan en esta etapa por explicar el por qué, simplemente orientan, a través de un esto o se hace o un haz tal cosa, lo que en su opinión representa una actitud y un comportamiento adecuados (p.49)

De lo expresado por el autor, se puede comentar que es por eso que, los padres se esfuerzan por educar a sus hijos lo mejor que pueden y por lograr para ellos todo lo necesario, pero muchas veces sienten que sus esfuerzos no consiguen lo que pretenden. La energía, tiempo, dinero y cuidados empleados en la educación de los hijos a menudo se cuestiona. Esos hijos felices, seguros de sí mismos, con buenos amigos, que se pretenden, no se están consiguiendo con las pautas de conducta empleadas. De este modo, el olvido y fallo de los padres está en no potenciar la autoestima de sus hijos. La autoestima puede definirse como lo que cada persona siente y opina de sí misma, como la medida en que le agrada su propia forma de ser. Los niños que poseen una autoestima elevada son los que tienen más posibilidades de ser felices en la vida.

En este sentido, se comprende que es en la familia, donde se adquieren las primeras nociones culturales y estéticas y los valores a ellas asociados. Otros valores ideológicos, políticos, filosóficos, también tienen en la familia a uno de los primeros y principales medios de transmisión ya en etapas más avanzadas del desarrollo de la personalidad. Por lo tanto, y debido a la fuerte presencia que tiene la familia en la educación más temprana del niño, su papel es extraordinariamente importante en la configuración del mundo de valores de esa conciencia en formación. La función que en este sentido juega la familia es en realidad insustituible.


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Por consiguiente, Gamboa (2006) sostiene que: “esos valores adquiridos en edades tempranas quedan casi siempre más arraigados en la estructura de la personalidad, lo cual hace más difícil su cambio.” (p. 48). Por lo general, hacia los cinco años los niños ya pueden hacer una estimación de su propio valor. Es importante, por tanto, que en estos primeros años de su vida no se les inculquen sentimientos negativos acerca de sí mismos: eres malo, has hecho esto mal, no seas pesado, siempre te repito lo mismo, estoy cansado de recriminar continuamente la mala conducta, puede deteriorar la propia imagen y por tanto, la autoestima.

Finalmente, la familia es un referente obligado aunque sea por contraposición en relación con los valores que porta cualquier individuo. Todo esto refuerza la idea del enorme papel de la familia en los marcos de cualquier tipo de sociedad y por qué debe ser considerado como poseedora en sí misma de un alto valor social.


Funciones de la familia y su relación con la salud

En cualquier sociedad, la familia asume una serie de funciones que tienen una relación con la salud de las personas. De esta manera, se tiene que la función de regulación sexual: la satisfacción de las necesidades sexuales es básica para una vida saludable. Mediante la estructura familiar se organiza y regula la satisfacción de los deseos sexuales, aunque la mayoría de las familias permite distintos tipos de comportamientos sexuales en función de sus valores culturales, con diferentes grados de comprensión o tolerancia.

En relación a la función reproductora, toda sociedad depende primariamente de la familia en lo referente a la concepción y el nacimiento de nuevas personas. La reproducción determina la pirámide de edad de la población de cada comunidad y condiciona su salud. Actualmente, en nuestro entorno, la maternidad se produce en edades cada vez más jóvenes, hacia los 15 años de edad; y los hijos por mujer son mayores.

En esta misma línea de pensamiento, es en la familia donde se inicia el proceso de socialización del niño, para que se integre posteriormente como adulto en la sociedad. En ella se aprenden y se llevan a cabo los autocuidados cotidianos que van a ser determinantes en todo lo relacionado con la salud a lo largo de la vida. En opinión de Martiñá (2007) expone que:

En la familia se reciben las primeras manifestaciones afectivas y se siguen recibiendo a lo largo de la vida. Hay estudios que demuestran que los niños que reciben cuidados físicos básicos pero que no son abrazados, acariciados y amados desarrollan una propensión enfermiza. Esto mismo ocurre en todas las edades y de la misma forma, tanto con relación a las situaciones de salud como cuando ésta se ha de recuperar. (p.35)

De igual manera, refiere que al pertenecer a una familia se adquiere un status por edad, sexo, entre otros y a través de la familia se adquiere un nivel social, una religión, una clase, una posición en la sociedad, entre otros estatus que se tiene influye en cómo se viven la salud y la enfermedad, y condiciona la responsabilidad para ayudar o ser ayudado cuando es preciso por problemas de salud.

Es importante destacar, la función de protección, ya que sentirse protegido es una necesidad básica para todas las personas, con independencia de su estado de salud, y esta necesidad de protección se hace especialmente significativa cuando existe o se prevé que pueda existir un problema relacionado con la salud. Maslow desarrolla los aspectos relacionados con la protección en las necesidades de seguridad destacando su importancia: “se ve la necesidad de seguridad como un movilizador activo y dominante de los recursos del organismo en las situaciones de enfermedad”. La familia es, por excelencia, la unidad que proporciona a sus miembros protección física, afectiva, económica y psicológica.

Por último, se tiene que la función económica, son los recursos económicos con los que cuenta la persona y la comunidad determinan la salud individual y colectiva, y a su vez condicionan la oferta y disponibilidad de medios para solucionar los problemas de salud, por lo tanto, la familia es una unidad económica básica. De lo anteriormente expuesto se presenta a continuación el siguiente gráfico: 

hermeneutica_proteccion_adolescentes/funciones_funcion_familia

Gráfico 2. Funciones que asume la familia.

Fuente: Martiñá (2007)


Promoción y Prevención de la Salud

Desde mediados del siglo XX se viene utilizando un término que ha revolucionado la forma como se concibe la salud. Se trata de la promoción de la salud, entendida está no como sinónimo de prevención de enfermedades sino como un conjunto de pasos que ayudan a una persona a estar sana integralmente.

Al hablar de este tema Álvarez, (2004) explica que “la salud se promueve cuando se facilita un nivel de vida decente, buenas condiciones de trabajo, educación, cultura física y medios de descanso y recreación” (p. 216). Esto significa que la promoción no es un trabajo aislado ni unidireccional, es un proceso muy complejo en el que intervienen muchos factores y diversos actores.

Por otra parte, se tienen los aportes hechos por Nájera (2003) quien explica que la Promoción de la Salud se logra a través del compromiso de la comunidad y con el aporte de la escuela y los profesionales del sector salud. Del mismo modo, se tomaron en cuenta los aportes de Sánchez (2005) en cuanto a participación y mejora de la calidad de vida y de Rosales (2000) referidos a los valores y la participación comunitaria entre otros.

La estrategia de Atención Primaria de Salud cobra un significado especial cuando enfatiza que los servicios deben ser eficaces, culturalmente aceptables para ello será preciso planificar y gestionar cuidadosamente programas que guarden relación directa con los problemas locales. Las comunidades deben de participar en el desarrollo de los servicios para fomentar el auto responsabilidad y reducir la dependencia (paternalismo).

La palabra prevención, del verbo prevenir, es definida como " preparación, disposición que se toma para evitar algún peligro. Preparar con anticipación una cosa"(Larousse, 1998. p.755). Partiendo de estos antecedentes se comprende la gran tarea que tienen los profesionales de salud para alcanzar un impacto en la situación de salud. Por consiguiente, el propiciar la participación de la comunidad y del propio núcleo familiar, realizar una planificación adecuada de las necesidades de la población y enfatizar las acciones de salud en los aspectos preventivos promociónales son acciones que merece un trabajo integral.

De manera que, el Ministerio de salud y las Direcciones Regionales de Salud promoverá el desarrollo de la comunidad fomentando su protagonismo en las acciones de salud integral. La participación comunitaria de las instituciones locales, autoridades municipales, grupos juveniles, Iglesias, gremios, y otras organizaciones en el desarrollo de la salud comunitaria. El uso adecuado a los medios de comunicación social alternativo para la Promoción de la Salud en la comunidad. Impulsar y facilitar el proceso de información, educación y comunicación necesarias para una adecuada defensa de la vida y la salud priorizando el ámbito local. Álvarez (2004) en el Programa de educación permanente, refiere que la promoción:

Es un concepto estratégico, que supera la falsa polaridad entre lo curativo y o preventivo, este concepto no es biomédico, está asociado a las determinaciones sociales que comprometen la capacidad de autonomía y el ejercicio pleno de las potencialidades humanas. Es así como la estrategia de promoción gana una doble dimensión. Por un lado, orienta el quehacer del sector de salud, dando un nuevo contenido y direccionalidad a las políticas y acciones: educativas para la calidad de vida y salud, las preventivas de enfermedades y daños o lesiones, las protectoras de la vida, las curativas y de tratamiento continuo de enfermedades y las rehabilitadoras. (p. 42).

Es así como el concepto de promoción de la calidad de vida y salud es entendida como la búsqueda de respuestas integradas de acuerdo con las exigencias que demanden el objetivo de intervención, para lograr superar la complejidad de sus causalidades.

Es relevante destacar, que la Atención Primaria de salud se orienta hacia los principales problemas de salud de la comunidad, que deben ser enfocados de forma intersectorial, y presta los servicios de promoción, tratamiento y rehabilitación necesarios para resolver estos problemas. Es decir comprende al menos las actividades:


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a) educación sanitaria;
b) alimentación apropiada;
c) abastecimiento de agua potable y saneamiento básico
d) asistencia materno-infantil con planificación de la familia;
e) inmunizaciones necesarias;
f) prevención de enfermedades endémicas locales;
g) tratamiento apropiado de las enfermedades comunes;
h) suministro de medicamentos esenciales. Se la considera la función principal del sistema sanitario, que deberá descentralizarse para acercarse a la comunidad.

En este mismo orden de ideas, la planificación en una organización tratará de maximizar los resultados obtenidos por el conjunto de actividades que se desarrollan, mientras que el contexto comunitario la planificación buscará un equilibrio óptimo entre los esfuerzos realizados por las diferentes organizaciones que hacen vida activa dentro de la comunidad, dentro de los límites impuestos por los valores y los recursos existentes en la comunidad.

Por ello, se hace necesario que los servicios de salud buscan el propósito de dar atención primaria a todos los miembros de la comunidad, con el único fin de buscar salud para todos.


Salud para todos en el año 2000

La Organización Mundial de la Salud realizó en 1977 una conferencia en Alma Ata, Rusia, a la que convocó a todos los países miembros. En dicha reunión se propuso y aceptó la meta "Salud para todos en el año 2000", y se señalaron como estrategias para conseguirlo, la Atención Primaria de Salud y la Participación de la comunidad. Álvarez (2004)

En esa ocasión se dijo que "Salud para todos en el Año 2000" se apoya en cinco principios básicos: Igualdad en la disponibilidad y la distribución de la Atención para la Salud. Participación de la gente en el desarrollo de la Salud. Fomento y prevención de la Salud como acciones igualitarias a las de atención curativa. Tecnología de gran solidez científica, pero aceptable y costeable por quienes deben usarla. Reconocimiento de todos los sectores de la actividad humana de sus relaciones directas o indirectas con la Salud.

En mayo de 1995, la propia Organización solicitó información sobre-los avance de la meta propuesta en Alma Ata los años anteriores. Se pudo comprobar que todos los países habían realizado acciones para aumentar la cobertura de los servicios, otorgándolos de acuerdo a las características de la Atención primaria de salud y que se habían obtenido algunos resultados en ciertos campos de la salud; pero que no se había mejorado sustancialmente el nivel de vida de las poblaciones. Álvarez (2002)

Al investigar los factores que habían impedido los avances esperados, se identificaron entre otros los siguientes: la pobreza generalizada, consecuencia de la crisis económica por la que atraviesan la mayor parte de los países de la región, y consecuentemente la insuficiencia de recursos para la salud; la actitud y de algunos gobiernos en la desigualdad, distribución del presupuesto en lo tocante a la salud; la incompleta descentralización de los servicios; las profundas diferencias en la accesibilidad y calidad de los mismos, entre el medio urbano y el rural.

Ante esta situación la Organización Panamericana de la Salud (1998) se ha abocado a la reflexión y revisión de los principios de "Salud para todos" y de las estrategias para conseguirla. Con tal fin, ha preparado un documento de consulta, que formula propuestas de estrategias, las que analizadas por todos los países, permitirán obtener un consenso genera] en las acciones de salud, tendiente a conseguir la mejoría de los niveles de vida y de salud de las poblaciones del continente.

El documento no sólo considera las situaciones que impidieron el avance hacia la meta señalada, tratando de modificarlas, sino que toma en cuenta también las condiciones epidemiológicas y poblacionales actuales que constituyen por sí mismas nuevos retos para la salud. Además, Álvarez (2002) agrega que:

Las estrategias que se proponen, intentan conseguir que todas las acciones de Salud se lleven a cabo bajo tres principios fundamentales: equidad, solidaridad y que si bien se ve, sintetizan y enfatizan los principios originales. En efecto, equidad que se identifica con justicia social, implica desde el punto de vista de la salud, garantizar el acceso igual para todos a la atención médica y a los servicios de salud. Solidaridad significa que todos los elementos de la sociedad se sientan responsables y comprometidos en los planes, programas y acciones para la salud; y sustentabilidad se entiende como la posibilidad de asegurar la permanencia de los servicios de Salud, apoyándolos en lo político, en lo económico, en lo técnico y en lo social. (p. 45)

Para la aplicación de las estrategias, que se proponen, es indispensable contar con un liderazgo en salud a todos los niveles, desde las autoridades responsables que deben convencer a las de otras instancias gubernamentales que la salud no puede desligarse del desarrollo, hasta el personal aplicativo que a su nivel ha de ser guía y motivador para las acciones de salud.

Es necesario además un cambio de mentalidad de los prestadores de servicios, que les haga comprender que la atención médica a los individuos debe integrarse con acciones de fomento a la salud que busquen superarlos niveles de vida, de bienestar y salud de la comunidad. La Organización Panamericana de la Salud espera que todos los países de la región intensifiquen sus esfuerzos para alcanzar el renovado concepto de "Salud para todos".


Aspectos Teóricos Conceptuales contemplados en la Ley Orgánica para el Niño, Niña y Adolescente

Dentro de las coordenadas referenciales de la investigación, se hace mención al trabajo publicado por la Universidad Católica Andrés Bello de nombre Introducción a la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, donde refiere al proceso de adecuación de una de las leyes más modernas de América Latina en materia de infancia y juventud, como lo es la Ley Orgánica para la Protección de Niños, niñas y Adolescentes para los consiguientes Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA).

Esta autora hace referencia al proceso arduo, polémico y participativo, el cual no surgió de la noche a la mañana, ni tampoco por un grupo de profesionales y especialistas en la materia. Sino que como lo expresa Morais (2001), “Esta normativa es el resultado de una lenta maduración de los actores sociales, en torno a los cambios que significaba plasmar en una ley los mandatos de la Convención. Además, resultó de un proceso de construcción colectiva, puesto que fue elaborada de forma democrática, con la plena participación de todos los sectores-oficial y privado-involucrados con el tratamiento de la niñez.”(p.5).

En tal sentido, la creación de esta ley quiso demostrar en su momento que era posible dar forma jurídica a las ideas, aspiraciones, y en los ejecutores de este instrumento legal, que se sintieran reflejados e identificados en sus contenidos. Posición poco inusual en la dinámica de los años de los noventa, de nuestra sociedad. En virtud que considero era una ley muy moderna de pensamiento, para una sociedad que venía con un arraigo tradicional en el aspecto educativo.

La Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) fue y sigue siendo un reto, para un país en construcción de saberes, ya que no es simplemente una ley protectora de la infancia, sino que, a mediano y a largo plazo ha tenido un impacto definitivo sobre la implantación de un modelo nuevo de desarrollo, construido a base de más y mejor democracia participativa.

Otro aporte significativo, se revela en la obra de Sojo (2000) en el que realiza un estudio analítico de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), y contiene una interesante propuesta para una nueva estructura de esta ley, dirigida a simplificar su manejo, agrupando los artículos referentes a cada área de estudio, lo que permite a profesionales, estudiantes y demás personas interesadas, su fácil lectura e interpretación.

Así pues, como el mismo autor refiere “…que la redacción de toda ley se ha prestado especial atención a su finalidad pedagógica y a la necesidad de que la misma sea fácil de entender, interpretar y analizar por sus beneficiarios y usuarios (los niños, adolescentes, sus familiares y el ciudadano en común)…” (p 53.)

Este autor explana de manera prolija la difícil tarea de analizar, cotejar y ensamblar las diversas opiniones de profesionales y estudiantes de derecho, así como personas interesadas en la materia en merecer su favorable acogida, más sin embargo, este proceso de reflexión, teorización y producción de conocimientos de este autor, no toma tan en serio la tarea titánica que posee hoy día el docente venezolano.

De igual manera, el trabajo de ascenso de Ramírez (2004) de nombre El trabajo docente en Venezuela “Entre el compromiso y el desencanto” en el cual elaboró una investigación acerca de lo que piensan y sienten los docentes venezolanos sobre su trabajo valiéndose de los niveles de satisfacción laboral.

El autor realiza un abordaje metodológico de campo, en tanto que el objeto de estudio se realizó en condiciones no artificiales de investigación. En cuanto al nivel, esta investigación es descriptiva, ya que entre sus objetivos se planteó la detección de los factores asociados a la satisfacción laboral de los docentes de educación básica y los aspectos relacionados con el desinterés de los padres por sus hijos.


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La interpretación de los resultados encontrados en esta investigación reflejan elementos sumamente importantes para esta producción doctoral, ya que en ella se evidenció que los docentes toman mucho en consideración los aspectos de los valores y principios que estos poseen y le dan considerable importancia al rol de los padres. Por estas razones de interés es que es tomado como informante clave, para este estudio.

Fernández (2004) plantea que la familia es un factor determinante en la formación de los ciudadanos de un país y le atribuye a la familia una función, a través de la cual la sociedad, cualquiera que sea, se auto preserva transmitiendo la tradición familiar. Así se deduce cuando afirma que los padres enseñamos varias cosas a nuestros hijos, pero esencialmente les enseñamos la cultura básica del grupo, las formas típicas de la conducta social y las bases esenciales de la estructura social.

