El acto transfusional. Un enfoque analectico
Autor: Dr. Marcos Hernández J. | Publicado:  14/11/2011 | Hematologia y Hemoterapia , Articulos | |
El acto transfusional. Un enfoque analectico .2

Generalidades sobre, ética, norma moral y bioética.

La medicina, es y será siempre una práctica social con profundo sentido humanístico, que se destaca por que tratan lo relativo a la salud. De tal manera que permanece en una constante búsqueda para ampliar su capacidad de intervenir e influenciar los procesos que modifican o determinan la vida de los individuos o las sociedades en su conjunto, lo que aumenta la necesidad de subordinar su aplicabilidad a las consideraciones éticas, deontológicas y legales. Sobre la base, de esta realidad tomamos como punto de partida las resultantes de las entrevistas realizadas para iniciar conceptualizando el término norma. La norma en el sentido general es todo aquello que regula conducta, es todo principio que sea propuesto como tipo de proceder, la norma se define como: “Aquel principio de acción cuya observancia constituye un deber para aquel a quien se dirige” es decir es toda regla de conducta de observación obligatoria (5).

La moral como forma del comportamiento humano tiene un carácter social en la medida que es propia del ser, pero incluso, el humano al comportarse individualmente, se manifiesta como ser social. De esta manera la moral como estructura de conciencia social es una de las más influyentes en la actividad práctica del hombre y está estrechamente ligada a la ciencia en la actividad científica como, reguladora de la responsabilidad que asume el profesional de la salud en su ejercicio. Los valores sirven de fundamento a las reglas con las cuales el individuo gobierna sus propias acciones. Estas reglas son los principios morales. Vale decir, las normas o ideas fundamentales que rigen el pensamiento y la conducta, guías abstractas de acción.

El valor moral te lleva a construirte como hombre o mujer, haciéndote más humano. Dependiendo exclusivamente de la elección libre, el sujeto decide alcanzar los valores señalados y esto sólo será posible basándose en su esfuerzo y perseverancia. Desde este punto de vista la Bioética, es la ciencia que se encarga del estudio sistemático y profundo de la conducta y los actos humanos como ser viviente del planeta tierra en el campo de las ciencias biológicas y de la atención a la salud, desde una perspectiva integral que incluyen los principios y valores morales que rigen una sociedad en un lugar y momento determinado (6).

El valor ontológico o metafísico de la conducta humana se refiere al hecho real, a la existencia, a la objetividad del acto. En cambio el valor moral depende de ciertas condiciones subjetivas y propias de la persona que ejecuta dicho acto, como la intención, la libertad, el grado conciencia, entre otros. En otras palabras los actos humanos del ser pensante, son ejecutados consciente y libremente, es decir, en sus facultades específicas de su razón, como son la inteligencia y la voluntad. Estos son el objeto material de la Ética y son los que pueden ser juzgados como buenos o malos desde el punto de vista de la Moral. Como lo publicada. (7)

Deontología médica.

En el contexto de la acción del médico reflexionamos sobre lo que ocurre desde tiempos inmemorables, en la que la persona humana ha tenido que adaptar su conducta a una serie de normas o principios con el fin de mantener la convivencia, estos principios son fruto de una decisión consensuada fundamentada en el conocimiento acerca de qué es pertinente o bueno realizar o de qué es inconveniente o malo, lo que dio origen a la elaboración de los códigos deontológicos que rigen la profesión. El atributo deontológico constituye aquel conjunto de reglas que según el carácter, la conducta y las virtudes de un profesional, ponen de manifiesto sus cualidades en la práctica de su profesión, haciéndolo crítico y consciente de sus actos. Entonces, deontología se considera como conjunto de normas y principios que regulan el correcto ejercicio profesional. Es decir el conocimiento científico aplicado al recto obrar profesional. Igualmente puede definirse como aquel tratado del deber, cuyo objeto es dar reglas para el comportamiento del profesional en relación con la sociedad en que se desenvuelve (8).

Derechos humanos.

Para el tema que nos ocupa es importante hacer una breve reseña acerca de los derechos humanos. Fue un 10 de diciembre del año 1948, cuando la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos. Cuando hablamos de la palabra derecho, hacemos hincapié en un poder o facultad de actuar, un permiso para obrar en un determinado sentido o para exigir una conducta de otro sujeto. Por ende los derechos humanos, reclaman reconocimiento, respeto, tutela y promoción de parte de todos, y especialmente de la autoridad. Estos derechos son inherentes a la persona humana, así también son inalienables, imprescriptibles.

Bajo el uso de la terapia transfusional subyacen varios artículos de la declaración de los derechos humanos los cuales analizaremos a medida que avancemos en el siguiente informe y entre los que se destacan: Artículos Nº 3 “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”, Nº 6 “Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica”, Nº 18 “ Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia”(9).

