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En respuesta a:
Publicado por: Anonimo
Asunto: Re: Subsidio por incapacidad laboral transitoria

Gracias por la respuesta.

Me queda una duda. Comentas que en caso de enfermedad profesional no es preciso haber cotizado a la Seguridad Social los 180 días dentro de los últimos 5 años para conseguir el subsidio por incapacidad laboral transitoria.

¿Quién decide si la enfermedad es una enfermedad profesional o no a la hora de valorar a alguien con incapacidad laboral transitoria??

Gracias de nuevo.



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