Esta investigación aportó insumos necesarios a esta investigación doctoral en cuanto al rol que los padres deben cumplir en relación a sus hijos, pues son los primeros socializadores y formadores de valores morales, culturales y espirituales en el seno de las familias. Parafraseando a Martínez este, expresa que la escuela debe contribuir a que la educación familiar esté cada vez mejor cualificada, orientando cada vez el trabajo hacia la familia para garantizar una educación que, aparte la función formativa hacia su representado. Este autor aporta elementos básicos, en virtud de que al igual que el anterior le otorga mayores responsabilidades a la familia de sus hijos.

Vale la pena destacar, que Sánchez (1998), comparte la idea de que el hombre es un ser que interpreta lo que visualiza y que es un poseedor del hablar para pronunciar las cosas, las cuales terminaran dándoles significados a las cosas. Pero a su vez señala que el hombre es carente, casi limitado por la condición de estar situado entre factores socioeconómicos, culturales e históricos, y por ser objeto de controles, sociales normatizados por leyes y delimitados por códigos jurídicos.

Estas afirmaciones consolidan la idea de que cada individuo tiene un cúmulo de modelos estructurados, lo que lo hacen ver, interpretar y explicar una ley, un concepto o una situación de manera distinta y casi individual.

Por lo tanto, interaccionar a través del dialogo forma parte de las múltiples posibilidades de acercarse a la educación. En este sentido suele ser interesante relacionar este episteme con la interpretación que le dan los docentes a las leyes, en nuestro caso a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), ya que viene influenciado de las conductas que suelen ser aprendidas a través de los valores inculcados en familia.

En tal sentido debemos de hacer mención que es el Programa Docentes Promotores de Salud son Docentes (as) voluntarios (as) de las escuelas Nacionales y Estadales, Municipales y Privadas en nuestro caso de los Municipios Libertador y José Ángel Lamas, quienes luego de un proceso de formación en la Prevención de factores de riesgo y Promoción de factores protectores de vida, realizan acciones que tiendan a mejorar la calidad de vida en sus respectivos centros educativos.

En esta misma perspectiva, el objetivo general de este programa es el de formar docentes promotores de salud, con la finalidad de contribuir a la disminución de las enfermedades más frecuentes en el escolar, promover valores que fortalezcan las redes sociales en beneficio de la calidad de vida de las comunidades educativas. Dentro de los objetivos específicos de los docentes Promotores de Salud tenemos que formar a los docentes en la prevención de factores de riesgo y promoción de factores protectores de vida, contribuir a la disminución de la incidencia de problemas de salud en la comunidad escolar de los centros educativos.

Asimismo, formular y ejecutar proyectos comunitarios que contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida de los niños, niñas, adolescentes y sus familiares, organizar grupos de Brigadas de Salud Escolar y /o grupos de Adolescentes para la Promoción y participación activa en las Escuelas, Unidades Educativas Básicas y Comunidades del área de influencia del Centro de Salud más cercano.

En esta misma línea de pensamiento, el docente Promotor de Salud debe reunir un perfil para optar a su postulación, debe ser docente titular, poseer sentido de pertenencia a su escuela y a la comunidad, sensibilidad hacia la Promoción y educación, organizado (a), creativo (a), líder, facilidad para transmitir la Formación y responsable.

En cuanto a la capacitación, esta se realiza luego de un proceso de información que se inicia después de haberse cumplido el proceso de selección respectivo, el cual tendrá una duración de once meses, durante los cuales una vez al mes se le brindará formación en temas relacionados con la niñez, la adolescencia.

Es importante resaltar, que en el grupo que servirá como muestreo poseen cuatro años de formación, distinguiéndose en fases I, II, III y IV. Se les dictaron talleres que tuvieran que ver con la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) como fueron La defensoría escolar, Acuerdos de convivencia, la Ley va a la Escuela. La responsabilidad Penal del Adolescente, Salud mental, embarazo a temprana edad entre otros. La acreditación como Docente Promotor de Salud Integral lo hacen responsable de la Presentación de Planes de Acción y la ejecución del mismo.

De igual manera de conformar Brigadas de Salud Escolar y Club de Adolescentes. El cumplimento de los requisitos exigidos en la formación conlleva a la obtención de un certificado de asistencia y /o aprobación, que será avalado por la Corporación de Salud (CORPOSALUD) y por el Ministerio del Poder Popular para la Educación, en este caso del Estado Aragua.


La Interacción Social en la Educación

Desde el punto de vista sociológico se abordan teorías que están estrechamente vinculadas con el proceso educativo, pues se analizan modelos que describen las relaciones sociales entre grupos y las referidas a la formación de la identidad cultural, social, e individual en el seno de tales grupos. Para Forcese y Richer (1970), “los procesos de interacción social se agrupan en: contacto, conflicto, acomodación y asimilación. Estos tienen como limitación que rechazan u olvidan la existencia de un consenso básico al nivel de los valores en la identificación social entre grupos que subyace a todos sus conflictos de intereses.” (p. 137)

En tal sentido, situar al Docente Promotor de Salud, los Docentes los Servidores Públicos que laboran en el Sistema de Protección del niño, niña y adolescente del Municipio Libertador del Estado Aragua y la misma comunidad en la búsqueda irracional de la objetividad, me permitió partir de su experiencia, de sus valores, de su formación para aproximarme a las verdades provisionales como un intento de resolver el vacío interpretativo de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA). Todos estos elementos fundamentales nos abrirán nuevos caminos hacía la grandeza pedagógica y la construcción de la ciudadanía, complementarias que tanto nos exige la sociedad.

Bases legales

Dentro de las bases legales que esta intencionalidad doctoral tomará en consideración, se pueden mencionar la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999). Dentro de los artículos de los cuales se tomarán de referencia son:

Artículo 102. La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrático, gratuita y obligatorio. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máxima interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social, consustanciados con los valores de la identidad nacional y con una visión latinoamericana y universal.

El Estado, con la participación de las familias y sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana, de acuerdo con los principios contenidos de esta Constitución y en la Ley.

En este artículo se plasma el propósito de que se legisla con base a la diversidad de las corrientes del pensamiento y hace referencia al conocimiento humanístico, con principios éticos y fundamentados en los valores. En referencia al Artículo 76.

El padre y la madre tienen el deber compartido irrenunciable de criar, formar, educar, mantener y asistir a sus hijos o hijas, y estos o éstas tienen el deber de asistirlos o asistirlas cuando aquel o aquella no puedan hacerlo por sí mismos o por sí mismas. La ley establecerá las medidas necesarias y adecuadas para garantizar la efectividad de la obligación alimentaría.

En este artículo se ve reflejado la responsabilidad que se les otorga a los padres de manera irrenunciable de la responsabilidad que debe asumir cuando se tiene un hijo de igual manera de prestar los debidos cuidados, garantizando así el nivel de vida adecuado para su formación como ciudadano. Pasando a otro elemento jurídico que sustentará la investigación se puede mencionar la Ley aprobatoria de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño. La cual fue promulgada el 20 de Noviembre de 1990 y nuestro país se comprometió a realizar los cambios legislativos necesarios para facilitar los cambios en materia de infancia.

En esta convención se hace referencia al papel de los distintos actores involucrados y cómo exigir la restitución de los derechos de los niños cuando estos son vulnerables. Ambas son leyes nacionales que se complementan para la protección de la niñez y la adolescencia.


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Al respecto la Convención señalada, no sólo buscó crear las condiciones para que los legisladores pudiesen crear las normas en beneficio de los infantes, sino también buscó mecanismo que creara conciencia a todos los sectores del país, incluyendo los propios niños (as) y jóvenes, para trabajar en su implementación y exigir su cumplimiento.

Para ello, fue importante conocer, analizar y compartir la nueva visión del niño(a) y adolescente para así poder construir una cultura de respeto, protección, participación y amor. En tal sentido, dentro de los acuerdos adquiridos por nuestro país en esta convención se pueden nombrar los acuerdos que para esta investigación serán necesarios.

La familia, como grupo fundamental de la sociedad y medio natural para el crecimiento y bienestar de todos sus miembros, y en particular de los niños, debe recibir la protección y asistencia necesaria para poder asumir plenamente sus responsabilidades dentro de la comunidad. Reconociendo que el Niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión.

El niño debe estar plenamente preparado para una vida independiente en sociedad y ser educado en el espíritu de los ideales proclamados en la Carta de las Naciones Unidas y en particular, en un espíritu de paz, dignidad, tolerancia, libertad, igualdad y solidaridad. En relación al Artículo 5.

Los Estados Partes respetarán las responsabilidades, los derechos y los deberes de los padres o en su caso, de los miembros de la familia ampliada o de la comunidad, según establezca las costumbres locales, de los tutores u otras personas encargadas legalmente del niño de impartirle, en consonancia con la evolución de sus facultades, dirección y orientación apropiadas para que el niño ejerza los derechos reconocidos en la presente Convención.

Todos estos acuerdos realizados, nuestro país lo ratifica poniendo en vigencia una nueva Ley que aplica todos los principios propuestos en la Convención sobre los Derechos del niño. Esta Ley se comienza a regir el 02 de Octubre de 1998 denominada Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Es propicio realizar una breve descripción de los antecedentes de esta ley.

En los últimos años que preceden a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) existía una Ley denominada “Ley Tutelar del Menor” la misma carecía de elementos fundamentales como que los niños eran denominados menores, término despectivo. Aunado a esto, no eran sujetos plenos de derechos sino sujetos tutelados por un Estado. Antes los niños tenían necesidades de educación y salud. Después de la Convención y puesta en práctica la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) tiene derecho a la educación y a la salud. La diferencia reside en la exigibilidad de esos derechos, es decir la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) reformuló de manera definitiva las relaciones entre la infancia y la ley.

Se abandonó el concepto del niño como sujeto tutelado para adoptar el concepto del niño como sujeto de derechos, entendiéndose por tal la habilitación para demandar, actuar y proponer. Hoy se ve al niño como persona en desarrollo, con derechos y responsabilidades inherentes a todos los seres humanos. La Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) nos coloca frente a un cambio de paradigmático que plantea una nueva forma de convivencia social, que reconoce a los niños niñas y adolescente como un sector fundamental de la población que debe recibir del adulto toda la atención necesaria para su pleno desarrollo, a la vez que se le garantiza el derecho a anticipar activamente en todo lo que le concierne.

La Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) garantiza el compromiso asumido en la Convención Internacional de los Derechos de los niños y niñas el compromiso de brindarles protección integral, la cual se refiere a dos aspectos fundamentales: Protección Social y Protección jurídica. La protección social se logra a través de un conjunto de actividades dirigidas a propiciar las condiciones necesarias para el desarrollo de la personalidad, para satisfacer las necesidades básicas y garantizar derechos fundamentales de la niñez y juventud. La protección jurídica implica legislar para hacer exigibles los derechos consagrados en la Convención. Mediante la creación de instancias administrativas y judiciales que intervengan en caso de que estos derechos sean amenazados o violados.

En este mismo orden de ideas, la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) posee 671 artículos, de los cuales sólo uno hace mención de los deberes de los niños, niñas y adolescentes, situación está que a los Docentes Promotores de Salud Integral hacen una reflexión donde señalan que es una ley donde los niños y jóvenes tienen más derechos que deberes. Dentro de los artículos que se encuentran en la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) se tomarán en consideración algunos artículos concernientes a derechos, garantías y deberes.

De igual manera, de los integrantes del Sistema de Protección del niño y del adolescente y los requisitos para ser Defensor de niños (as) y Adolescentes y para ser Consejeros (as) de protección.

Vale destacar que en el Artículo 53 relacionado al Derecho de la Educación, todos los niños y adolescentes tienen derecho a la educación. Así mismo, tienen derecho a ser inscritos y recibir educación en una escuela, plantel o instituto oficial, de carácter gratuito y cercano a su residencia.

Parágrafo Primero: El Estado debe crear y sostener escuelas, planteles e Institutos oficiales de educación, de carácter gratuito, que cuenten con los espacios físicos, instalaciones y recursos pedagógicos para brindar una educación integral de la más alta calidad. En consecuencia, debe garantizar un presupuesto suficiente para tal fin.

Parágrafo Segundo: La educación impartida en las escuelas, planteles e institutos oficiales será gratuita en todos los ciclos, niveles y modalidades, de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico.

También vale destacar, en el Artículo 54 la Obligación de los padres, representantes o responsables en materia de educación. Los padres, representantes o responsables tienen la obligación inmediata de garantizar la educación de los niños y adolescentes. En consecuencia, deben inscribirlos oportunamente en una escuela, plantel o instituto de educación, de conformidad con la ley, así como exigirles su asistencia regular a clases y participar activamente en su proceso educativo.

Ahora bien, en el Artículo 55 se expresa el Derecho a participar en el proceso de educación: Todos los niños y adolescentes tienen el derecho a ser informados y a participar activamente en su proceso educativo. El mismo derecho tienen los padres, representantes o responsables en relación al proceso educativo de los niños y adolescentes que se encuentren bajo su patria potestad, representación o responsabilidad. El Estado debe promover el ejercicio de este derecho, entre otras formas, brindando información y formación apropiada sobre la materia a los niños y adolescentes así como a sus padres, representantes o responsables. De igual manera, en el Artículo 56 el Derecho a ser respetado por los educadores, todos los niños y adolescentes tienen derecho a ser respetados por sus educadores.

En cuanto al Artículo 57, la disciplina escolar acorde con los derechos y garantías de los niños y adolescentes debe ser administrada de forma acorde con los derechos, garantías y deberes de los niños y adolescentes. En consecuencia, debe establecerse claramente en el reglamento disciplinario de la escuela, plantel o instituto de educación los hechos que son susceptibles de sanción, las sanciones aplicables y el procedimiento para imponerlas. Todos los niños y adolescentes deben tener acceso y ser informados oportunamente, de los reglamentos disciplinarios correspondientes.

Antes de la imposición de cualquier sanción debe garantizarse a todos los niños y adolescentes el ejercicio de los derechos a opinar y a la defensa y, después de haber sido impuesta, se les debe garantizar la posibilidad de impugnarla ante una autoridad superior e imparcial.

Se prohíben las sanciones corporales, así como las colectivas, se prohíben las sanciones por causa de embarazo de una niña o adolescente. El retiro o la expulsión del niño o adolescente de la escuela, plantel o instituto de educación sólo se impondrá por causas expresamente establecidas en la Ley, mediante el procedimiento administrativo aplicable. Los niños y adolescentes tienen derecho a ser reinscritos en la escuela, plantel o instituto donde reciben educación, salvo durante el tiempo que hayan sido sancionados con expulsión.

Se puede señalar que muchas veces lo que el docente objeta de estos artículos es que siempre cuando se comenta sobre los derechos de los niños y adolescentes no se hace hincapié de los deberes como respuesta al equilibrio de la igualdad de condiciones. Por ejemplo cuando se menciona el artículo 56 derecho a ser respetados por sus educadores no se hace mención que los niños y adolescentes también deben respetar a sus docentes, trayendo consigo una interpretación unilateral de este artículo, por supuesto en beneficio de un solo actor en el proceso educativo.

Dentro de los artículos que tratan sobre el sistema de Protección del Niño y del Adolescente se pueden mencionar los siguientes: Artículo 117. Definición, objetivos y funcionamiento.

El Sistema de Protección del Niño y Adolescente es el conjunto de órganos, entidades y servicios que formulan, coordinan, integran, supervisan, evalúan y controlan las políticas, programas y acciones de interés público a nivel nacional, estadal y municipal, destinadas a la protección y atención de todos los niños y adolescentes, y establecen los medios a través de los cuales se asegura el goce efectivo de los derechos y garantías y el cumplimiento de los deberes establecidos en esta Ley.

Este Sistema funciona a través de un conjunto articulado de acciones intersectoriales de interés público desarrolladas por entes del sector público, de carácter central o descentralizado y, por entes del sector privado.

En cuanto al Articulo 119 Integrantes, el Sistema de Protección del niño niña y del Adolescente está integrado por: Órganos administrativos: Consejos Nacional, Estadal y Municipal de Derechos del Niño y Adolescente y los Consejos de Protección del Niño y Adolescente.


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Asimismo los Órganos jurisdiccionales: Tribunales de Protección del Niño y del Adolescente y la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia. Ministerio Público, Entidades de atención, Defensorías del niño niña y Adolescentes. Para efectos de esta investigación, se considerarán sólo los Órganos administrativos de Protección, llámese Consejos de Protección y Defensorías del Niño y Adolescentes.

De igual manera, vale destacar en el Artículo 158 Definición y objetivos.

Los Consejos de Protección del Niño, niña y Adolescentes son los órganos administrativos que, en cada municipio y por mandato de la sociedad, se encargan de asegurar la protección, en caso de amenaza o violación de los derechos y garantías de uno o varios niños o adolescentes, individualmente considerados. Estos Consejos de Protección son permanentes y tienen autonomía funcional, en los términos de esta Ley.

Por su parte, en el Artículo 159 se expone el Carácter de sus miembros. Autonomía de decisiones. Los miembros de los Consejos de protección ejercen función pública, forman parte de la estructura administrativa y presupuestaria de la respectiva Alcaldía, pero no están subordinados al Alcalde en sus decisiones.

Asimismo en el Artículo 161, relacionado a los Miembros, expone que en cada Municipio habrá un Consejo de Protección integrado, como mínimo, por tres miembros y sus respectivos suplentes, quienes tendrán la condición de Consejero. El número de miembros podrá ser aumentado de acuerdo a los requerimientos del respectivo municipio.

Para ser miembro de un Consejo de Protección se requerirá como mínimo: Para ser integrante de un Consejo de Protección de Niños, niñas y Adolescentes se requerirá como mínimo: Reconocida idoneidad moral y ética, Edad superior a veintiún años. (Art. 164).

Residir o trabajar en el respectivo municipio por más de un año. Poseer grado universitario, técnico superior universitario o bachiller. Formación profesional relacionada con niños, niñas y adolescentes o, en su defecto, experiencia previa en áreas de protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes o en áreas afines, comprobada por certificación emitida por el ente en el cual haya prestado sus servicios.

