Proteccion radiologica en el ambito medico
Autor: Marcos Cara Imbroda | Publicado:  25/09/2009 | Radiodiagnostico y Radioterapia | |
Proteccion radiologica en el ambito medico.4

·         Medicina Nuclear, en situaciones similares a la radiología pediátrica para la inmovilización del paciente durante la realización de gammagrafías y en los tratamientos de pacientes con I­131, en los que hay personas que podrían colaborar en los cuidados posteriores al alta de los pacientes. El riesgo asociado es sobre todo de irradiación, ya que el riesgo de contaminación es bajo si se cumplen las normas básicas de protección radiológica.

 

·         Braquiterapia, por el cuidado y bienestar de pacientes que están siendo tratados con fuentes de baja actividad. El riesgo asociado es de irradiación. En el caso de que los familiares no deseen ayudar o confortar al paciente en casa, éstos se considerarán miembros del público y se les aplicará el límite de dosis de 1 mSv. Si el paciente debe permanecer ingresado por otras causas distintas al diagnóstico o tratamiento con fuentes radiactivas, el trabajador no expuesto que deba asistirle será considerado miembro del público, aunque es conveniente aplicarle una fracción del límite de dosis para el público, ya que no se puede descartar que esta situación pueda repetirse en un mismo año. La Guía de la CE “Protección Radiológica nº 97” propone un valor de 0,3 mSv.

 

Clasificación de zonas.

 

En función de las dosis anuales previstas, el riesgo de dispersión de la contaminación y la probabilidad y magnitud de exposiciones potenciales, se hace una clasificación de las zonas en las que se trabaja con radiaciones ionizantes en el ámbito sanitario. Las zonas se clasifican en zona vigilada, controlada, de permanencia limitada, de permanencia reglamentada y de acceso prohibido. En cada zona deberá contarse con los medios de protección, prevención y vigilancia adecuados para el tipo e intensidad de la exposición a las radiaciones ionizantes prevista en dicho área.

 

proteccion_radiologica_medica/zona_vigilada_controlada

 

Aunque hay que estudiar cada caso particular, de forma general, la clasificación de zonas en el ámbito médico podría ser:

 

Radiodiagnóstico

 

Radiología convencional:

 

·         Zona vigilada: puesto de control protegido por barrera estructural.

·         Zona controlada: interior de la sala de rayos X.

 

Radiología intervencionista:

 

·         Zona vigilada: puesto de control protegido por barrera estructural.

·         Zona de permanencia limitada: interior de la sala.

 

Esta clasificación tiene validez exclusivamente durante el funcionamiento del tubo de rayos X, siendo todas ellas zonas de libre acceso en el caso de que el equipo no esté en funcionamiento. En las zonas que no tienen una clasificación permanente es conveniente colocar junto a la señal preceptiva un cartel indicando las restricciones aplicables. Los equipos móviles de rayos X, dado que se pueden utilizar en distintas salas y en habitaciones de hospitalización, llevarán una señal que indique sus características, riesgo y restricciones de uso.

 

Radioterapia.

 

Cuando los equipos de teleterapia están en funcionamiento (aceleradores, unidades de Co­60) la clasificación de las zonas es:

 

·         Zona vigilada: Puesto de control.

·         Zona de acceso prohibido: Interior de la sala.

 

Cuando los equipos de teleterapia no están en funcionamiento se deben clasificar como:

 

·         Zona de libre acceso: Puesto de control.

·         Zona controlada: Interior de la sala.

 

Braquiterapia:

 

·         Zona controlada: gammateca y acceso a las habitaciones.

·         Zona de permanencia limitada: habitaciones con pacientes portadores de fuentes.

 

Medicina Nuclear.

 

·         Zona vigilada: almacén de residuos radiactivos.

·         Zona de permanencia limitada: habitaciones con pacientes en tratamiento metabólico.

·         Zona controlada: cámara caliente, áreas de administración de dosis, salas de gammacámaras y zonas de circulación y estancia de pacientes inyectados.

 

Laboratorios.

 

Dado que las actividades que se manejan suelen ser muy pequeñas, es habitual que puedan ser clasificadas como zonas vigiladas.

 

Protección radiológica del paciente.

 

La Protección Radiológica intenta conseguir las condiciones para una adecuada protección frente a los riesgos de la radiación de trabajadores y público en general. En el ámbito médico aparece una figura especial, que es el paciente, para la que los principios de Justificación, Optimización y Limitación de dosis deben sufrir una revisión profunda.

 

Justificación.

 

Los exámenes y tratamientos de pacientes con radiaciones ionizantes están justificados, puesto que el beneficio diagnóstico o terapéutico para el paciente supera ampliamente al incremento de riesgo debido al uso de la radiación. Esto es cierto siempre que el examen o el tratamiento esté justificado o indicado. Este aspecto está legislado mediante el Real Decreto 815/2001 sobre justificación del uso de las radiaciones ionizantes para la protección radiológica de las personas con ocasión de exposiciones médicas. También existen múltiples guías sobre indicaciones de exploraciones y tratamientos, como la publicación Protección Radiológica 118 sobre indicación de pruebas diagnósticas.


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