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Derechos humanos y bioética

Derechos humanos y bioética

La Bioética es una disciplina nueva surgida en los años 70, cuyo propósito general es la interacción entre los dos componentes de su terminología: bios (vida) y ethos (ética). El término es acuñado por el autor americano Potter en 1970, y en 1973 ya tiene estatuto de disciplina nueva. En 1978 ya existe una enciclopedia de más de cuatro volúmenes con más de 1500 páginas acerca de todos los problemas que plantea la bioética, lo que demuestra su importancia como disciplina de estudio.

Derechos humanos y bioética

Luis Villarejo Aguilar. Diplomado en Enfermería. Atención Primaria de Salud.

Palabras clave: derechos humanos, bioderecho, dignidad humana, bioética

Los antecedentes de la bioética se remontan a la ética médica y los códigos deontológicos. Es novedad porque surge con un estatuto propio, se da con un enfoque secular, interdisciplinar, global y sistemático.

Entre las causas por las que surge la bioética destacan:

  • Auge de los derechos humanos: con la revitalización del iusnaturalismo (no todo lo que está escrito es derecho sin más, sino que todo derecho debe estar remitido a una valoración ética o moral); el Código de Nuremberg y la Declaración de los Derechos Humanos.
  • Progreso biomédico: las fronteras de la vida se difuminan con cuestiones fundamentales sobre el inicio (embrión, preembrión, concepción, clonación, manipulación genética) y el final de la vida (eutanasia, sedación, estados vegetativos persistentes).

El autor W. T. Reicht la define como “el estudio sistemático de la conducta humana en el campo de las ciencias de la vida y del cuidado de la salud, en cuanto que esta conducta es examinada a la luz de los valores y principios morales y de forma sistemática”.

El objeto de estudio sería la conducta humana en el campo de las ciencias de la vida y de la salud. Esta conducta humana la analiza mediante el estudio a la luz de los valores y principios morales, de forma sistemática e interdisciplinar.

Abarca numerosos problemas en distintos campos de estudio:

a)            En el campo de la reproducción humana: el control de la natalidad, aborto, reproducción asistida, donación embriones, congelación de embriones, selección de sexo, clonación, eugenesia.

b)            En el campo de la genética: manipulación del ADN, terapia génica o ingeniería genética.

c)            En el campo del envejecimiento y muerte: cuidados paliativos, eutanasia.

d)            En el campo cuerpo humano: trasplante de órganos, transexualidad.

Los principios que tratan de dar respuesta a los conflictos que surgen en la toma de decisiones médico-paciente serían: autonomía, beneficiencia, no maleficiencia y justicia.

El principio de autonomía o principio de respeto por las personas viene a significar que debe reconocerse que cada persona tiene sus propias reglas de autogobierno, y que es libre tanto de las injerencias de otros como de las limitaciones de un conocimiento incompleto. Este principio se basa en el consentimiento informado en la que cada actuación en el ámbito de las ciencias de la salud que se realice a un paciente tiene que estar consentida autónomamente por dicho paciente, y comprendería la información, comprensión y la voluntariedad.

El principio de  no maleficiencia se entiende cómo evitar al paciente lo que le es desagradable, lo que no quiere o no le apetece, no lo que es un mal, en el sentido fuerte del término.

El principio de beneficiencia consistiría en hacer el bien (significando esto solamente «lo que el otro desea»). Implica valorar los beneficios y riesgos a los que se va a someter la persona. Para los investigadores es un medio para examinar si la investigación está correctamente diseñada; y para el comité de revisión es un método para determinar si los riesgos a los que se someten los participantes están justificados o no.

El principio de justicia se ciñe a la justicia distributiva, es decir, la sanidad es algo mensurable que se compra y se vende. Y que, por tanto, está sujeta a un reparto equitativo en sociedad, teniendo en cuenta dos factores el bien común y los principios de carácter público.

El Bioderecho es una rama del Derecho surgida para dar respuesta jurídica a las cuestiones planteadas por la Bioética. El Derecho y la Bioética se han unido para dar pie a una nueva disciplina jurídica que sistematiza y da cohe­rencia jurídico-ética a las nuevas realidades que emergen del ámbito de la conducta humana. Dicho en otras pala­bras, el Bioderecho es una disciplina que estudia la con­ducta de los seres humanos desde el punto de vista de la ética y de la ciencia jurídica, y, ante el desarrollo científico tecnológico que ha alcanzado la humanidad, se encarga de establecer límites y regulaciones en el ámbito de las cien­cias de la vida y de la salud. Estas regulaciones deben estar fundadas en los valores universales de la dig­nidad humana, la libertad, la igualdad y la solidaridad, y debe basarse en los principios de la democracia y del Esta­do de Derecho, creando un espacio de justicia, libertad y seguridad, al situar a la persona humana en el centro de toda actuación, con el respeto a la vida como valor supre­mo. Por ello es tan importante reforzar la protección de los derechos humanos en el marco de la evolución de la socie­dad y de los avances científicos y tecnológicos.

De lo anterior se encargará el Bioderecho basándose en las siguientes premisas:

  1. La premisa científica: Si algo puede hacerse, alguien sin duda lo hará (por tanto habría que regularlo).
  2. La premisa bioética: No todo lo técnicamente posible es moralmente admisible.
  3. La premisa jurídica: Toda actuación humana deberá estar sustentada por la Ley, respetando siempre los derechos fundamentales de la persona humana: su vida y su dignidad.

Por lo tanto, la investigación científica y los avances tec­nológicos siempre deberán subordinarse a las normas jurí­dicas y éticas que protegen a la persona humana. Dicho de otro modo, el límite de nuestros actos, además de la respon­sabilidad, será el respeto a la vida y a la dignidad humana.

El bioderecho ha querido constituirse como aquella área del derecho que regula las nuevas tecnologías y la biomedicina. Su interés