Asimismo la aprobación previa de un examen de suficiencia en el conocimiento del contenido de esta ley presentado ante el respectivo consejo municipal de Derechos de niños niñas y adolescentes. Los requisitos para los y las representantes de pueblos y comunidades indígenas, lo establecerán las comunidades y pueblos indígenas, tomando en cuenta sus tradiciones, usos y costumbres así como los principios y normas que les rige.

En cuanto a las Defensorías de Niños, Niñas y Adolescentes, en el Artículo 201 es un servicio de interés público que en cada municipio debe ser organizado por la Alcaldía y de acuerdo con su población, deberá contar con más de una Defensoría. Así mismo, las Defensorías pueden ser organizadas por la sociedad a saber:

Consejos Comunales, comités de protección, asociaciones, fundaciones, organizaciones sociales o por cualquier otra forma de participación ciudadana. El Estado deberá adoptar las medidas necesarias para fortalecer las Defensorías de niños, niñas y adolescentes creadas por la sociedad.

Las Defensorías de niños, niñas y Adolescentes tienen como objeto promover y defender los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes. Cada Defensoría tendrá un responsable a los efectos de esta Ley.

Por último se presenta el Artículo 207 relacionado a los Requisitos para ser Defensor o Defensora, de niños niñas y Adolescentes se requiere: Reconocida idoneidad moral, Edad superior a veintiún años, residir o trabajar en el municipio, formación profesional relacionada con niños, niñas y adolescentes en su defecto, experiencia previa en áreas de protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes o en áreas afines.

Todos estos artículos relacionados con algunos integrantes del Sistema de Protección en la reforma realizada a la presente Ley agregan dentro de los requisitos para optar a ser Consejeros de Protección el título de profesional anteriormente no era requisito indispensable. Sin embargo puede ser cualquier profesional con experiencia en la materia.

Haciendo alusión al texto de Rojas cada funcionario podrá tener una concepción e interpretación distintas, basándose en los modelos estructurados de sus ideas y valores, los cuales lo pueden orientar y comprometer a darle un sentido gramatical a los casos atendidos.



CAPÍTULO III

CONTEXTO EPISTEMOLÓGICO Y METODOLÓGICO

“Enseñen a los niños a ser
preguntones, para que, pidiendo el
por qué de lo que se les mande hacer,
se acostumbren a obedecer a la razón,
no a la autoridad como los limitados
no a la costumbre como los entupidos

Simón Rodríguez

Epistemología

La investigación proyectada se realizó desde la perspectiva postpositivista, ya que se orientó por el paradigma cualitativo. De allí, que el propósito de la investigación fue Generar una aproximación teórica hermenéutica implicada en el sistema de Protección de niños, niñas y adolescentes desde los escenarios escolares venezolanos. En cuanto a la epistemología cualitativa González (2007) sostiene que:

Defiende el carácter constructivo-interpretativo del conocimiento, lo que de hecho implica comprender el conocimiento como una producción y no como la aprehensión lineal de una realidad que se nos devela. La realidad es un dominio infinito de campos interrelacionados independiente de nuestras prácticas, sin embargo, cuando nos aproximamos a ese complejo sistema a través de nuestras prácticas, en este caso la investigación científica, formamos un nuevo campo de realidad donde tales prácticas son inseparables de los aspectos de la realidad estudiada que son sensibles a ellas. (p.4)

De acuerdo a la cita de este autor, son precisamente éstos los aspectos susceptibles de ser significados en la investigación. Es imposible pensar que se tiene un acceso ilimitado y directo al sistema de lo real. Este acceso es siempre parcial y limitado a partir de las propias prácticas. Cuando se afirma el carácter constructivo-interpretativo del conocimiento, lo que se desea destacar es que el conocimiento es una construcción, es una producción humana, no algo que está listo para conocer una realidad ordenada de acuerdo con categorías universales del conocimiento. El enfoque cualitativo es naturalista en cuanto se interesa por el medio natural de los actores, para lo cual utiliza métodos etnográficos.

En el paradigma cualitativo es el investigador con su conocimiento valores y experiencias quien va a ser el principal elemento de análisis para el conocimiento de los hechos propuestos. El enfoque cualitativo, al focalizar su atención sobre cómo los individuos construye la realidad social a partir de procesos interactivos que son parte de su vida cotidiana, le dan al sujeto un lugar preponderante en las medidas en que afirman que son los sujetos quienes orientan significativamente la acción.

Método que orientó la investigación

El método es el camino, la forma como el investigador teorizará apoyándose en el discurso que ha emergido (categorías) desde el pensamiento hecho palabras por parte de cada uno de los informantes clave. Su característica común es la de favorecer la recogida y tratamiento de un corpus cualitativo, fundado sobre un racionalidad comunicacional.

Según Habermas (1984) “el método no es un camino fácil si se quiere salvaguardar el rigor científico necesario.”(p.129). Cada método tiene que presentar un grado satisfactorio de validez en las operaciones de recogida de información y de extracción de la significación del corpus recogido. En el presente estudio, el método que se adapta a la realidad estudiada es el hermenéutico-dialéctico, el cual dentro del enfoque cualitativo, permite una orientación explicativa que es adaptable a la realidad estudiada, la cual, pretendió captar el significado de las cosas y hacer una interpretación lo más rigurosa posible de las palabras, acciones y gestos de los sujetos estudiados, procurando entender su singularidad desde el contexto al cual pertenecen.

En este caso, vendría dado por las interpretaciones que les dan los Docentes Promotores de Salud del Municipio Libertador del Estado Aragua, a los artículos de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) que se pretenden estudiar, Docentes, Integrantes del Sistema de Protección de niños, niñas y Adolescentes e Integrante de un Consejo Comunal.


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En este sentido, Tamayo y Tamayo (2003) expone que “la hermenéutica es la acción de interpretar un texto, método aplicable a la ciencia de interpretación” (p.316). Por lo tanto, es el proceso que busca develar los significados que parten de lo evidente y explicito, hacia aquellos que se encuentran en las profundidades de sus contenidos y que se ofrecen de forma implícita. Para los fines de la investigación se trata de la vivencia original de la experiencia propiamente dicha. De esa manera, se logra la esencia de lo que es percibido en la experiencia, que permite vivir el fenómeno estudiado como si fuera una primera aproximación a ésta, aun cuando sea incompleta.

Otro método empleado en la investigación fue el de la Sociología fenomenológica surge como una reacción contra la idea positivista y la unicidad del método científico, de acuerdo con las cuales las ciencias humanas deben adoptar para sí el método científico, propio de las ciencias de la naturaleza.

En tal sentido, y partiendo del método de la sociología fenomenológica se centra en el individuo y su pequeño grupo de relaciones cara a cara más que en la búsqueda de leyes generales y abstractas de la sociedad.

El tema de interés de la Sociología Fenomenológica (mundo de vida, mundo vivido) lo pone en circulación Husserl (1973), el cual hace referencia a la dimensión socio-simbólica de la vida social que tiene que ver con la forma de cómo cada individuo, subjetivamente, se relaciona con el mundo social partiendo de sus conocimientos, instituciones educativas, intercambios jurídicos formales) y en general todo aquello que está dado en la vida social.

La categoría de “mundo vivido abarca los juicios, condiciones, valores que de alguna manera norman la propia vida personal. En un sentido amplio, la sociología fenomenológica se nutre de varias corrientes, sin embargo sólo para esta investigación se considerara una sola la cual es: El interaccionismo Simbólico, esta postura sostiene que la interacción humana está mediada por símbolos (lenguaje, vestimenta, gestos, rituales); la forma como cada individuo se presenta a sí mismo ante los demás es lo que constituye la realidad social y permite al sociólogo comprender el sentido que el sujeto da a su mundo; finalmente para comprender la simbología y el sentido de la interacción cara a cara, es menester una inmersión profunda en el mundo cotidiano de los sujetos de estudio, para esto el método idóneo es la observación participante.

Momentos de la Investigación

Según Martínez (2001) acerca del método hermenéutico-dialéctico en esta investigación pueden mencionarse varios momentos:

Primer momento: Incorporación de la investigadora al medio natural de los sujetos de estudio, incluyendo el uso de todas las técnicas empleadas para recopilar la información (entrevistas, observaciones, anotaciones, grabaciones)

Segundo momento: Audición de las grabaciones, lecturas, de las transcripciones, anotaciones al margen de las mismas, lecturas de los registros de observación. Aquí se trata de pasar del dato a la vivencia misma de quien la produce, tal como dice Dilthey “comprender significa pasar de la exterioridad de los datos a la vivencia originaria que los produce, sean ellos gestos, lenguaje u objetos culturales en general”

Tercer momento: Categorización de la información con las categorías provisionales disponibles y con la categoría emergentes del propio material.

Cuarto momento: estructuración de la información, mediante la cual se brinda una visión comprehensiva de cada docente estudiado, cada gestor público que labora para el Sistema de Protección y el informante que representa a la comunidad. (Estructuras particulares).

Quinto momento: estructuración general, donde se integra lo fundamental y lo esencial que aparece en cada estructura particular.

Sexto momento: Triangulación de Actores Sociales y Teorización para integrar nuestras conclusiones y relacionarlas con el campo teórico existente.


Sujetos de Estudio

Los sujetos de estudio son las personas que sirven de introductores al investigador en la comunidad y sus mejores aliados durante su estancia allí. Por esta razón se requiere que sean representativos y conocedores de su grupo. A menudo se convierten en los mejores amigos del investigador, responden de él ante la comunidad, son sus fuentes primarias, y colaboran dándole consejos e información sobre cómo le ven en la comunidad. La necesidad de realizar esta investigación desde una perspectiva paradigmática de nuevo orden, me exige un posicionamiento metodológico de enfoque cualitativo, el cual es flexible frente a las situaciones y fenómenos de naturaleza social como hechos humanos, razón que me permitió realizar una investigación de campo. Según Martínez (2004), se prioriza la profundidad sobre la extensión:

(…) se reduce en su amplitud numérica (…) convine escogerla de forma que estén representadas de la mejor manera posible las variables de sexo, edad, nivel socioeconómico, profesión (…) según el caso, ya que su información puede ser diferente y hasta contrastante (p. 83).

De allí que los sujetos de estudio, son individuos por lo general con un bagaje de conocimientos y experiencias relacionados con el ambiente o fenómeno investigado. Los sujetos de estudio, según McKeman (2001) “son los que poseen los conocimientos, destrezas o experiencia únicos o especializados dentro de una organización y está a compartir con el investigador” (p.152). Por ello el entrevistado construye su discurso personal (deseos, necesidades) de forma confiada cómoda.

En esta misma línea de pensamiento, los sujetos en estudio son individuos en posesión de conocimientos, status o destrezas comunicativas especiales y que están dispuestos a cooperar con el investigador. Frecuentemente son elegidos porque tienen acceso (por tiempo, espacio o perspectiva) a datos inaccesibles para el investigador. Puede tratarse de personas residentes durante mucho tiempo en una comunidad, miembros de instituciones comunitarias fundamentales o conocedores de los ideales culturales del grupo.

A menudo son individuos atípicos, por lo que deben ser escogidos con cuidado si se pretende que tengan un nivel adecuado de representatividad respecto del grupo completo de sujetos informantes. La selección de los sujetos se hizo según la dinámica de la realidad que se abordó, y según la intención fueron designados, tal y como se describen a continuación:

Un Maestro Promotor de Salud del Municipio Libertador del Edo. Aragua
Tres Gestores Públicos que laboran en el Sistema de Protección del niño niña y Adolescente del Municipio Libertador del Estado Aragua. Como son:

Dos Consejeras de Protección
Un Defensor de los derechos del niño, niña y adolescente

Tres Docentes
Un Integrante del Consejo Comunal.


Técnica y Recolección de la Información

Todo trabajo de investigación requiere el cómo de la investigación que le permita aplicar el procedimiento respectivo para recabar los indicios, datos e información que posibilitó a posteriori para dar respuestas a las interrogantes que dieron origen en el estudio. Durante esta fase del proceso, se necesitó garantizar que la información que se recolectó constituyera el mejor reflejo o aproximación posible al fenómeno en estudio, como condición fundamental para poder describir, comprender, interpretar y buscarle significado, lo que representó para mí como investigadora fuente de curiosidad o asunto por esclarecer.

Para recolectar o recoger información, la investigadora dispone de técnicas como la observación participante, las entrevistas a profundidades, análisis de documentos. En las Ciencias Sociales, medir es el proceso de vincular conceptos abstractos con indicadores empíricos, el cual se realizó mediante un plan explícito y organizado para clarificar la información disponible.

La recogida de información en esta etapa, requiere la selección de la técnicas de recogida de información, lo que supone un gran esfuerzo, debido a que lo datos cualitativos están constituidos por palabras y acciones, lo que exige utilizar estrategias de recogida de información de tipo interactivo. Debe quedar claro que ningún método de recogida de información, es igualmente adecuado para todos los propósitos y su selección debe venir condicionada por los intereses de la investigación, las circunstancias que configuran el entorno, las personas que se estudiaron y las limitaciones prácticas de viabilidad que se presentaron.

No obstante, cuando se menciona que hay que efectuar esfuerzo porque la información cualitativa así lo requiere, entonces hay que establecer la relación entre el objeto de investigación y medios para recabar la información. Ello no significa de ninguna manera, que exista una técnica o instrumento único y creíble que permita, por sí sólo, ofrecer toda la información necesaria para satisfacer las interrogantes; sino por el contrario, la selección de las técnicas e instrumentos dependió, como en efecto ocurrió, de la naturaleza del objeto en estudio y del contexto donde el mismo tuvo lugar.


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Por esta razón, la investigadora se vio en la necesidad de emplear varias técnicas e instrumentos de recolección de información, para comprender el objeto de la investigación, por cuanto la realidad social resultó complicada donde se efectuó el estudio, lo que propició que la investigadora seleccionara varias técnicas para recabar información y diversos instrumentos que le permitió recabar abundante información y adecuada para comprender e interpretar la realidad que se indagó. El referirse a las técnicas Martínez (2004) señala que:

En el arsenal metodológico, de todo buen investigador en ciencias humanas pueden figurar excelentes técnicas e instrumentos, entre los cuales habrá que elegir a la hora de proceder. Es posible que sean útiles las entrevistas (…) las técnicas de análisis de documentos (…) observación participativa (…) y muchas otras más. (p. 131)

Desde este punto de vista de Martínez, se eligió las técnicas que más se ajustaron al proceso investigativo, guiados por los supuestos teleológicos del estudio, la concordancia con el fenómeno y la coherencia explicativa de los hechos. Por las características del fenómeno que se estudió en esta investigación se tomaron como técnicas de recogida de información la observación participativa, entrevistas a profundidad y análisis de documentos.

En relación a la entrevista en profundidad en la metodología cualitativa busca encontrar el más importante significado para los sujetos de estudio sobre los acontecimientos y dimensiones subjetivas. El investigador busca un encuentro cara a cara dirigido hacia la comprensión de las perspectivas respecto a sus ideas, experiencias, expresadas con sus propias palabras, es decir, es un instrumento de la investigación.

Al respecto, Rusque (2007) refiere que: “La entrevista a profundidad es flexible, dinámica y se considera como no directiva, no estandarizada y abierta, de aplicación a grupos reducidos de personas (p.181). Desde esta perspectiva, la observación participante es la principal técnica etnográfica de recogida de datos. El investigador pasa todo el tiempo posible con los individuos que estudia y vive del mismo modo que ellos. Toma parte en su existencia cotidiana y refleja sus interacciones y actividades en notas de campo que toma en el momento o inmediatamente después de producirse los fenómenos.

En las notas de campo el investigador incluye comentarios interpretativos basados en sus percepciones, dichas interpretaciones están influidas por el rol social que asume en el grupo y por las reacciones correspondientes de los participantes. Muchas de estas notas interpretativas surgen de la empatía con los participantes que el etnógrafo desarrolla al desempeñar roles sucesivos.

La observación participante sirve para obtener de los individuos sus definiciones de la realidad y los constructos que organizan su mundo, puesto que todo ello se expresa mediante pautas de lenguaje específicas, es esencial que el investigador esté familiarizado con las variantes lingüísticas o la jerga de los participantes.

A este respecto, los autores Goetz y Lecompte (1999) expresan que: “es fundamental la recogida de relatos, anécdotas y mitos, como los que surgen en las conversaciones y charlas cotidianas” (p.126). Uno de los problemas que se plantea a un investigador es la frecuencia con que difieren la información suministrada por los participantes acerca de sus actividades y creencias y sus comportamientos observados.


Técnicas de Análisis de la Información


Una vez recogida la información se hace necesario organizarla para encontrar sus significados, es decir, hacer hablar los datos. En tal sentido, se utilizan los términos análisis e interpretación, según sea el enfoque cuantitativo y cualitativo respectivamente.

Por su parte, el enfoque cualitativo se interpreta los datos a lo largo de todo el estudio. Bajo el enfoque asumido en el texto, creo que la integración de la información se debe hacer a medida que se recoge la información y posterior a este proceso, esto va a permitir a confrontar y valorar una serie de hechos. Desde este punto de vista el tratamiento de los datos, requiere la utilización de las técnicas verbales.

Para analizar la información de la investigación se utilizó la categorización y según De Landsheere (2001) “es la acción de utilizar un sistema de categorías o grupos que poseen un cierto número de atributos comunes y diferentes en este aspecto, a todos los otros grupos. Entre las categorías no hay orden impuesto.”(p.64). También depende del tiempo disponible para recoger y analizar la información. Si se dispone de tiempo suficiente, es aconsejable seguir el método de comparación constante, en el cual se combina la generación inductiva de categorías con una comparación simultánea de todos los incidentes sociales observados.

A medida que el fenómeno social es registrado y clasificado, asignándole una categoría, también es comparado con los ya clasificados con la misma categoría. Hecho esto, se comparan los incidentes con las propiedades de las categorías. Si no se dispone de suficiente tiempo para nuevos contactos con las fuentes, la información ya recogida se somete al siguiente procedimiento de categorización.

