El consentimiento informado en la práctica de Enfermería
Autora principal: Dalvis Naithe Pérez
XVI; nº 19; 934
Revista Electrónica de PortalesMedicos.com
ISSN 1886-8924 – Publicación de artículos, casos clínicos, etc. de Medicina, Enfermería y Ciencias de la Salud
El consentimiento informado en la práctica de Enfermería
Autora principal: Dalvis Naithe Pérez
XVI; nº 19; 934
Dilemas bioéticos asociados al uso de contenciones mecánicas en la población geriátrica. Prevalencia y uso en una residencia de ancianos. Análisis del consentimiento informado
Autora principal: Leticia Anadón Ruiz
Vol. XV; nº 17; 886
RESUMEN:
Las voluntades o instrucciones previas maximizan el respeto del principio de autonomía de los pacientes en situaciones en las que éstos han perdido la capacidad para ejercerlo. A pesar del desarrollo legislativo de las instrucciones previas en España, el número de ciudadanos inscritos en el registro nacional es muy escaso. Diversos estudios concluyen que, si bien la actitud de los profesionales sanitarios hacia las mismas es positiva, los conocimientos que poseen los profesionales sanitarios en general, y los enfermeros en particular, son escasos.
Resumen: Con el presente queremos incidir en la importancia del consentimiento informado en el ámbito sanitario. En el día a día de nuestra práctica sanitaria hacemos frente a determinadas actuaciones ya sean invasivas como no invasivas en las que el paciente debe quedar en todo momento del procedimiento al que se va a someter y de las posibles complicaciones que pueden surgir de dichas intervenciones. Por ello es fundamental que quede constancia por escrito donde el paciente nos ha otorgado su consentimiento en el que ha decidido libremente sobre su tratamiento.
¿Qué es superior: el deber de los sanitarios de garantizar la vida o el derecho de libre elección hasta el punto de llegar a poner en peligro la vida?
Los conflictos de conciencia se presentan de forma muy habitual en el ámbito sanitario. Por un lado existe el deber de los médicos de velar por la salud y la vida del paciente y por otro el derecho a la autodeterminación, la libertad ideológica o religiosa y la dignidad del paciente (art 16.1 Constitución Española CE). El libre desarrollo de la personalidad y la dignidad humana está regulado por el art 10.1 y art. 15 de la CE.
El Consentimiento informado se define como la conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente, manifestada en el pleno uso de sus facultades después de recibir la información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud.
La información a los enfermos por parte del personal sanitario y, especialmente, por parte de las enfermeras/os hemos de considerarla dentro de un campo más amplio, como es el de la comunicación. Se desarrolla tanto la información como necesidad y derecho del paciente como el consentimiento informado. Para ello, se ha realizado una revisión de la literatura científica en las bases de datos Scielo, Cuiden, Cochrane y Elsevier con los descriptores: consentimiento informado, comunicación, derechos del paciente.
A modo de resumen, se trata de una revisión relacionada con la ética en general, en particular la Bioética y dentro de ésta el consentimiento informado como tema tan debatido y lleno de contradicciones que en todas las sociedades del mundo continúa siendo una polémica más. Doy a conocer las bases filosóficas sobre las cuales descansa este principio bioético, en particular y lo concreto que se ha tomado de cada escuela filosófica.
RESUMEN
La ley de autonomía del paciente incorpora a nuestro ordenamiento jurídico una figura novedosa y necesaria para la resolución de los nuevos conflictos que en relación al derecho a autorizar y rechazar el tratamiento médico plantean los menores.
Resumen
Se plantea un caso práctico y se proponen las respuestas a preguntas relativas al mismo, así como la reflexión sobre los conflictos éticos que suceden en la atención sanitaria al paciente oncológico y/o paliativo. Para la resolución de estos conflictos , que se dan especialmente durante el proceso paliativo, tenemos en cuenta tanto la legislación que regula jurídicamente la información sanitaria , ejemplo de ello la ley 41/2002 de autonomía del paciente, como los principios bioéticos de la práctica sanitaria, es decir, no maleficencia, justicia, beneficencia y autonomía.
RESUMEN
La creciente importancia que se viene concediendo a la voluntad y a la autonomía del paciente en la fase final de la vida, ha quedado de manifiesto a través de la puesta en marcha de diversas iniciativas pioneras, como la ley andaluza de muerte digna.
En este contexto cobra especial relevancia la posibilidad de expresar decisiones y planificar cuidados para el futuro mediante el documento de voluntades anticipadas (testamento vital). Es decir, constituye un modo de decidir de forma anticipada sobre los tratamientos y cuidados sanitarios que se desean recibir o no, cuando se ha perdido la capacidad de expresar la voluntad.
RESUMEN: En éste articulo analizaremos la ética en la investigación clínica, sus principios básicos, los comités de ética, el consentimiento informado, sus partes y pautas para obtenerlo, sus elementos y observaremos los puntos clave en éstos temas.