Principios éticos que rigen la práctica transfusional.

Los principios que rigen en la actualidad las actuaciones de los profesionales involucrados en la práctica transfusional son cinco, los cuales fueron propuestos con carácter general, por el filósofo Ross (10). Se trata de autonomía, beneficencia, no maleficencia, justicia distributiva y calidad de vida. La autonomía hace referencia a la libertad que tiene una persona para establecer sus normas personales de conducta, es decir la facultad para gobernarse así mismo, basado en su propio sistema de valores y principios. Así el principio de autonomía en la ética del profesional de la salud involucrado en el acto transfusional puede prestarse a conflictos de tipo profesional, si los valores morales de las personas enfermas están en contradicción con los valores profesionales del personal de la salud, por ejemplo, citamos el caso de los testigos de Jehová, acerca de la aceptación o no de la terapia transfusional.

Principio de beneficencia- no maleficencia: se considera que un acto es bueno cuando está encaminado a favorecer lo que naturalmente es conveniente al hombre. Si aceptamos que la salud debe en la ética del profesional de la salud, adquirir la categoría de valor moral, corresponde a estos profesionales velar por ella. Tenerla como fin último de su actuar profesional. ¿De qué manera puedo beneficiar a la persona enferma?, si no es defendiendo su salud, proporcionándole un trato oportuno y terapia de calidad.
Desde la perspectiva de justicia distributiva, dar a cada quien lo que necesita, de lo cual surgen varias obligaciones derivadas. Para “Realizar una adecuada distribución de los recursos, asignar a cada paciente un apropiado nivel de atención, disponer de los recursos indispensables para asegurar una adecuada atención transdisciplinaria” (11). El principio de calidad de vida el cual contiene una concepción personalizada, ya que cada quien tiene sus propios criterios acerca de lo que es la vida y tiene que ver con sus valores y creencias indudablemente ello estaría relacionado con la capacidad de cada quien de apreciar y realizar valores de comprensión sobre su propia vida.

Acerca de la ley de transfusión y la interdisciplinaridad del acto transfusional.

Partimos aquí de la preocupación compartida durante el desarrollo del estudio de investigación y consensuado por algunos participantes del hecho transfusional en relación al reconocimiento de las deficiencias evidenciadas en la praxis clínica, las cuales comprometen en consecuencia el nivel de conocimiento de las enfermeras y de los médicos con respecto al acto transfusional; situación que se agrava en tanto la práctica transfusional siendo un acto de responsabilidad médica; no excluye al personal de enfermería, quienes actúan directamente como transfusionistas (12).

Curiosamente esta apreciación era compartida por otros integrantes del equipo de salud, más sin embargo en estudios anteriores algunos médicos no compartían la idea de trabajar en equipo, lo cual constituye una evidente debilidad a la hora de ejecutar la práctica transfusional, más aun cuando asumimos el concepto de equipo de salud en el marco de la actividad transfusional (12).

Ahora bien, es cierto que desde la perspectiva legal la terapia transfusional es de responsabilidad médica (13). Pero la
realidad investigada nos muestra que el profesional de la medicina se encarga de la indicación y verificación médica pero es el profesional de enfermería quien se encarga de su administración por lo que de igual forma esta misma ley no excluye a las (os) enfermeras (os) involucrados en el acto transfusional, ya que establece que “el personal paramédico que interviene en el procedimiento será igualmente responsable en la medida de su participación” (13), comprendiendo que la participación en la ejecución del cuidado que presta (el) la enfermera(o) al receptor transfusional antes, durante y después de la terapia transfusional, es interdisciplinaria en estrecha colaboración con el médico tratante debiendo ambos profesionales entonces poseer conocimientos teóricos y prácticos que conduzcan a prevenir actos de omisión, impericia o negligencia que puedan desencadenar consecuencias patológicas en el receptor, derivados de la transfusión.

Esta situación nos conlleva a recapacitar y concluir que el acto transfusional debe trascender las posiciones desconocedoras del concepto transdisciplinar que implica esta actividad, la cual no se puede limitar ni a un servicio en particular, ni a algunas personas implicadas en el mismo, lo cual significaría la transgresión de algunos principios fundamentales del sistema de salud, tales como los descritos en (14). Sin duda alguna, el médico por su alta calificación científico-técnica debe tener un entrenamiento interpersonal no solo con las personas enfermas y sus familiares sino con el resto del equipo de salud en este caso particular el profesional de enfermería para poder satisfacer expectativas científicas e interpersonales que hagan factible que en lugar de restar efectividad a los esfuerzos por hacer un cuidado humano más exitoso, pueda realizar aportes significativos.


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