Categorizar con un término o expresión que sea claro e inequívoco, el contenido de cada unidad temática, escribiéndolo en el tercio izquierdo de la página, asignar subcategorías o propiedades descriptivas a aquellas categorías que tienen el mismo nombre, pero con propiedades o atributos diferentes. De esta manera las propiedades pueden generar la definición de cada categoría. Una buena categorización debe ser tal que exprese con diferentes categorías y precise con propiedades adecuadas lo más valioso y rico de los contenidos protocolares, de tal manera que facilite, luego, el proceso de identificar estructuras y determinar su función, todo lo cual nos encamina con paso firme hacia el hallazgo de teorías o interpretaciones teóricas sólidas y bien fundamentadas en la información protocolar.

En resumen, vale resaltar que para el proceso de categorización es fundamental la determinación de las propiedades y atributos que comparten las unidades de datos de una categoría, para hacerlo, se reúnen los datos y se realiza un análisis sistemático de su contenido.

Triangulación

La triangulación consiste en recoger e integrar la información desde distintos ángulos para compararlos entre sí, es así como se recoge información proveniente de diferentes fuentes, tales como personas o instrumentos, para establecer un control cruzado de la información. Según Cerda (1999) se dan diferentes tipos de triangulación: “de información, de investigadores, metodológica y múltiple” (p.67).

En relación a la triangulación de información se recogen datos de diversas fuentes para su contraste, incluyendo diversidad temporal, se recogen datos en distintos momentos para comprobar si los resultados son constantes, espacial, se contrastan datos recogidos de distintas partes para comprobar las coincidencias y personal se utilizan distintos sujetos para contrastar los resultados.

En esta misma perspectiva, expresa Bisquerra (1999) que: “en la triangulación de investigadores se utilizan distintos observadores para comprobar que todos ellos registran lo mismo, diversos investigadores contrastan sus resultados respectivos sobre el mismo tema. De la misma manera, en la metodología se aplican distintos métodos y se contrastan los resultados para analizar las coincidencias y divergencias. Se pueden utilizar distintos instrumentos y se contrasta si se llega a las mismas conclusiones.

En la triangulación múltiple se combinan varios tipos de triangulación: datos, observadores, teorías y metodologías. La combinación de niveles de triangulación consiste en utilizar más de un nivel de análisis: recordemos los tres principales niveles de análisis: individual, social e interactivo.

En síntesis, la triangulación consiste en determinar ciertas intersecciones o coincidencias aparte de diferentes apreciaciones y fuentes informativas o varios puntos de vista de varios fenómenos.


La Hermenéutica en la Investigación

La palabra hermenéutica deriva del término griego hermcneuin que significa interpretar. Y en su sentido originario, teoría de la interpretación, este término lo cultivaron desde la antigüedad filósofos como Platón, Aristóteles, Jenofonte, Plutarco, Eurípides, entre otros. Se puede afirmar que la interpretación no es propiamente uno de los procedimientos metodológicos de las ciencias del espíritu, sino la forma constitutiva del ser del hombre en el mundo y que esta forma de estar en el mundo es la que posibilita la misma interpretación.

Martínez (2004) trata el tema de los métodos hermenéuticos, del cual para esta intencionalidad será de suma importancia, ya que nos brinda cuatro orientaciones fundamentales en el proceso de la interpretación. La primera vendría a relacionarse con el Método hermenéutico-dialéctico, esta primera orientación viene dado a través de la historia de la humanidad, comenzando por el dios griego Hermes el cual tenía la gran tarea de ser el mensajero entre los dioses y los hombres y de explicar el significado e intención de los mensajes que este llevaba. En tal sentido, la actividad mental del ser humano no sólo va a ir acompañada de estímulos visuales, auditivos, u olfativos, sino también del enfoque, la metodología el tipo de preguntas que se formulan para recoger los datos, lo que se traduce en una actividad interpretativa.


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Homero, y su inclinación judeocristiana ante las distintas interpretaciones de la Biblia, se preguntó ¿Cómo saber cuál de tantas versiones del texto bíblico sería la versión real y verdadera, que había que creer? En efecto aquí la hermenéutica jugaba un papel fundamental, ya que consideraba todos los recursos útiles que permitieran llegar no del todo a esclarecer por completo los designios de la Biblia, pero si acercarse más a una real interpretación, tomando en consideración elementos como los estudios lingüísticos, filosóficos, contextuales, históricos entre otros.

El ser humano por ser complejo adoptara muchas veces comportamientos y conductas alógicas y hasta ilógicas que vienen fundadas en el significado que tienen muchas veces la estructura personal, cabría decir “que todo depende del cristal con que se mire” y “que cada cabeza es un mundo”.

Para Shleiermacher lo importante de la hermenéutica no es todo lo que nos llega del pasado, la historia, los escritos, las conductas, porque las mismas muchas veces llegan desvirtuadas del mundo original y por lo tanto su significado va a depender de la comprensión de la génesis del mundo. En tal sentido este mentor integro distintas técnicas que contaría con la ayuda de principios básicos, que servirían para interpretar documentos legales como bíblicos.

Muchas veces sucede que la comprensión ya sea de un texto literario, como de una ley no se puede interpretar o entender de una sola vez, puedo asegurar que hasta el estado anímico del ser humano juega un papel importante y el interés que se quiera tener para el momento de la lectura y aplicación de la misma.

Es tanto así que cuando tuve la oportunidad de ser consejera de protección de niños, niñas y adolescentes, por señalar un ejemplo, el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes trata el interés superior, en él se señala que es un principio de interpretación, en donde la esencia radica en asegurar el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías.

En una oportunidad llegó a nuestras oficinas un caso de una adolescente que tenía 12 años con su mamá, esta última muy angustiada y llorando, porque su hija adolescente se quería ir a vivir con un hombre de 25 años, varios de mis compañeros señalaban que la adolescente había que dejarla que se fuera con el hombre en cuestión, por el simple hecho que la adolescente “era sujeto pleno de derechos” y había que respetar el interés superior de la joven.

Aquí jugó un papel muy importante, para mantener una opinión e interpretación de la ley, el aspecto patrones de conducta, la cultura y valores, ya que una de mis compañeras tenía dos hijas que le había ocurrido algo similar y por lo tanto el caso en mención lo vería como normal.

Sin pensar que la ley en este artículo en su apartado de letra “e” menciona que para determinar el interés superior de la adolescente se debe tomar en cuenta la condición específica de los niños, niñas y adolescentes como personas en desarrollo, reforzando este articulado con el artículo 13 que señala el ejercicio progresivo de los derechos y garantías, en el cual se ejercerán de manera progresiva y conforme a su capacidad evolutiva.

Estas acciones emprendidas en muchos casos, me llevó a la convicción de hacer un aporte a nuestra sociedad, a la familia y a nuestro país, el cual está ávido de elementos que contribuyan a mejorar la comprensión de esta ley, tan novedosa, de dar respuestas a través de unidades de significados, que crucen muchas variables, sociales, culturales, políticas, económicas, psicológicas lingüísticas y hasta de formación académica.

En el caso de los Maestros Promotores de Salud, con los cuales he interactuado por más de cuatro años, sucede algo muy particular, en los distintos talleres que se les han dictado en relación a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), he observado que sus interrogantes dirigidas a los ponentes siempre vienen encaminadas a preguntar qué hacer con esta ley que tiene muchos derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Un sólo artículo que trata de los derechos, que esta ley hacen omnipotentes e intocables a estos jóvenes y que muchas veces a los docentes los hacen sentir ridículos y desprovistos de autoridad en el aula. Es como un sentimiento de desespero, angustia, de no amar la profesión tan importante como lo es el ser docente de primaria y secundaria, donde se encuentran la mayor parte de la población objeto de esta ley.

En una oportunidad más de la mitad de estos docentes contaron anécdotas donde pude notar la desesperanza del que no ve en el horizonte respuestas de un futuro provisor para estos jóvenes, que muchas veces suelen saberse esta ley más que cualquier especialista en la materia, pero a su conveniencia, eso es hermenéutica pura.

Gadamer (1977) en su obra Verdad y método: fundamentos de una hermenéutica filosófica valora la importancia del contexto social. La hermenéutica según Palmer (2002) se puede estructurar en tres categorías:

Como decir, hace referencia a la norma de expresar alguna cosa y al estilo de cómo lo expresamos.

Como explicar, esta variante de la interpretación coloca énfasis en el aspecto discusivo de la comprensión. Las palabras no sólo dicen cosas, sino que también las relacionan y aclaran conjuntamente apunta a la idea de que el significado es una cuestión de contexto y que el procedimiento explicativo proporciona el escenario para la comprensión.

Como traducir. Interpretar significa traducir. La traducción, sin embargo, es una forma especial del proceso interpretativo básico que consiste en comprender, El traductor es un mediador entre un mundo y el otro. (p.42)

En tal sentido el lenguaje se convierte en un depósito de experiencias culturales que nos permiten captar con más precisión el sentido de la hermenéutica. Existen otras posturas como la Dilthey (1900) que señala que la hermenéutica es una base metodológica para todas Las disciplinas centradas en la comprensión del arte, los hechos y escritos del hombre” (p.116 )

Desde estas perspectivas no se puede concebir a la hermenéutica como una metodología propiamente dicha, sino de la forma de cómo vemos al mundo y de cómo a través de nuestras vivencias, las experiencias y lo que internamente posemos como valores, leemos e interpretamos lo que nos pasa, lo que nos interesa y lo que sentimos a través de las interacciones con los otros sujetos. A continuación se presenta el siguiente gráfico: 

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Gráfico 3. Figura del Dios Griego. Fuente: Gadamer (1998)


Círculo Hermenéutico y sus Fases

El hermeneuta es, por lo tanto, aquel que se dedica a interpretar y desvelar el sentido de los mensajes, haciendo que su compresión sea posible y todo malentendido evitado, favoreciendo su adecuada función normativa. Gadamer (1998), “la hermenéutica, tiene que partir de que el que quiere comprender está vinculado al asunto que se expresa en la tradición desde la que habla o trasmitido”(p.23). Por otra parte, la conciencia hermenéutica sabe que no puede estar vinculado al asunto al modo de una unidad incuestionable y natural.

Construir un círculo hermenéutico implica, en primer lugar, la disposición del sujeto interprete a la acción de comunicación, aprestado del componente teórico necesario para desentrañar los significados que el sujeto interpretado, a través del texto, le ofrece, como único elemento de precomprensión de su subjetividad. En segundo lugar, la regularidad metodológica que el acto de interpretación requiere, adecuando temporalidad y contexto sociocultural y respetando el formato semántico que exhibe el texto; y, en tercer lugar, la capacidad de discurrir diádicamente en la construcción de discursos en y sobre la pragmática del horizonte que une al hermeneuta, como aplicante y al texto, como situación de faticidad apropiada.


La Hermenéutica cómo Método

La Hermenéutica “es el arte de comprender las expresiones de la vida que la escritura ha fijado” (Leal, 2005) p.104). Su regla fundamental es la circularidad metódica, se efectúa mediante un ir y venir entre las partes que componen el texto y la totalidad del mismo. En relación a la fenomenología, ésta trabaja con la condición humana para comprenderla, la dignidad del ser humano es el punto de partida, por lo tanto, hay que procurar la aceptación, el respeto y la tolerancia. Según Martínez (2004) “la fenomenología es el estudio de los fenómenos tal como son experimentados, vividos y percibidos por el hombre”. (p.137).


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La fenomenología y su método nacieron y se desarrollaron para estudiar estas realidades como son en sí, dejándolas que se manifiesten por sí mismas sin constreñir su estructura desde afuera, sino respetándola en su totalidad. Para Martínez (ob,cit,) el método hermenéutico es “el proceso por medio del cual conocemos la vida psíquica con la ayuda de signos sensibles que son su manifestación”(p.102). Se utilizó el método hermenéutico, con el propósito de entender, aclarar y ahondar en los significados de la observación desde la perspectiva del investigador para poder establecer relaciones conforme al contexto de la situación problemática dentro de la comunidad en estudio.

De tal manera, que el método hermenéutico permitió obtener una comprensión profunda de los significados para verificar el verdadero dato e interpretar dichos significados. Es innegable que la fenomenología está en el centro de varios enfoques hermenéuticos, y que, a su vez, el problema hermenéutico ha sido abordado por metodologías definidas como "fenomenológicas". Afortunadamente el método hermenéutico proporciona criterios de confirmación y de verdad acerca de lo que ocurre o podrá ocurrir en los encuentros de enseñanza interna entre la intencionalidad formativa y pedagógica y cada uno de los eventos de enseñanza –aprendizaje que diseñan y ocurren en el proceso real, y utilidad cognitiva de las pautas y procedimientos didácticos y pedagógicos recomendados.

En esta misma perspectiva, el método de investigación de la pedagogía debía preferiblemente ser hermenéutico, lo que significa recomendar no una teoría especial de análisis sino un enfoque metodológico general que le conviene a las ciencias humanas y en particular a la pedagogía. La hermenéutica puede ser asumida a través de un método dialéctico que incorpora a texto y lector en un permanente proceso de apertura y reconocimiento.

En este sentido, el texto ha de ser asumido – en el proceso de interpretación de discurso- en un permanente siendo; lo que permite homologarlo, desde el pensamiento de Zemelman (2006) con la realidad; ya que desde la perspectiva de él, ésta para ser captada ha de ser concebida como un proceso inacabado y especialmente en permanente proceso de construcción.


CAPÍTULO IV

Hallazgos de la Investigación

“Ser humano es ser interpretativo”;
es decir, que la interpretación,
más que un “instrumento” para adquirir conocimientos,
es el modo natural de ser de los seres humanos…

Heidegger


El proceso metodológico cualitativo se propone la comprensión de la realidad desde las múltiples perspectivas, lógicas y visiones de los actores sociales que construyen e interpretan la realidad. Por tanto, la recolección y generación de información incluye los diversos y heterogéneos sujetos sociales. Todas las perspectivas son valiosas, todos los actores cuentan, no se busca la verdad o la moralidad, sino la comprensión detallada de las múltiples y diversas lógicas y perspectivas de los actores sociales.

Todas las personas son portadoras de un conocimiento particular que es necesario rescatar para poder comprender la realidad que se estudia desde las múltiples perspectivas. Todos los escenarios son dignos de estudio, son similares –en el sentido que en cualquier escenario se pueden hallar procesos sociales de tipos generales y únicos –en el sentido que en cada uno de ellos se puede analizar del mejor modo algún aspecto de la realidad social.

El enfoque cualitativo que se empleó depende de la realidad en la situación que converge en esta investigación como Autoridad y derechos del docente, interpretación y manejo de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), Creencias y mitos, y antivalores.

De allí que las realidades inmersas en la situación cobran interés desde su dimensión ontológica social, se utilizaron en consecuencia técnicas propias de este enfoque. Los hallazgos de la investigación nos aproximan a las verdades provisionales como un intento de resolver el vacío teórico o epistemológico. En cuanto a la matriz epistémica postpositivista, esta corriente se inicia a fines del siglo XIX y alcanza su desarrollo pleno entre los años 50 y 60 del siglo pasado. Entre sus precursores podemos nombrar a Dilthey con la ciencia del espíritu; HusserI con la fenomenología como ciencia rigurosa; Max Weber con el pensamiento sociológico moderno y, Fleck con la génesis y desarrollo del hecho científico, entre otros; pero en su desarrollo contribuyeron en forma fundamental con sus aportes Wittgenstein, Popper, Hanson, Kuhn, Feyerabend, Lakatos, a los que se les van sumando una gran cantidad de pensadores y científicos de diferentes disciplinas orientados más hacia una visión más sistémica de la realidad que reduccionista.

Esta orientación postpositivista hace un rescate del sujeto investigador y su importancia, reconoce que el investigador en el proceso de producción del conocimiento involucra su formación previa, sus valores, creencias, Intereses e ideales/ trasfondo que le da sentido y significado a lo observado. Aquí surge el concepto de intersubjetividad el cual reemplaza así al concepto de objetividad, que según Heisenberg hasta en la misma física se ha evaporado.

En la relación del sujeto investigador y el objeto de estudio, influyen muchos factores: psicológicos, biológicos, culturales todos ellos y sobre todo, los culturales influyen en la conceptualización que se hace del fenómeno de estudio; es por esto que no se puede enfatizar en la objetividad, eso nos lleva a un relativismo o perspectivismo, pero en la medida que se confrontan las diferentes perspectivas, se puede lograr un consenso y por ende llegar a una validez intersubjetiva.

Interpretación De La Realidad según Los Actores Sociales De La Investigación

Significado que se les otorga a la Ley Orgánica para la Protección del Niño, niña y Adolescente, desde los escenarios escolares.

Es importante resaltar la necesidad explicita de insistir que la interpretación de una Ley tan moderna como lo es la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente va a estar sujeta en muchos escenarios de la importancia que tiene la formación, los valores y la experiencia vivida de los actores sociales, en tal sentido y como lo expresa Martínez (2009 )“Toda acción humana puede poseer varias “dimensiones” que es necesario interpretar en su verdadero significado, si queremos descubrir su real naturaleza en el contexto concreto en que se da” (p. 114)

Ahora bien, estas dimensiones yo las llamaría también filosofía de vida, en donde los actores han tenido que transitar. Y están íntimamente ligadas al conjunto de valores que animan a los actores a reaccionar ante un estimulo, llámese Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA).

Venimos con un paradigma de muchos años cargado de estigmas negativos, con una Ley Tutelar del menor por más de dos décadas, promulgada en el año de 1980 donde al menor, es tratado (término peyorativo que suele llamar a alguien por debajo) como un ser tutelado por el estado, es decir el Estado venezolano decidía todo sobre el futuro de los menores en situación de peligro, abandono y tratamiento, como ellos le solían llamar a los menores en esta condición.

La experiencia de poseer en la década de los 90 el cargo de Jefe de la División de Gestión Programática del Instituto Nacional del Menor (INAM) me hizo conocer el mecanismo cruel de los menores que por mala suerte “caían en esta condición”. Por ejemplo un niño que era maltratado o abusado sexualmente por un familiar era ingresado a una casa hogar donde conjuntamente con niños de edades entre 6 y 12 años que pudiesen tener otra condición muy distinta como orfandad, mendicidad, o fuga del hogar hacían vida en común, con este. Era algo absurdo y triste que un ser indefenso víctima de una sociedad, era doblemente violado, tanto por su familiar como por el propio Estado. Situación esta que cambia en su totalidad con la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA).

Recapitulando el significado de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente, desde los escenarios escolares, el Actor Social 1 la cual fue una Consejera de Protección de niños, niñas y Adolescentes, cuando se le pregunto que si creía que habían interpretaciones diferentes entre ellos como integrantes del Sistema de Protección y los docentes esta respondió:

Si claro, como no. Evidentemente eso es que los docentes creen que la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) es algo malo, verdad, que vino a quitarles a ellos los docentes todo el derecho. De la autoridad que ellos podían ejercer sobre los muchachos, pero resulta que aquí no hay ninguna autoridad sobre quien, cuando hay una violación de derechos tomar tal cual como ocurrió y dejarlo asentado en un libro de actas y hacerles seguimiento a ellos, y ellos piensan que nosotros somos malos, no claro que ellos piensan que ellos son los únicos que tienen derechos.

Esto refleja una polaridad entre dos escenarios que ven de manera contundente al mismo sujeto (al niño, niña y adolescente). La autoridad del profesor en algunos casos es confundida con autoritarismo y se convierte en un abuso de poder, desmereciendo el significativo rol que juega el docente. En relación a esto Rivas y Medina (2002) señalan que “La autoridad es más una conquista que el profesor debe realizar por su capacidad, dedicación coherencia y madurez mostradas en un trato diario con los estudiantes, que una concesión contractual obtenida en virtud de un título académico”. (p (12)


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En tal sentido Rivas y Medina señalan algunas condiciones para adquirir esta autoridad:

Competencia profesional: Conocimiento y destrezas metodológicas que estimulen el aprendizaje de los estudiantes, de una manera creativa, abierta y adecuada a su desarrollo.

Interés sincero por los estudiantes: trato con estima y respeto a los estudiantes, que se sientan parte importante del colectivo, que sus opiniones sean tomadas en cuenta para decidir sobre situaciones que los afecte.

Coherencia de vida: Existencia de unidad entre lo que se dice y lo que se hace, lo que anima a vivir a sus estudiantes y lo que el mismo vive. Las normas son para todos por igual, el ser profesor no debe dar pie para contravenirlas, por el contrario debe ser un ejemplo en el cumplimiento de estas normas.

Destrezas en el dominio de grupo: El docente como líder democrático debe promover a) la integración y participación efectiva de los estudiantes b) un ambiente alegre y de confianza c) reconducción de comportamientos irregulares de algunos estudiantes.

La disciplina habitual: En un estudiante es casi siempre indicio de algún problema orgánico psicológico, familiar o social, los cuales deben atenderse muy especialmente con apoyo de otros profesionales para buscar soluciones apropiadas que vayan en beneficio del desarrollo integral del estudiante (p. 13)

La interrogante en cuestión sobre la interpretación de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) por los actores sociales de la investigación fue digamos polémica, entre los Integrantes del Sistema de Protección de niños, niñas y adolescentes, maestros, y sociedad organizada llámense voceros del Consejo Comunal, es decir un divorcio entre el Estado y la Sociedad.

La segunda Consejera de Protección al responder sobre la pregunta señaló:

¿Crees que existen interpretaciones distintas de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) entre los docentes y ustedes como Sistema de Protección?

Actor Social: Si si claro que si, porque los docentes ven en la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) una arma de doble filo y no nos ven como si nosotros garantizamos los derechos de los niños y yo les digo a ellos que el manejo de la Ley como tal no necesita ser abusado, solo necesita interpretarla y uno la interpreta a su manera, porque hay que educar a un adolescente en su estado de rebeldía o con un problema de conducta, y si aplicas la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) te va a funcionar, pero si tu no la usas porque los docentes no la usan ni para hacer las normas de convivencia. Y le pregunte a una persona que trabaja en el Consejo Municipal de los Derechos que cuando los llamaban para hacer las normas de convivencias se regían por la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), La Constitución y la Ley de Educación para hacer las normas y una de ellas decía que la educación era gratuita, pero otra decía que la mensualidad era de 220 bolívares. ¡Que locura¡

Es evidente con este testimonio, que debe existir una reconciliación entre estos actores sociales fundamentales en la vida de los niños y jóvenes, porque son parte fundamental en la formación del futuro ciudadano.

Existen mitos entre los mismos docentes que no lo dejan avanzar en su quehacer pedagógico y uno de ellos es un dilema que hace mención de que si los alumnos tienen derechos, los profesores pierden poder y autoridad, y si pierden poder y autoridad no pueden tener mecanismos, ni herramientas para educar a los muchachos. Esto es un error muy grave, pensar así.

En cuanto a la opinión de este tema el Maestro Promotor de Salud señalo lo siguiente:

¿Qué opinas tú sobre la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA)?

Actor Social: Bueno este (se ríe con una risa contagiosa)Bien la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) en la mayoría de los casos, los colegas docentes dicen que es el Instrumento a través del cual los muchachos este han hecho valer más sus derechos ignorando sus deberes y bueno han visto a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) como algo contrario, más allá de un recurso a través a sido nosotros para hacer a ellos cumplir con sus compromisos en la parte que les toca, han visto más a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) como un recurso a la mano el docente lo han visto como algo adverso que le a servido más bien al muchacho para el irrespeto, para quizás esconder detrás de los artículos y no para cumplir básicamente con los deberes.

Es casi unísono escuchar estos comentarios y es una interpretación errónea que desfigura la realidad normativa contenida en la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), y en general en la Doctrina de Protección Integral, dándose una dimensión falsa a los derechos de los niños, niñas y Adolescentes, haciéndolos aparecer como lo que no son: “monstruos de dos cabezas” donde se les asigna un alcance que no tienen, haciéndolos todopoderosos.

Como señala Buaiz (2007) “En efecto, los derechos de los niños no niegan ni contradicen la autoridad de padres, maestros, responsables o representantes, sino que ésta autoridad estará rodeada de límites y prohibiciones de hacer y no hacer.” (p.16)

La segunda docente entrevistada señaló al respecto:

De tu experiencia como docente, ¿Qué opinas de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA)?

Actor Social (A): Los muchachos tienen a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) como manera de amedrentar a los maestros, ¡Hay profe te voy acusar con la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA)¡ es lo que dicen ellos a cada momento. En otros casos los representantes son más difíciles y conflictivos que los alumnos. Nosotros queremos que nos den talleres sobre la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), porque el problema de los docentes es que no leemos.

En cuanto a esta opinión es justo preguntarnos ¿por qué un niño puede amedrentar a su maestra con llevarla a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA)? Solo de imaginarme a un niño de cinco años diciendo esto me causa risa. La respuesta es muy simple, porque el niño de ahora sabe que tiene una ventana que da con un futuro de respeto, como todo sujeto pleno de derechos que solo la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) le puede garantizar y por supuesto a una vida digna y más feliz.

Al menos esta docente fue muy sincera en señalar que los maestros no leen, no se instruyen en cuanto a la Ley. Si hay algo que me causa angustia o temor lo más lógico es que me enfrente a conocer que hace “poderoso al monstruo de dos cabezas”

Muchas veces escuche también decir que la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) tiene muchos artículos con los derechos y uno solo con los deberes. Y yo muchas veces les he respondido ese artículo que es el 93 tiene una gama de colores que se hace infinito si solo si le damos las explicaciones en su justa medida.

La tercera docente que la llame la Actor Social B señalo lo siguiente en relación a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA)

Actor Social (B): ….bueno como te decía cada vez más somos los docentes que nos queremos ir, no seguir trabajando con muchachos, porque esa ley ampara a los muchachos, que si lo miras mal te quieren amenazar, que como lo tratas, mira eso es delicado, fíjate algo las normas de convivencia se hicieron conjuntamente con los alumnos en mi escuela, con los docentes el personal de la Institución y los representantes y todo se volvió una gallera, al final todo era el docente no puede alzarle la voz al muchacho, no lo puede ver mal, si el muchacho te pega y te insulta te tienes que quedar callado.

Es evidente que se sigue manifestando una desvalorización por parte del docente el hecho que los alumnos tengan derechos otorgados por una ley. Se percibe un nudo central de desacuerdos entre ambas partes. Ya que los docentes tienen la percepción de haber perdido la valoración de la profesión docente por parte de la sociedad. Lo que llevan a recordar con nostalgia épocas pasadas, cuando el profesor era una figura significativa en la representación social, y gozaban del respeto de los representantes y de los estudiantes, como lo demostró la tesis doctoral titulada El pensamiento del profesor vínculo mediador entre la reforma educacional y la práctica en el aula. De Saavedra R (2007).

Sin lugar a duda que se tiene una mala interpretación al decir que los docentes deban aceptar maltratos físicos y verbales por parte de los estudiantes, los docentes no pierden vigencia, ni el rol de facilitador de procesos, todos en la sociedad nos regimos por normas y la Convención Internacional sobre los derechos del Niño y la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), se crearon bajo la plataforma de la Doctrina de la Protección Integral, en donde se han puesto en el imaginario social y en la práctica social que todos tenemos derechos y deberes.

Esto conlleva a que se tenga que iniciar un proceso de desconstrucción y construcción, es decir desaprender para aprender representaciones sociales que se debe comenzar a formar en las familias, en las escuelas, las comunidades, en los medios de comunicación, en las universidades formadoras del talento docente, y hasta en los ámbitos del ejercicio de políticas públicas.


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El siguiente Actor Social fue el Defensor de Niños, niñas y Adolescentes.

Investigador: Para finalizar ¿Qué opinas tú de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA)?

Actor Social: Considero que es un instrumento que (hace un largo silencio) tuvo un cambio, un cambio necesario, e importante para la infancia de nuestro país. Lo que sí es cierto es que hay que ir en el cumplimiento de ella para poder censurarla o aprobarla, en si hay que conocerla y por supuesto hay que leer la ley y estamos a la orden para cualquier orientación en relación a cualquier entendimiento de la misma.

A pesar que fue muy corta su respuesta, fue bien precisa, en razón que el objetivo principal de las leyes en materia de infancia es la de producir cambios relevantes en las dinámicas sociales injustas o aquellas dinámicas donde no se corresponde con los principios generales del derecho como por ejemplo los Derechos Humanos. Y tal cual como señala este actor social existe mucha desinformación, y si los integrantes del Sistema de Protección están conscientes de esto, ellos mismos deberían de buscar la manera de realizar jornadas de discusión de la Ley.

Por último tenemos la representante de un Consejo Comunal.

¿Qué significa para ti la Ley Orgánica para la Protección del Niño, niña y Adolescente?

Actor Social: … Eeee considero que es muy importante esa ley, lo que pasa es que no la ejecutan como es, que las personas o la mayoría de las Consejeras de Protección que he conocido últimamente no cumplen con su función como consejeras de protección del Municipio Libertador, porque no te puedo explicar de todas y como me gustaría a mi que ese tipo de Instituciones de mi país funcionaran a cabalidad para todos esos niños, niñas y adolescentes que necesitan mucha ayuda y mucho consejo para salir adelante en el camino del bien.

Y los maestros de ahora no se preocupan por enseñar, andan es pendiente del pago, del celular, de otras cosas que no es enseñar a los muchachos, lo digo por mi nieto que a cada rato no tiene clases y cuando voy a la escuela la maestra anda pegada del bendito celular.

Cabe destacar que en la reforma que se le realizo a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) en el año 2007 señala el carácter de los y las representantes de los consejos comunales, en el artículo 151, donde se le da carácter de integrantes de la Junta del Consejo Nacional de Derechos de niños, niñas y adolescentes y de los Consejos Municipales de Derechos de niños, niñas y Adolescentes, situación muy importantes y valiosa, pues son representantes de las comunidades ante estas instancias de poder.

La interpretación de esta representante de un Consejo Comunal, nos refleja que dentro de su experiencia con la comunidad y la población joven, no existe una buena imagen tanto de las Consejeras de Protección como de los propios docentes, que a pesar de considerarla una ley muy importante, quienes la deben de ejecutar no realizan sus funciones como tal.

En base a esto es necesario hacer mención de manera ilustrativa cuales son los requisitos que en la reforma de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) deben poseer los integrantes de los Consejos de Protección: Art 164:

Reconocida idoneidad moral y ética
Edad superior a veintiún años
Residir o trabajar en el respectivo Municipio por más de un año
Poseer grado universitario, técnico superior universitario o bachiller

Formación profesional relacionada con niños, niñas y adolescentes o en su defecto, experiencia previa en áreas de protección.

Aprobación de un examen de suficiencia.

En la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) del año 2000 no se exigía ser profesional sino ser bachiller o técnico medio. Y las Consejeras existentes en la actualidad, vienen de ser seleccionadas en esa época. La única profesional para aquel entonces con conocimientos en la materia era yo. Más sin embargo ya estas Consejeras tienen once años aprendiendo en la marcha.


Aristas semióticas en las que se encuentran los significados del fenómeno socio-educativo de los gestores públicos que laboran en el Sistema de Protección del niño, niña y Adolescente.

Antes de adentrarnos a las diferentes interpretaciones y percepciones del fenómeno socio-educativo por parte de los actores sociales que integran el Sistema de Protección del niño, niña y Adolescente es importante precisar que hablar de la semiótica es hablar de la acción social, de la acción que los signos cumplen en la sociedad.

Estamos sumergidos en un mundo donde los signos, las costumbres, los valores, y las emociones son a veces posturas que nos reemplaza la realidad. En tal sentido pareciera que la semiótica en el fondo busca los espectros que alimentan los lenguajes humanos.

La semiología o semiótica es la ciencia que estudia los signos y las leyes que los gobiernan, esta palabra proviene del griego semeion que significa signo, y de logos que significa estudio.

De la semiótica se ha ocupado Prieto, Barthes, Umberto Eco, estos últimos se les debe la aplicación del concepto de signos a todos los hechos significativos de la sociedad humana. Como por ejemplo la moda, las costumbres, los espectáculos, los ritos y ceremonias, los objetos de uso cotidiano.

Asimismo puedo señalar que tanto la hermenéutica como la semiótica en esta investigación van de la mano, ya que las distintas interpretaciones que se han visto hasta ahora vienen influenciadas de sus cánones culturales y sociales que hacen pensar que sus distintas maneras de ver el mundo son las más acertadas.

En tal sentido y como señala Martínez (2009) “…los individuos no pueden ser estudiados como realidades aisladas; necesitan ser comprendidos en el contexto de sus conexiones con la vida cultural y social. (p.106).

En relación a la primera entrevista al Actor Social 1 (Consejera de Protección 1)

Al preguntarle: ¿De los años trabajando en el Consejo de Protección, como has visto la relación Alumno-Profesor?

El actor Social respondió:

Actor Social 1: La relación de alumno-profesor es caótica realmente (hace una pausa y suspira). No hay una relación como tal, este yo creo que como que ha habido un alejamiento desde que la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) entro en vigencia. Este, la interpretación que cada quien le da. El maestro tiene su opinión de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) y se creó para darles a este como diría este garantizar los derechos a ellos, pero no lo toman de la manera que realmente establece la ley, sino que fue creada para….¿Cual es la palabra que ellos dicen? (SE QUEDA PENSANDO) Para alcahuetearles muchas cosas que ellos establecen, este no lo ven como garantizarle los derechos de los niños, sino es que con la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) ellos no se atreven a tomar las medidas que tienen que tomar para cualquier situación que se les presente, porque ellos son de la idea que la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) vino para que ellos se les habrá procedimientos, la falta de conocimiento (HACE UN GESTO DE MOLESTIA) precisamente el maestro no agarra la ley y la estudia y se da cuenta que es la mejor herramienta que puede tener para tantas situaciones que se presentan en la Instituciones escolares, ellos la toman de otra manera como si los muchachos toman esta ley como si ellos pueden hacer lo que les da la gana y es todo lo contrario, es una herramienta que tiene el docente para medir y poder controlar todo este tipo de situaciones que se presentan o que se pueda presentar con los muchachos.

Porque claro está que los muchachos tiene todos los derechos como nosotros los adultos, porque son sujetos plenos de derechos, pero también tienen deberes que cumplir y la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) lo especifica muy bien en el artículo 93 donde establece cuales son los deberes y el que no cumple con sus deberes no puede exigir los derechos, entonces el problema es que a los docentes les da flojera por decirlo de una manera hacer el procedimiento que establece la Ley y poder tomar las medidas disciplinarias que se pueden implementar en un momento determinado que el muchacho niño o adolescente cometió una falta pero si no lo sabemos canalizar y no llevamos el procedimiento administrativo como debe ser tendrán problemas.

Si resulta que si yo no llevo el procedimiento y no hay un seguimiento cuando vienen al Consejo de Protección y no conseguimos ese procedimiento donde se ve que el muchacho de todas las faltas que han podido cometer los suspenden de clases o los expulsan que nosotros tenemos que hacer es restituir ese derecho que ha sido violado pero porque precisamente porque no tenemos nada que avale que este muchacho ha venido cometiendo una serie de faltas, y que ya tiene un proceso administrativo, entonces resulta que los profesores dicen que la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) o en el Consejo de Protección son malos. Y lo que hacemos es alcahuetearles y cubrir a sinvergüenzas, ¿Y qué hacen los muchachos? Todo lo contrario.


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Es evidente y parafraseando a Hans-Georg Gadamer nunca podremos tener un conocimiento objetivo del significado de un texto en nuestro caso de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) o de cualquier otra expresión de la vida psíquica que no esté influenciada por nuestra condición de seres históricos, con nuestra manera de ver el mundo, con nuestras actitudes y conceptos ligados a la lengua, con valores, normas, y pensamientos de la propia vida.

Este Actor Social 1 tiene la certeza de que el problema de la relación “caótica” como ella llama a la relación entre el alumno y el maestro radica en que este último desconoce la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) por falta de conocimiento e interés.

Por esta razón la verdadera dialéctica radica en sopesar realmente el valor de las opiniones de los niños, niñas y adolescentes y encontrar su verdadera fuerza. Por el contrario la dialéctica del docente no debe descansar en buscar el punto débil del otro y aplastarlo con sus argumentos.

En tal sentido me viene a la mente un célebre pensamiento del maestro de maestro Don Simon Rodríguez:

“Enseñen a los niños a ser preguntones, para que, pidiendo el por qué de lo que se les mande hacer, se acostumbren a obedecer a la razón, no a la autoridad como limitados, no a la costumbre como los entupidos”. Es así, como el docente se debe ganar el respeto y muchas veces la admiración de sus alumnos. Díganme ¿quién no recuerda con admiración y cariño a una maestra que con dulzura y amor nos impartió algún grado o año y esos conocimientos quedaron grabados en nuestras mentes para siempre?

Otra pregunta que sustento las aristas semióticas de los gestores públicos del Sistema Integral para la Protección de niños, niñas y Adolescentes en materia educativa fue la siguiente:

Investigador: ¿Crees que muchas veces las denuncias que llegan a la oficina en materia educativa al final la razón la tienen los niños, adolescentes o el profesor?

Actor Social 1: Bueno mira hemos tenido casos donde el niño ha tenido la razón y el docente en muchas oportunidades no la tiene. Por lo menos es el gran problema.

Nosotros tuvimos aquí en una oportunidad una Institución, no voy a decir cual, donde los muchachos, bueno se alzaron en contra de los docentes, pero precisamente cuando hicimos la investigación resulta que ellos manifestaron que cuando el docente llegaba de buen humor ¡hay chévere¡ ¡mira bueno hoy no vamos hacer nada ¡ Tal y que se yo. Todo Lay y dejaba hacer a los muchachos los que les daba la gana, pero cuando llegaba de mal humor (coloca y hacer los gestos de mal genio) Yo soy el que manda aquí. Yo soy quien pone las normas. Y entonces ellos se les revelaron y se crean los conflictos. Esteee… es aquí donde comienzan los conflictos entre ellos.

Hubo otro problema cuando en otra Institución Educativa supuestamente los estudiantes incendiaron el liceo, se creó el caos total. Tuvimos que intervenir porque a pesar que no se sabía quién lo había hecho suspendieron a todos los estudiantes ¡Que locura¡ tuvimos que tomar una medida de protección para garantizar el derecho a la educación.

En otro caso, bueno son infinidades de casos que pudiésemos pasar horas contándote, pero hay uno donde a un carro de un docente se lo rayaron y le partieron los vidrios porque según las alumnas el docente les faltaba el respeto. Tuvimos que hacer un trabajo tanto con los docentes como con los adolescentes en relación a darles talleres de responsabilidad penal del adolescente, violencia escolar, y que los mismos muchachos dictaran a sus otros compañeros los talleres y que los profesores los evaluaran y les colocaran una nota, así pudimos subsanar la gran molestia existente, y tomaran conciencia para que esta situación no se volviera a repetir. Lo que pasa es que a veces nosotros hablamos, hablamos, hablamos y los muchachos se cansan, si ellos son protagonistas, este quien más que ellos para poder orientar sus propios compañeros, de esa violación de deberes que podrían estar cometiendo

Esta elucidación nos lleva a confirmar que las interpretaciones del texto escrito, como la expresión de un tipo de acción varía de acuerdo a múltiples causas, entre ellas pudiese decir:

La experiencia vivida de este actor social. Lo ubica en un ámbito de colocar en una balanza lo que él considera justo e injusto.

La importancia del respeto a la norma, cuando se hace referencia al estado de ánimo del docente, cuando llegaba de buen humor, no se hacía nada, sin embargo cuando este llegaba de mal humor “Yo soy quien manda aquí”. Pareciera contradictorio pensar lo que en un momento determinado es bueno para un colectivo se revierta en algo malo, es decir si todo el tiempo el docente hubiese llegado de “buen humor” la denuncia no se hubiese hecho, más sin embargo cuando trastoca los interese del colectivo la situación se torna desagradable.

En relación al Actor 2 la cual debo hacer mención que viene de un contexto muy humilde, de enfrentar situaciones en la vida donde dos de sus hijas han quedado embarazadas precozmente, y de ser el sostén de su hogar, hago mención a esto porque es sumamente importante tener siempre presente el entramado social y cultural, el cual va a influir mucho en el punto de vista de ver las cosas.

¿De los años trabajando en el Consejo de Protección, como has visto la relación Alumno-Profesor?

Actor Social 2: Bueno en la relación de alumno-profesor, la relación debería ser mucho mejor Ok. Porque la mayoría de los docentes cuando llegan aquí a la oficina ellos manifiestan que la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) les está violentando sus derechos y yo a ellos les digo que lamentablemente no han sabido usarla, porque los derechos de los alumnos terminan cuando comienzan los derechos del docente. Que la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) como ellos los llaman es una herramienta sobre todo para educar y no maltratar, pero sino la sabes utilizar automáticamente tú sientes que es el arma que está en contra de ti, pero no es así, porque si bien es cierto el alumno se sabe todos sus derechos, pero no se sabe los deberes, pero por dónde vas a comenzar por los deberes y también solicitar en el Consejo Municipal de los Derechos, los que saben de las charlas sobre Responsabilidad Penal, y allí las Instituciones lamentablemente en este momento están totalmente en la mayoría de los alumnos están agresivos, hay muchas armas blancas, consumo de drogas y hasta prostitución.

En el tiempo que estuve laborando con este actor social como Consejera de Protección esta servidora pública siempre tuvo inclinaciones de atender casos donde la descomposición social estuviese presente, como por ejemplo embarazo a temprana edad, prostitución, drogas, y casos donde se tenía que buscar el apoyo policial. Su vivencia ha hecho trasladar su modo de vida a su experiencia laboral, cuestión que a veces entraba en conflicto con muchos de nosotros, por no colocar en una balanza y priorizar los deberes y derechos de los niños y adolescentes. En los casos de fuga del hogar de pre- adolescentes con adultos (no han cumplido los doce años de edad) justificaba esta conducta con la acción de que eran sujetos plenos de derechos. Supongo que esta aptitud vendría asociada porque sus hijas de igual manera lo hicieron, y ella misma también fue una adolescente embarazada en su juventud. Es decir que pudiese observar como normal dichas acciones.

Para corroborar y afirmar lo planteado dentro de la semiótica interpretativo de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) por este actor social 2 se planteo una segunda pregunta:

Investigador: ¿Crees que muchas de las denuncias que llegan a la oficina en materia educativa, la razón la tiene el niño, adolescente o el docente?

Actor Social 2: Mira eso varia, varias veces el docente tiene la razón, porque si bien es cierto hay Instituciones donde tienen orientadores o un psicólogo, les indican a la mama que tiene que llevar a su hijo al psicólogo para que determine si hay que hacer un examen neurológico y a veces su representante no asume su responsabilidad como tal. Como a veces también existen los docentes maltratadores y les gusta etiquetar a los alumnos. Hubo un caso donde una docente le dijo a un alumno que le iba a colocar una faldita, porque le quedaba grande, ¡Tu como vas a etiquetar a un niño que use una falda¡

Entonces se paro una niñita y le dijo a la maestra que no le dijera así a su compañero porque lo estaba maltratando psicológicamente, que ella no sabía que fulanito era pobre y ese pantalón se lo había regalado ella, que fue de su hermano mayor. La maestra le dice ¿Quién eres tú? Para decirme a mí que yo lo estoy maltratando psicológicamente, la niña le respondió que su mama le había enseñado que si usted me dice algo así que me va a poner un pantalón o un interior me está maltratando psicológicamente, usted no le puede colocar a él una falda, porque no es niña.

Existe una predisposición a darle la razón a los docentes, justifica en todo momento las acciones o aptitudes de los niños y adolescentes, de hecho que esta servidora era muy demandada por las madres para defender a sus hijos. A veces una entrevista no es suficiente para corroborar lo que se quiere investigar, más sin embargo conocer al actor social, le da indicios al investigador que sus respuestas estarán sesgadas por su punto de vista y vivencias. Esto lo menciono porque la respuesta a la pregunta planteada no fue clara, justifico en todo momento el hecho de que en un escenario educativo, el niño, es la víctima y se menciona de nuevo como la anterior entrevistada la palabra “ETIQUETAR”.

El sexto Actor Social integrante del Sistema de Protección fue el Defensor de los Derechos de niños, niñas y Adolescentes. Las funciones son distintas a la de los Consejeros de Protección, van más inclinado a la asesoría educación, conciliación de las personas que acuden a este servicio.


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En tal sentido sus preguntas y respuestas para conocer más a fondo sus impresiones fueron las siguientes:

Investigador: ¿De los años trabajando en la Defensoría del Niño, niña y Adolescente como has visto la relación Alumno- Profesor?

Actor Social 6: Bueno al transcurrir de los años que tengo como defensor de niños, niñas y Adolescentes, puedo decir que esa relación entre docente y alumno ha ido cambiando relativamente, y yo diría en el sentido del cambio de paradigma que existió en la Ley Tutelar del Menor y la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), ya considerados niños, niñas y adolescentes como sujetos plenos de derechos y en el cual se sintió un choque diría yo, no en ese cambio de ese docente que venía con una doctrina de ver a los alumnos como objeto de tutela y luego el cambio que existió en verlo como sujeto pleno de derechos, eso pues fue lo que trajo un choque entre docente y alumno.

Digo choque desde el punto de vista de la autoridad, como tal de ese docente un poco afectado, y si es el punto de vista de que el alumno viese nada más los derechos consagrados en la ley se pudiese decir que surgiera pues esa fractura entre ese docente y ese alumno. Eso ha traído como consecuencia ciertas denuncias de parte y parte, viéndolo desde el punto de vista legal, pudiese tener la razón tanto el alumno como el docente, se ha conocido que el docente esteeeee, siente de que la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) lo desplazo (hizo un acento profundo). Pues lo llevo a que perdiera esa, esa, posición de autoridad dentro del aula de clases. Pero eso lo conllevo simple y llanamente el desconocimiento de dicha Ley.

En el análisis semiótico de este actor social se evidencia que posee conocimientos del proceso histórico que ha transcurrido las leyes en materia de infancia, pues hace referencia al cambio de paradigma entre dos leyes. A partir del momento en que Venezuela ratifica la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CIDN) se vive en el país una realidad jurídica anómala: la vigencia simultanea de dos leyes, la Ley Tutelar de Menores y la Convención, ambas totalmente antagónicas entre si, regulando el mismo tema.

Esta dualidad jurídica, se fue trasladando a todos los ámbitos, sociales, familiares, educativos, e Institucionales. Lo que origino que el docente como dice el actor social “sintiera un choque” porque venía acostumbrado a ver los alumnos como sujetos de tutela.

Esto enrumba al mito del dilema antagónico que se oye incluso de personas que aparentemente poseen suficiente conciencia sobre el nuevo paradigma de protección y que realizan diversas tareas en nombre de la protección y de los derechos de los niños.

Pareciera entrampar a todos, sin salida o solución posible, encerrándonos en el laberinto de las soluciones simples. Como señala Buaiz “o educamos y protegemos ejerciendo la autoridad, o dejamos que los derechos de los niños ganen la partida y nos retiremos para no ir en contra de estos derechos”. (p.14).

El Actor Social (6) al igual que los otros actores sociales integrantes del Sistema de Protección, retoma el término de la autoridad, del docente que se ve afectado por la nueva ley y unos alumnos que solo saben de derechos. Todo esto conlleva a una fractura entre los docentes y sus alumnos. En base a esta premisa Morais (2000), plantea lo siguiente:

…a partir del reconocimiento los niños como sujetos de derechos, el ejercicio de la autoridad, tenida como poder supremo y omnímodo, sin reglas ni principios que lo limiten, ya no es posible, todo lo cual no quiere decir de forma alguna que se pierde la autoridad, sino que ésta se ejerce en consonancia con el respeto a la dignidad humana y a los derechos de los niños (p.184)

Es por esto que el Actor Social 6 señala que la posición de la pérdida de autoridad del docente se debe al desconocimiento de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA). Es una interpretación sumamente acertada, pues urge formar, y capacitar para su práctica y su aplicación cotidiana, de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), no de manera teologal, sobre los deberes y derechos a los docentes, padres, representantes, niños (as) y adolescentes, para que en verdad sean parte de la esfera formativa del docente, para exista una dimensión jurídica, pedagógica y social de los derechos en relación con la actividad formativa de los educandos y en especial con la actividad disciplinaria que tanta falta hace en nuestros tiempos.

Teorizar desde la perspectiva de los Maestros Promotores de Salud Integral una aproximación teórica hermenéutica implicada en el Sistema de Protección de niños, niñas y adolescentes desde los escenarios escolares venezolanos.

Es importante destacar que para complementar esta teorización se considero importante entrevistar a otros docentes que no estuvieran insertos en el programa de los Maestros Promotores de Salud Integral, para así tener un abanico de interpretaciones acerca del Sistema de Protección.

En esta ocasión se entrevistaron tres docentes. Un Maestro Promotor de Salud y otros dos de Instituciones públicas. Todos vienen de Institutos educativas de sectores vulnerables socialmente, con poblaciones heterogéneas, ya que una es un liceo que ha tenido una historia de no contar con sede por muchos años y donde su población ha estado vagando por distintos lugares. Otra Institución está en un barrio considerado de alto grado de peligrosidad y otro en un pueblo del Estado Aragua.

Podemos comenzar con el Actor Social 3 (Maestro Promotor de Salud Integral).

Las preguntas fueron las siguientes:

Investigador: ¿Qué opinas tú sobre la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA)?

Actor Social: Bueno este (se ríe con una risa contagiosa)Bien la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) en la mayoría de los casos los colegas docentes dicen que es el Instrumento a través del cual los muchachos, este han hecho valer más sus derechos ignorando sus deberes y bueno han visto como la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) como algo contrario, más allá de un recurso a través a sido nosotros para hacer a ellos cumplir con sus compromisos en la parte que les toca, han visto más a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) como un recurso a la mano del docente lo han visto como algo adverso que le a servido más bien al muchacho para el irrespeto, para quizás esconder detrás de los artículos y no para cumplir básicamente con los deberes.

A pesar de lo confuso de su respuesta, y el Maestro Promotor de Salud hacer luego mención que respondió por sus colegas, se puede extraer que este docente considera que la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) no ha sido un recurso que ayude al proceso pedagógico, sino más bien lo observa como algo que pudiese ir en contra del docente y que ha servido para que el estudiante sea irrespetuoso y no cumpla con sus deberes.

Hay que desdibujar en la mente del docente que la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) es un “monstruo de dos cabezas” que se creó en un laboratorio. Esta ley responde a un proceso de reivindicación universal que busca darle respuestas a millones de niños, niñas y adolescentes. Como he hecho mención en esta investigación, fuimos muchos los actores sociales que participamos en la creación de esta novedosa Ley, y entre ellos muchos educadores muy consustanciados y ganados con la doctrina de la Protección Integral dejando de lado la vieja postura del autoritarismo docente.

Al respecto es pertinente citar a la educadora venezolana Anzola (1989) que expresa con la voz de los niños, niñas y adolescentes a sus maestros lo siguiente:

“Necesito límites y está bien que ejerzas el control pero hazlo con firmeza, congruencia, perseverancia y cariño.

No me ridiculices: podría convertirme en un caracol que nunca saldrá de su caparazón.

No me tiranices. Terminare temiéndote pero no respetándote.

Si asumes que yo soy un individuo en proceso de transformación (y tú también) podremos ser solidarios en la creación” (p. 116).

Ahora bien al realizar la siguiente pregunta relacionada con los servicios del Sistema de Protección su respuesta fue distinta. Veamos cual fue la pregunta y la respuesta.

Investigador: ¿Conoce de algún colega que haya tenido algún problema y que haya recurrido a un servicio del Sistema de Protección de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA)?

Actor Social 3: una compañera de trabajo vivió una situación desagradable con un muchacho que se altero y le falto el respeto, y cuando yo quise intervenir el joven también me agredió de manera verbal, posteriormente me agredió físicamente y cuando se nos estaba escapando el caso de las manos consideramos actuar de la forma correspondiente por los canales regulares, le levantamos un acta con los testigos que presenciaron el hecho, llevamos el caso a la dirección del plantel y estábamos los coordinadores de la seccional y se llevo al acuerdo de cómo había amenazado delante de personas, se presentó el caso a la Defensoría y este lo refirió al Consejo de Protección y hubo como una especie de caución en la comisaría de la Policía de los Hornos, en donde la profesora preocupada por su integridad física quería dejar constancia por escrito de que el muchacho había levantado una amenaza pública. Se firmo y el inconveniente no paso a mayores y hubo un desenlace amistoso.


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Los Maestros Promotores de Salud Integral dentro de su formación anual reciben distintos talleres con tópicos que buscan mejorar la calidad de vida, entre ellos pudiese mencionar los siguientes talleres: La Ley va a la Escuela, Escuela y Familia, Ley de Responsabilidad Penal del Adolescente, Maltrato Infantil y Abuso Sexual, estos entre muchos otros relacionados directamente con el área de la Salud, que pudiese decir han hecho que estos docentes obtengan una visión más amplia de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA).

Otra elemento que corrobora y afirma mi postura fue la siguiente:

Investigador: Te voy a leer otro artículo y necesito tu opinión.

Articulo 56. Derecho a ser respetados y respetadas por los educadores y educadoras.

Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser respetados y respetadas por sus educadores y educadoras, así como recibir una educación, basada en el amor, el afecto la comprensión mutua, la identidad nacional, el respeto recíproco a ideas y creencias, y la solidaridad. En consecuencia, se prohíbe cualquier tipo de castigo físico o humillante.

Actor Social 3: Bueno este, yo creo que es uno de los artículo en donde se ampara al joven para incurrir en faltarle el respeto al profesor, porque el muchacho a veces incurre en el irrespeto, más sin embargo es verdad hay que determinar la consideración al estudiante, porque hay que ver su integridad.

A pesar que el Maestro Promotor señala que de este artículo los jóvenes se valen para faltarle el respeto al docente muchas veces, sin embargo reconoce que al estudiante se le debe consideración y respeto a su integridad. Es importante señalar que en la Institución donde este docente labora se han detectado, consumo de sustancias psicotrópicos, prostitución, en adolescentes, maltratos físicos, psicológicos y verbales, por parte de las madres, padres o responsables, en fin una descomposición social muy grave, que es trasladada a las aulas de clases.

Actores Sociales 4 y 5 (Docentes)

Este análisis se hace en conjunto porque las dos docentes se encontraban juntas en el momento de la entrevista, a pesar que mi intención fue el de realizar mi investigación con una de las profesoras a razón de conocerla, esta oportunidad fue interesante e importante para esta teorización.

Para este análisis y diferenciar a una docente de la otra las llame Actor Social (A) y Actor Social (B)

Veamos las preguntas y sus respuestas.

Investigador: De tu experiencia como docente, ¿Qué opinas de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA)?

Actor Social (A): Los muchachos tienen a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) como manera de amedrentar a los maestros, ¡Hay profe te voy acusar con la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA)¡ es lo que dicen ellos a cada momento. En otros casos los representantes son más difíciles y conflictivos que los alumnos. Nosotros queremos que nos den talleres sobre la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), porque el problema de los docentes es que no leemos.

Esta docente es consciente de que el problema radica en la desinformación que los docentes tienen acerca de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), pareciera que los niños, niñas y adolescentes estuvieran más interesados en el conocimiento de sus derechos.

El Ministerio del Poder Popular Para la Educación, para lo consiguiente (MPPPE) en relación a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) coloca en marcha unas Líneas estratégicas de acción contenidas en el Plan de Desarrollo Económico y Social (2001-2007) cuyo propósito es de intentar corregir las distorsiones sociales que han conducido a estados de exclusión e injusticia.

En tal sentido coloca en marcha el tercer motor constituyente: Educación Moral y Luces, en donde se intenta romper con los esquemas tradicionales de la educación formal mediante la implantación de un sistema educativo abierto, flexible, popular que pueda acreditar a los ciudadanos, su saber y su hacer.

La política Nacional de Atención Integral al niño y al joven se intensifica con la activación del tercer motor: Educación “Moral y Luces” siendo la educación el fuerte de la Seguridad de la Nación.

Se crearon las Defensorías Escolares, se creó la Comisión de seguimiento y enlace entre el MPPPE y el Consejo Nacional de Derechos del Niño y del Adolescente en el año 2002, cuyo propósito fue el de difundir y promover políticas, planes programas, proyectos y actividades en el marco de los derechos de protección integral, supervivencia y participación de todos los niños, niñas y adolescentes. Las Coordinaciones de Desarrollo Social de las distintas Direcciones Municipales de Salud se abocaron en capacitar a través del programa Maestros Promotores de Salud la materia de infancia, en fin lo fue en aquel momento y todavía se mantiene en algunas Instituciones del Estado esta política, sin embargo el nudo critico se presenta en muchos docentes que no quieren aceptar estos cambios de paradigmas, porque tienen muchos años ejerciendo una autoridad, que muchas veces no es ganada por las buenas, sino con maltratos, despotismo y falta de amor por el prójimo.

Otra pregunta que tenía que ver con la teorización y perspectiva de lo que considera esta maestra del Sistema de Protección fue la siguiente:

Investigador: ¿Y cuando un alumno te amenaza con acusarte con la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), que haces?

Actor Social(A): Bueno de eso tengo una anécdota, hubo una vez un problema en el área de Preescolar…

Investigador: (Yo interrumpí) y pregunte con mucho asombro ¿En Preescolar?

Actor Social(A): Si mi amiga en Preescolar una docente peñisco a un alumno de cinco años y este le dijo ¡Te voy acusar con la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), ¡ el niño al llegar a su casa le comento a su mama lo ocurrido y esta sin más ni más, fue y puso la denuncia al Consejo de Protección y le mandaron una citación a la escuela. Eso fue un rebullicio en la escuela, porque nunca pensamos que eso pasaría.

Investigador: ¿Y porque los asombro en la escuela? ¿Si el niño estaba en todo su derecho? ¿A nadie le gustaría que lo maltrataran?

Actor Social(A): Buenoooo ¡esteeeeee¡ si supongo que tienes razón, pero es que hay muchachos que no se soportan ¡ (Exclamo con voz muy fuerte)

Se nota que muchas veces los educadores creen que la violencia forma parte de la pedagogía, premisas erróneas, pues la promoción del buen trato y el ejercicio de los derechos y deberes de la niñez y la adolescencia necesariamente debe conducir a que la casa, y la escuela sean lugares libres de cualquier forma de violencia, donde se vivan relaciones adecuadas, donde la disciplina se interprete como herramienta para vivir bien y en donde la palabra sea el argumento de la razón y no el maltrato.

En base a esto Arvelàez (2006) señala: “un espacio de buen trato, es aquel que persigue el bienestar integral de la niñez y la adolescencia, y está muy relacionado con ofrecer ejemplos de bondad y ternura, que permitan modelar buenas prácticas de relación social” (p.76).

Otra pregunta que argumenta la opinión e interpretación de los docentes acerca del Sistema de Protección es la siguiente:

Investigador: Ja ja ja, hay amiga esa maestra como que fue usted. Cuéntame y ¿que pasó con la maestra que citaron?

Actor Social(A): No amiga no fui yo, bueno a la maestra la hicieron firmar una especie de caución y todo termino allí.

A mi gracias a dios no me han llamado, pero no creas los representantes a cada rato amenazan a los profe, fíjate otra anécdota, que no me paso a mi ja ja ja, bueno un día por la Defensoría citaron a otra colega porque ella cuando los niños no trabajaban no les colocaba un sellito de carita feliz, pero a los que si trabajaban si se los colocaba, y de eso hubo un problema de que un niñito dijo que no iba más a la escuela siendo de primer grado porque la maestra no te ponía carita feliz, ella mi amiga todavía tiene el expediente abierto porque el niño todavía no quiere ir al colegio y ahora nos mandaron a que no le coloquemos nada de sellitos, ni caritas ni nada, ahora colocamos muy bien, excelente y regular, bueno y después me entere que el caso lo habían pasado a la Fiscalía y le callo a ella, que no podía hacer eso más, entonces a raíz de eso no nos dejan usar los sellitos, imagínate yo tenía dos cajas de sellitos. Qué va hacer uno, uno se encuentra de manos atadas.


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Se infiere a que el docente le cuesta cambiar de paradigmas porque es más fácil y cómodo seguir con los viejos esquemas tradicionales. “el sellito” que colocaba esta maestra era la forma de etiquetar al niño. Y por lo tanto se sienten sin autoridad y con las manos atadas ante las demandas de las familias y las Instituciones que defienden los Deberes y Derechos de los niños.

En consonancia a esto el Colectivo de Gestión Educativo del Estado Aragua, realizó una Agenda Pedagógica Bicentenaria 2011-2012 con la visión de fortalecer las Instituciones educativas, tanto públicas como privadas, orientadas en las Políticas de Educación liberadora, en el marco de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, La Ley Orgánica de Educación, el Plan Simon Bolívar 2007-2012 y todas las leyes del Poder Popular. En ella participaron maestros, maestras, profesores, profesoras, niños, niñas adolescentes, jóvenes, adultos, padres, madres, representantes responsables voceros, voceras de los Consejos Comunales y Comunas. Dentro de sus metas esta: “los y las docentes del nivel de Educación Media deben hacer un esfuerzo por superar las resistencias (aquellos y aquellas que aun las tienen),ya que se convierte en un obstáculo para el logro del programa” p.5

En consonancia con esto la Ley Orgánica de Educación del año 2009, creada en relación con los principios y valores presentes en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Nuestra Constitución y la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), orienta a todos los actores sociales que hacen vida en el área educativa a asumir umbrales de valores éticos humanistas, para su transformación social. En consecuencia en Estado docente tiene la obligatoriedad: LOE (2009) “De formación permanente para docentes y demás personas e instituciones que participan en la educación, ejerciendo el control de los procesos correspondientes en todas sus instancias y dependencias” p.8. Creando espacios para los docentes de educación permanente, donde la evaluación como parte del proceso educativo sea democrática, participativa, continua, integral, flexible y formativa.

En el caso de la docente que su caso fue remito a la Fiscalía, supongo que hubo indicios concretos para llevar el caso a instancias judiciales. En este contexto la Ley Orgánica de Educación en las Disposiciones Transitorias en vigencia señala como faltas graves del docente: “Por aplicación de castigos corporales o afrentosos a los estudiantes” p.32.

El Actor Social (B) señalo en relación al tema lo siguiente:

Actor Social (B) Mira a mi si me llevaron una vez a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), a mí sí, porque el niño llevó una navaja.

Investigador: ¿Y cuántos años tenía ese niño?

Actor Social (B): Once años. No, mentira, tenía diez y yo cité a la mamá, pero no se presentó, la volví a citar una segunda vez pero no asistió y a la tercera mando al papa que era un docente jubilado. Fue molesto porque como en la última citación le puse una nota que decía que de no presentarse a la citación el caso sería remitido a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) el hombre fue molesto. Y cuál fue mi sorpresa que ese día que fue el papa y hable con él, de ahí se fue a la Defensoría y me denuncio, por y que difamación.

Bueno yo me presente con todo lo que yo creía que era mi base, bueno de hecho a ellos le hicieron un seguimiento, porque yo expuse todas las actas de inicio del año escolar donde explicaba con artículo en mano de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), recuerdo que era el 54 y 55, yo se las hacía en un acta y ellos me las firmaban, todo lo que yo les exigía bajo esos dos artículos y bueno lleve los cuadernos de los demás niños porque ese niño no hacía nada, no copiaba las clases y luego la gente de la defensoría los visitaba semanalmente.

Eso paso en Linares Alcántara, en un privado y por eso es que a mí me tienen un miedo, porque uno como docente les dicen cuales son nuestros derechos y los muchachos también, pero como ellos tienen más uno tiene que ver como se defiende.

Esta docente está bien clara que al igual que los niños, niñas y adolescentes tienen derechos, los adultos también los tiene. ¿Que fue lo que amparo, a este docente a que no prosperara la denuncia ante el Órgano Administrativo como lo es La Defensoría del niño, niña y Adolescente? Que ella llevaba un record académico me imagino de rendimiento y de su comportamiento.

La Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) como menciona la maestra señala en el artículo 54 La obligación de los padres, representantes o responsables en materia de educación, situación que pone en tela de juicio al padre que coloca la denuncia, ya que al no traer las tareas, traer a la escuela una navaja, y tener un mal rendimiento evidencia que no sabe el comportamiento de su hijo. Aunado a esto el artículo 55 Derecho a Participar en el Proceso de Educación, si el padre no asistía a las reuniones, no estaba pendiente ni siquiera de visitar a la maestra para corroborar la con conducta de su hijo, el mismo infringía la ley. Por lo tanto la Defensoría como órgano, conciliador, y educativo activo sus investigaciones, y a la final le dio la razón a la docente. Y como señala ella con este hecho “ahora le tienen miedo”.

El hecho que se maneje y se sepa los procedimientos administrativos de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), para colocarlos en la práctica, no se debe ver como lo planteado por la docente como un psico-terror, sino más bien para mejorar el proceso educativo y social de este niño en formación.

Ahora bien no era más importante conocer la raíz del porque la conducta del niño y las razones del porque llevaba una navaja a la escuela.

Otro elemento que considere importante fue lo siguiente:

Actor Social (A): Los padres son los primeros irresponsables, sabes, porque no cumplen con sus deberes, bueno la gran mayoría, y uno a veces se cansa, pero cuando uno los amenaza con llevarlos a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), bueno vale saltan y brincan y la mala es uno. Te digo una cosa esto es pa´ locos. Ja ja ja. Pero bueno de eso vivimos.

Actor Social (B): No te rías, que eso es serio porque estamos viviendo una sociedad donde la violencia, la falta de valores y no pararle bolas a nada, hay disculpa, ¿esto va a salir grabado?

Investigador: Si pero tranquila nadie sabe quien lo dijo

Actor Social (B): a verdad, bueno como te decía cada vez más somos los docentes que nos queremos ir, no seguir trabajando con muchachos, porque esa ley ampara a los muchachos, que si lo miras mal te quieren amenazar, que como lo tratas, mira eso es delicado, fíjate algo las normas de convivencia se hicieron conjuntamente con los alumnos en mi escuela, con los docentes el personal de la Institución y los representantes y todo se volvió una gallera, al final todo era el docente no puede alzarle la voz al muchacho, no lo puede ver mal, si el muchacho te pega y te insulta te tienes que quedar callado.

Actor Social (A): Tampoco la cosa es así, en mi escuela las normas de convivencia se respetan, y la gran mayoría estuvimos de acuerdo en lo que en ella se plasmo.

Actor Social (B): Lo que pasa es que tu escuela no es privada, los representantes creen que porque pagan tienen el derecho de insultarlos a uno y los muchachos siguen el ejemplo. Lo que sí es cierto es que esa bendita Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) ha echado a perder todo, fíjate que cuando nosotras estudiábamos las maestras nuestras no andaban con vainas, si por ejemplo no entendíamos la clase porque estábamos hablando nos lanzaba el borrador, ja ja ja, mire profe la cicatriz que tengo en esta ceja, eso no se me olvida, pero que no fui ni malandra ni fumona, fui y soy maestra de escuela.

De la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) se ha creado una incertidumbre sin razón, en los docentes y a su vez la polarización entre ellos mismos. Hay quienes plantean que con “mano dura” se conseguiría resistir al deseo de anarquizar las instituciones y otros piensan que el “dejar hacer” es la mejor forma de evitar que algún alumno o familiar los denuncie. Ambas tendencias tienen efectos negativos, al impedir el desarrollo de actitudes y capacidades ciudadanas. Como señala Pereira (2006):

“Conseguir un punto medio entre estas dos tendencias, implica un trabajo consciente y dedicado a favor de los niños, niñas y adolescentes, que no tenga que ir en detrimento de la escuela ni del maestro sino de que por el contrario la exalte como institución y lo dignifique como profesional y ciudadano” p.105

Otra pregunta planteada para finalizar la interpretación de los docentes, en relación a este punto fue leer el artículo 56 de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA):

Investigador: Ok les voy a leer otro artículo y necesito sus opiniones.

Articulo 56. Derecho a ser respetados y respetadas por los educadores y educadoras.

Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser respetados y respetadas por sus educadores y educadoras, así como recibir una educación, basada en el amor, el afecto la comprensión mutua, la identidad nacional, el respeto recíproco a ideas y creencias, y la solidaridad. En consecuencia, se prohíbe cualquier tipo de castigo físico o humillante.


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Actor Social (A). ¡Ay Dios! Bueno mira yo creo que ese artículo el alumno se lo sabe de memoria, basta que el docente a penas levante la voz, y ya el muchacho te amenaza con llevarte a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), como te digo esto te digo otra cosa, también hay profesores que ofenden y creen que tienen a dios agarrado por la chiva ¡ja ja ja ¡ bueno ese no es mi caso, yo pienso que todos merecemos respeto en todas partes.

Actor Social (B). Yo si te voy a decir que el muchacho grosero y falta de respeto viene así de su casa. Ellos son el vivo retrato de sus padres, si los padres son maltratadores ellos también quieren serlo aquí en la escuela. En ese artículo profe que leyó dice que no se puede castigar al muchacho físicamente, A pero ellos si pueden maltratarnos a nosotros y ¿quién nos ampara a nosotros? Ahí le dejo esa interrogante.

Al escuchar estos argumentos, insisto en decir que hay que armonizar y concertar a los docentes con la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), a lo largo de mi experiencia de más 21 años transitando por esta ley, me he conseguido con muchos docentes que manifiestan su rechazo absoluto de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) y contradictoriamente también plantean que no la conocen a fondo y otros que no la han leído nunca. En tal sentido ¿un docente podrá formarse una opinión de esta ley, partiendo de estas aseveraciones?

Se debe ser más respetuoso y honrado para tener opinión de algo que se desconoce, y sumado a esto existen algunos funcionarios del Sistema de Protección que a través de sus funciones se extralimitan y utilizan la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) a sus conveniencias. Como señala Pereira (2006) “Muchos funcionarios del Sistema de Protección, amparados en una responsabilidad ciudadana, se han extralimitado y la han utilizado mal, han decidido sobre temas que no conocen, han desvirtuado los principios fundamentales de la Doctrina de Protección Integral” (p. 110)


CAPÍTULO V

EL EPISTEME GENERADO

Presentación

Teorizar acerca de las interpretaciones que poseen tanto los Docentes, las Comunidades y los Gestores Sociales del Sistema de Protección de niños, niñas y adolescentes acerca de una de las Leyes más modernas y especiales que tiene Venezuela como lo es la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), desde los escenarios Escolares, representa hoy día un reto de orden social, político y educativo, que va más allá de la visión de cumplir con un requisito para culminar una meta de la autora.

Cada año que pasa, los docentes, los Integrantes del Sistema del Protección y las Comunidades se hacen más distantes, algo sumamente preocupante, porque en el centro de estos escenarios se ubican los actores más importantes: Los Niños, niñas y Adolescentes, que más que ser el punto álgido, son los receptores de todas estas energías y vibras que los adultos generamos.

Este desarrollo integral de los seres humanos en crecimiento llámense niños, niñas y adolescentes van de la mano del crecimiento armónico de gran parte de los actores sociales que participaron en esta investigación, desde la funcionalidad sensorial hasta los más elevados aspectos cognoscitivos de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y Adolescentes. “Yo no puedo trasmitir lo que no sé y a veces trasmito a mi manera de ver las cosas lo que enseño.”

Es y será una luz de una gama de colores desde la experiencia compartida y la visión de que cada ser tiene una manera distinta de ver la realidad, ya sea por su formación profesional, sus vivencias, creencias, valores y cultura. No es fácil discernir las razones del pensar de cada uno de los seres humanos, lo que si es sumamente importante que tengamos un punto de encuentro que nos sirva de plataforma para vivir en armonía, respetando los espacios, y sobre todo para ser felices.

Quizás no es aventurero afirmar que si por alguna razón no respeto los derechos humanos de la primera etapa de la vida, se puede estar fácilmente formando una generación de personas tímidas, tristes con baja autoestima, rebeldes sin causa, agresivas o simplemente retraídas, sencillamente vulnerables a la violación de sus derechos y también creando individuos asociales.

Teniendo en cuenta estos elementos considero sumamente importante retomar los principios fundamentales de la creación de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), ya que en ella plasmamos gran parte de los que participamos en la creación, nuestras experiencias, vivencias, opiniones, entusiasmo y optimismo, de ver en ella un mejor país, un mejor ciudadano que busca el desarrollo y felicidad de sus habitantes.

Consideraciones Preliminares

Para el análisis de los resultados de la Investigación, se tomaron en consideración las siguientes interrelaciones:

A continuación se presenta el siguiente gráfico donde se señala el Sistema de Protección de Niños, niñas y Adolescentes que se encuentran presentes en la investigación, para conocer las diversas aristas semióticas del significado de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) desde el fenómeno socio-educativo. 

hermeneutica_proteccion_adolescentes/ley_proteccion_infancia


Gráfico 4. Significado de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) desde el fenómeno socio-educativo

En lo que se refiere a la interrelación entre profesores que se encuentran presentes en la investigación, para reconocer desde el punto de vista de los docentes el significado que les otorgan a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), desde los escenarios escolares se presenta el siguiente gráfico: 

hermeneutica_proteccion_adolescentes/profesionales_docencia_profesores


Gráfico 5. Interrelación entre los profesores.

En cuanto a la integralidad entre todos los actores sociales en relación al significado que les otorgan a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y adolescente, desde los escenarios escolares se presenta la siguiente graficación: 


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hermeneutica_proteccion_adolescentes/infancia_ley_proteccion


Gráfico 6. Interpretación de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA)

Fundamentación

Para desarrollar este aspecto de la teorización procedo desde un conjunto de hilos que se entrelazan y se transforman en el entramado significativo de esta teorización.

Hilo Epistemológico: En esta dimensión Onto-Axiológica se entrelazó desde el estudio del conocimiento de la subjetividad investigador vs. Subjetividad investigada, dando lugar a la intersubjetividad necesaria y así construir la malla teórica, necesaria, para generar la nueva teoría.

Es evidente que la búsqueda sistemática y rigurosa de darle respuestas a tantas angustias e inquietudes de parte de los docentes, Integrantes del Sistema de Protección y Comunidades pretenden completar el vacío teórico que ha generado descifrar los designios que se les otorga a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) desde los escenarios escolares a través de la interpretación.

Reconociendo por parte de los docentes el desconocimiento en esencia de esta ley y poca preparación en materia legal ante una implementación de manera práctica de la doctrina de Protección integral de la niñez, surge una interpretación inapropiada e infundada ya sean por las experiencias vividas o por los valores y culturas enraizadas.

De igual modo el manejo individualizado en algunos casos de los Integrantes del Sistema de Protección, de la Ley ya sea por actitudes, costumbres y practicas perjudiciales que vayan en contra de dos actores fundamentales en el proceso de enseñanza y aprendizaje como los son: Los docentes y sus educandos.

Paradójicamente reconciliar a la Sociedad con la imagen y pensamientos fomentados hacia los Integrantes del Sistema de Protección y los docentes, para así crear un entramado que fortalezca la formación de los futuros ciudadanos.

Hilo Ontológico: Reviste la interpretación de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) desde la esencia de los actores sociales: De la mirada e interpretación de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) desde los escenarios escolares, partiendo del disenso y consenso generado. A continuación se presenta el siguiente gráfico: 

hermeneutica_proteccion_adolescentes/ley_proteccion_adolescentes


Gráfico 7. La interpretación de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) desde la esencia de los actores sociales:

"Las leyes deben ser
claras, uniformes y
precisas: la interpretación
de las leyes
casi siempre conduce a su
alteración.”

Voltaire

Hilo Axiológico: Se consideran pertinentes en esta investigación el desarrollo de los valores sociales, ya que es el componente principal para mantener buenas y armoniosas relaciones sociales. Entre ellos podemos mencionar el respeto, la responsabilidad, la solidaridad, el amor, y la igualdad. Son entre otros valores sociales que deben ser impulsadas entre los docentes, Integrantes del Sistema de Protección y Sociedad, partiendo de un Estado con políticas de Promoción y educación de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), de una integración con la familia, ya que se evidencia una brecha entre los padres, madres, representantes o responsables en materia educativa, lo cual conlleva a una realidad ineludible: alumnos sin límites de conducta en los escenarios escolares y docentes cada día más frustrados. A continuación se presenta el siguiente gráfico: 

hermeneutica_proteccion_adolescentes/sistema_proteccion_sociedad

Gráfico 8. Integrantes del Sistema de Protección y Sociedad

Hilo Teológico: En esta dimensión, se considero elemental la clase de Teología de la liberación vista de uno de sus principales fundadores como lo es Paulo Freire.

Esta teología de la liberación nos induce a que en las relaciones sociales que se establecen, los oprimidos aparecen como los generadores de la violencia, aun cuando su condición sea modificada, para los opresores este nunca cambiara. En nuestro caso se refleja con aquellos docentes “etiquetadores” de alumnos. Así el niño, o adolescente halla internalizado que ciertas conductas son inapropiadas y que violan los derechos de los demás, el docente exalta la lucha con violencia y autoritarismo y no cree en esos cambios que son crecimientos progresivos del ser humano.

No se reconoce que la Doctrina de Protección vino a cubrir un vacío con ideas revolucionarias de que tanto los jóvenes como los adultos tienen deberes y derechos, pues los niños, niñas y adolescentes son también seres que sienten, piensan y progresivamente van madurando, sin embargo en una sociedad donde todavía se cree que los niños de hoy son los mismos que fuimos hace muchas décadas atrás, trae serios conflictos con los adultos.


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La Educación y los docentes deben adaptarse a esta teología de la liberación donde la concepción de la educación bancaria Planteada por Freire ya no sirve como instrumento de opresión. Ya esa educación Libresca, repetitiva y memorística como la llama el Soc. Carlos Lanz quedo atrás, dándole paso a una educación orientada por los valores éticos, humanistas, con una sociedad de iguales sin ningún tipo de discriminación, fomentando la tolerancia y una cultura de paz como lo explana de manera prolija la LOE. Quedando representada como una pirámide invertida en importancia para la Educación de la infancia. A continuación se presenta el siguiente gráfico:

hermeneutica_proteccion_adolescentes/importancia_educacion_infancia

Gráfico 9. Importancia de la Educación de la infancia.

Lo propio del saber,
no es ver ni demostrar,
Sino interpretar.

M. Foucault

Ejes Articuladores de la Teorización

El entramado de hilos conectores en esta investigación generó una serie de ejes articuladores, que dieron origen al aporte teórico del investigador. Teniendo sus cimientos en las ciencias sociales interpretativas, en virtud de poner al relieve el significado que les otorgan a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) los Docentes, Docentes Promotores de Salud, los Integrantes del Sistema de Protección y la Comunidad, con la firme convicción de mejorar la vida social.

Derechos y Autoridad del Docente: Una conquista compartida

La autoridad del docente se confunde con autoritarismo y abuso de poder, desmereciendo el gran rol del docente como facilitador de los procesos cognoscitivos.

Los Integrantes del Sistema de Protección al tener claro la Doctrina de Protección Integral saben que los niños, niñas y adolescentes tienen un conjunto de instrumentos sociales y jurídicos que constituyen su marco referencial, convirtiendo las necesidades de este sector en derechos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales. Lo que origina en algunos casos conflictos entre docentes porque consideran que no tienen herramientas para garantizar la disciplina y la convivencia escolar.

En este orden de ideas el docente debe ganarse “la autoridad” a través de una conquista de la dedicación, coherencia, ejemplo, constancia y un trato humano con sus alumnos, y por supuesto los derechos de los niños, niñas y adolescentes no niegan ni contradicen la autoridad, tanto de sus padres, madres, docentes y adultos en general, siempre y cuando no violenten sus derechos. A continuación se presenta el siguiente gráfico:

hermeneutica_proteccion_adolescentes/derechos_autoridad_docente

Gráfico 10. Derechos y autoridad del docente: una conquista compartida

La Paráfrasis y el Desconocimiento de la Ley:

Una Sociología Pedagógica al alcance de todos y todas

Hay que contribuir a garantizar el conocimiento, comprensión, alcance y servicios existentes en relación a Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), para promover el acercamiento, los acuerdos y el ejercicio de las responsabilidades cuando las situaciones se puedan resolver mediante el fortalecimiento de los vínculos familiares o mediante la fijación de normas de conducta.

Este proceso de reflexión, teorización y producción de conocimientos se vincula con una hermenéutica jurídica que hace que la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) sea visualizada de manera formal, bajo unos patrones adaptables a las realidades cambiantes, por esta razón esta Ley al cumplir cinco años de puesta en práctica tuvo modificaciones esenciales sobre todo en materia de Responsabilidad Penal del Adolescente, de igual manera el docente y los Integrantes del Sistema de Protección deben ser dinámicos y estudiosos, para no encasillar su conocimientos y su manera de ver la realidad de los educandos.

Ciertamente que todo lo desconocido o cambios de paradigmas generan angustia y malestar, sin embargo quien se compromete y se casa con la profesión de la docente y a laborar por la infancia deben entender que no vasta de salir de una Universidad, o aprender artículos de memoria y repetirlos como loros, sino de crecer y adaptarse a los cambio de una Sociología de la Educación.

Sabemos qué ciudadanos queremos formar, ciertamente aquel que cumpla con sus deberes y ejerza sus derechos, sin embargo conseguir el justo equilibrio entre deberes y derechos debe transitar por el esfuerzo de conocer, los principios filosóficos, sociológicos y educativos de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), dejando de lado esas personas “leguleyas” que sin conocer las leyes las tratan basándose en sus propias conjeturas.

Se debe hacer un esfuerzo por no solo conocer la teoría, sino saber llevarla a lo cotidiano, para contribuir al desarrollo de una interpretación cercana a lo justo, que propicie una cultura de respeto, promotora del bien común y que concilie a todos los Docentes, los que están al servicio de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), la Familia y la Sociedad. A continuación se presenta el siguiente gráfico: 

hermeneutica_proteccion_adolescentes/parafrasis_desconocimiento_ley

Gráfico 11. La Paráfrasis y el desconocimiento de la ley.

Dogmas y Mitos: Una aproximación Socioantropológica y política de la Ley.

“Transformarle al ser humano de la noche
a la mañana sus creencias, sus valores
y costumbres es un camino muy espinoso,
más si mis mentores, mi familia
y mis amigos así lo fortalecen”.

A. Rodríguez (2012)


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Precisamente pensando en esto la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) invito de manera placentera a todos los actores sociales que tuvieran que ver directamente con su ejecución, y fue así como centenares de docentes de Instituciones públicas, privadas y religiosas, entre otras, se plegaron en la correlativa de esta Ley. De modo que ampliaran con sus conocimientos y prácticas el espectro de discusión con cuestionamientos, valores, costumbres y aportes sobre la materia de infancia. De modo que se dejaran plasmadas en una Ley especialísima todas y cada una de las opiniones de los que allí participamos.

Tomando como punto de partida esta discursiva el docente debe internalizar que la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) es una Ley que busca construir un sentido de cooperación en el aula, y es tanto así que todos los países que se comprometieron en cristalizar la Convención de los Derechos de los niños, niñas y Adolescentes lo hicieron tomando como marco referencial la idiosincrasia, costumbres y valores de cada sociedad, enalteciendo sus valores y principios.

En realidad la tarea del docente de este milenio es una tarea “titánica” debe a veces poseer el rol de madre, padre de muchos niños que no poseen en casa el cariño, afecto y amor que todo ser vivo necesita, hasta el animal más prehistórico por instinto lo ofrece a sus crías. Se suma a esto, tantos niños que se crían y crecen en las famosas familias modernas donde quedan muchas veces al cuidado de los hermanos mayores o en su efecto de sus “nanas”. Padres que solo ven a sus hijos dormidos. O por el contrario esos vivos retratos de padres irresponsables, maltratadores que en vez de ver en el docente un aliado positivo los ven y lo tratan como enemigos de ellos y sus hijos.

No se pretende que el docente se convierta en psicólogo, sociólogo, terapeuta, entre otros, sin embargo este debe poseer herramientas que contribuyan a posesionarse de eventos adversos ante conflictos de valores, conductas inapropiadas y saber que posición asumir ante estas problemáticas.

La familia tiene la obligación de participar en la educación de sus hijos, y así lo contempla la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA). Siempre he dicho que el día que a un padre, madre, representa o responsable se le prive de su libertad por incumplir con este deber, las cosas van a cambiar para bien. Mas sin embargo la familia en algunos casos, no valora esta obligación como algo elemental del proceso educativo, transformándose este valor en antivalor, surgen las indisciplinas en las Instituciones educativas, la violencia y el irrespeto hacia sus compañeros y docentes. Acentuándose la brecha entre estos.

Para superar las creencias de los “chicos intocables y trasmutables” el docente se debe de deslastrar de todas las predisposiciones acerca de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), buscando la manera de involucrar a las familias y obligando a que los prestadores del servicio en materia de infancia los ayuden con la educación y promoción de los principios de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA).

Existe mucho camino por recorrer, sin embargo deben existir puntos de encuentros, conciliación, y reconciliación entre los actores sociales. En cuanto al Estado, este juega un papel elemental en esta transformación, las políticas que fomenten consensos, muchas veces deben de surgir de la iniciativa de fiscalizar los medios de comunicación que impulsen y refuercen los mitos y creencias erróneas de la Ley.

A pesar de poseer aproximadamente doce años la entrada en vigencia de Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) esta no ha tenido la necesaria voluntad de ser promocionada y divulgada por los entes encargados de esta función, solo asisten a los centros educativos los Integrantes del Sistema de Protección cuando aparecen los conflictos entre los docentes y los alumnos, y en últimas instancias el docente actúa ante estos eventos por sus creencias establecidas por su quehacer cotidiano. A continuación se presenta la siguiente graficación:

hermeneutica_proteccion_adolescentes/dogmas_mitos_ley

Gráfico 12. Dogmas y mitos: una aproximación socioantropológica y política de ley.

“Mi abuela quiso que yo
tuviera una educación, por
eso no me mandó a la escuela

Margaret Mead

Superando la Desesperanza Aprendida a la luz de los valores

Cuando los acontecimientos son incontrolables, y comprometen la estabilidad social surge un estado psicológico que se llama desesperanza.

Así pues cuando el docente posee claro cuales son los valores que deben reforzar a sus educandos y estos presentan conductas disruptivas en clases de manera reiteradas y aprobadas por sus padres, el docente se siente desamparado, indefenso ante las situaciones incontrolables. Trayendo como consecuencia desmotivación por parte de este, aceptación de sumisión ante sus alumnos, derrotismo o simplemente pasividad.

Sin embargo no todo puede estar perdido, y la luz de este túnel que los docentes a veces ven sin salida tiene varias salidas.

Se deben buscar puntos de encuentro y buscar aliados sobre todo en los medios de comunicación, que en gran medida desvirtúan los valores, por el simple hecho de publicitar y vender un producto, sin medir las consecuencias que estos pueden traer a la población más vulnerable e inocentes como son los niños.

En las familias como institución donde transcurren los primeros fundamentos del proceso de socialización y conformación de valores. Ciertamente las familias venezolanas en gran parte son a veces disfuncionales, madres solteras, o adolescentes, hijos de distintos padres, hijos no planificados. Sin embargo, siempre existirá en el seno de la misma una figura que ejerza los caminos del bien. Llámense abuelos, tíos, hermanos mayores entre otros.

En los pares de amigos, que comparten modas, pensamientos sueños y secretos. En las comunidades organizadas, los cuales deben afirmar los principios de la solidaridad, el respeto, la tolerancia, la responsabilidad. Y en el Estado para que de una vez por todas haga valer la sanciones a quienes infrinjan la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) y los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes.

hermeneutica_proteccion_adolescentes/superando_desesperanza_aprendida

Gráfico 13. Superando la Desesperanza Aprendida a la luz de los valores


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REFLEXIONES FINALES

“En honor a todos aquellos
Niños, niñas y adolescentes
que con su lucha por sus
derechos creyeron en la justicia
de los hombres”

Anna Rodríguez

Una de las razones que me motivaron y me dieron fuerza espiritual para realizar este aporte tiene que ver con darles respuestas a tantas inquietudes de centenares de Educadores, y en especial a los Maestros Promotores de Salud, de Servidores Públicos que laboran en el Sistema de Protección y de la misma Sociedad que de una u otra manera claman a unísona voz de tener puntos de encuentros en la interpretación de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y Adolescentes partiendo de los escenarios escolares.

Muchas interpretaciones se han realizado sobre esta Ley, sin embargo la gran mayoría de ellas las han realizado legisladores, juristas, abogados, litigantes que por su formación tratan el tema de manera mecánica y generalizada.

La autora tuvo la clara convicción de que sobre todo los docentes necesitaban de una contribución de despejar los nudos críticos y transformarlos en fortalezas que permitirán mejorar las relaciones sociales, educativas y políticas, partiendo de esta Ley. Dejando al desnudo que los valores, las costumbres y las experiencias personales hacen ver las distintas interpretaciones, sin embargo esto no justifica las violaciones de los deberes y derechos de los docentes y sus alumnos.

De igual manera los Integrantes del Sistema de Protección deben superar y deslastrarse de cualquier prejuicio infundado en contra de los docentes, pues esto no deja avanzar en algunos casos en el crecimiento de los niños en adolescentes y estos en adultos de bien.

Como parte de responsabilidades compartidas las sociedades organizadas, tienen la obligación de manifestar la violación de los preceptos constitucionales de esta Ley, ya sean por los padres, madres, representantes, responsables, docentes y servidores públicos prestadores de servicios, porque con ello dejaremos de lado que la Ley quede como letra muerta.

Y por último y no menos importante el Estado con la formulación de políticas para alcanzar la efectividad deseada, basándose en el conocimiento de la realidad que vive el docente con sus muchachos, concertando voluntades para lograr la participación social y llamando al botón a las familias responsables en gran parte de sus hijos.

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