Debilidades del medio de prueba en el proceso penal venezolano: caso la huella de mordedura humana
Autor: Jesmar Orozco Labrador | Publicado:  10/05/2010 | Odontologia y Estomatologia , Medicina Forense y Legal | |
Debilidades del medio de prueba proceso penal venezolano: caso la huella de mordedura humana .2

Otro factor a tomar en cuenta a la hora del análisis de este tipo de lesiones, es el lugar en donde se produjo la misma, ya que ésta puede ser ubicada en cualquier región del cuerpo humano o en diversos objetos cercanos a la escena del crimen tales como restos de comida, generalmente quesos, frutas y chocolate o con menos frecuencia en lápices y bolígrafos, entre otros materiales duros. Obviamente las diferencias de consistencia y dureza del sitio donde se produce la mordida alteran su morfología y la dificultad aumenta especialmente en aquellas zonas del cuerpo humano que poseen formas redondeadas o pliegues naturales. Igualmente dependiendo de la zona, varía la elasticidad, el espesor, y la cantidad de tejido adiposo en la piel obteniendo un mayor o menor grado de distorsión.

Así mismo, Kenney en 1995 señala como otras de las particularidades que se deben considerar que “el aspecto de una mordedura está en íntima relación con el tipo de piel de la víctima. La piel de los niños es por lo general bastante frágil, se lesiona fácilmente al igual que la piel de las mujeres en comparación con la de los hombres. Con el paso de los años la piel, por regla general, es menos frágil y la reacción a una presión enérgica es menor que en la niñez. Pero en personas ancianas, la piel es fina y los daños de una mordedura pueden ser graves. El color de la piel puede influir en la dificultad de ver e interpretar los detalles que quedan grabados en la herida, ya que una piel pigmentada no tiende a mostrar las heridas con la misma nitidez que una piel blanca. (9)

En este sentido, hay múltiples técnicas para realizar el análisis de la huella de mordedura humana, sin embargo, sin distinción de la técnica empleada, el procedimiento esencial supone la comparación e identificación del sujeto implicado, Al respecto Kouble (2003) opina que “Las técnicas de comparación usadas en el análisis de las marcas de mordeduras son muchas y variadas, la escogencia de la técnica a utilizar depende en gran parte de preferencias personales. Hasta ahora nadie ha demostrado que una técnica sea mejor que las otras, y muy pocas investigaciones se han realizado para comparar diversos métodos.” (10)

Esta comparación que se realiza entre las huellas de mordedura relacionadas con el suceso y las de algún sospechoso o imputado, se basa en elementos diferenciadores como son el tamaño y forma de las arcadas dentales, si hay continuidad en el dibujo, lo cual resulta útil para determinar si hay ausencia de alguna unidad dentaria, el número de unidades que se observan en la huella de mordida, la alineación de los dientes impresionados, la existencia de dientes curvos, rectos, o angulados, la presencia de anomalías de alineación, forma o volumen.

En referencia al proceso de comparación, los delitos comúnmente relacionados con este tipo de lesiones son los delitos sexuales, los delitos de violencia intrafamiliar y los delitos producto de enfrentamientos violentos tales como riñas, peleas e incluso homicidios. Así lo confirman las investigaciones realizadas por Vale y Noguchi en el año 1983 que consistió en un estudio de la distribución anatómica de las marcas de mordedura humana, por sexo de la víctima y del tipo de crimen implicado. Los autores concluyeron que, “Las marcas de mordedura en este estudio ocurrieron sobre todo en crímenes relacionados con sexo, casos de pederastia, y casos que implicaban otros tipos de altercados físicos. Las marcas de mordedura fueron encontradas en todas las áreas del cuerpo, el 40% de las víctimas mostró más de una marca de mordedura. Las víctimas femeninas fueron más comúnmente mordidas en los pechos, los brazos, y las piernas, mientras que las víctimas masculinas fueron más comúnmente mordidas a nivel de los brazos y de los hombros”. (11)

En ese sentido, frecuentemente se presenta como prueba en la dilucidación de hechos penales violentos la huella de la mordedura humana. Sin embargo, sus características de evidencia perecedera y el tecnicismo necesario que involucra el procedimiento de colección y preservación de este tipo de pruebas, para fines jurídicos, hace necesaria la participación de un experto judicialmente reconocido como tal, de manera que en su manipulación la evidencia no pierda su confiabilidad y poder como elemento probatorio. Esto, depende del establecimiento de un protocolo estándar que garantice la calidad y validez de la evidencia.

El peritaje y el uso de la huella de mordedura humana como medio de prueba.

En los delitos de violencia y agresión personal; los organismos policiales, tienen conocimiento de la huella de mordida, mediante la denuncia, bien sea porque la lesión es ocasionada por el agresor sobre la víctima u otro objeto presente en el lugar del crimen, porque la misma víctima en un acto de defensa dejó su marca en el agresor o sí la huella dental está presente y relacionada con algún otro hecho punible, y en consecuencia esta marca es investigada de oficio. En estos casos, el funcionario se vincula en la Fase Preparatoria del Proceso Penal, también conocida como la fase de investigación y durante ésta, se realizan todos los actos para confirmar o desvirtuar la participación del presunto autor a los efectos de la acusación. Esta fase es definida por Pérez (1999) “como el conjunto de diligencias o actos procesales que se inicia desde que se tiene noticia de la existencia de un delito y que se extiende hasta el momento en que se decide la presentación de la acusación formal contra el presunto autor de tal delito.” (12)

En este sentido, el acto procesal se hace complejo por las posibilidades de variación de la huella de mordedura en el modelo humano; las diferencias de los tipos de tejidos para las distintas edades y grupos étnicos, los problemas de pigmentación, la grasa y músculos subyacentes, entre otros muchos factores, contribuyen a la complejidad de esta prueba pericial. No menos importantes son los detalles particulares como la incidencia de rotaciones dentarias, la separación entre piezas, las fracturas, la curvatura, la arcada etc. Estos conocimientos técnicos son propios y específicos de la profesión de odontología y, por tanto, es deseable la participación de un odontólogo en la evaluación inicial de la huella dental. Aunque en la práctica esto no es siempre posible, pues la mayoría de las evaluaciones de lesiones se realiza en medicaturas y puestos policiales, y en muy pocas ocasiones hay un profesional de la odontología presente. Debido a esto, en muchos eventos los primeros en intervenir en la colección de esta evidencia son médicos de emergencias o funcionarios policiales y el manejo que se hace de las huellas, no siempre es el adecuado para los efectos legales de tales procedimientos.

En consecuencia, el perito o científico que analiza la huella de mordida debe ser de preferencia un Odontólogo Forense, dada la complejidad de la misma como prueba En este sentido Sweet (2005) señala que la mayor parte de los peritos con experiencia coinciden en que debido al alto grado de deformidad inherente a los tejidos humanos, el odontólogo debe ser extremadamente conservador en cualquier conclusión alcanzada en estos casos. (13)

Al respecto, durante la colección inicial de evidencia de prueba; función del Ministerio Público o de los cuerpos policiales, específicamente el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C) a través de los Odontólogos Forenses; se produce el análisis y evaluación de la huella de mordida el cual se plasma en un dictamen pericial. Este medio de prueba consiste en que el experto o especialista expone sus razonamientos y su parecer sobre la materia, previo el examen científico del caso, que ha sido sometido a su consideración y emite un pronunciamiento por escrito. Este planteamiento coincide con lo esbozado por Guerra (2002) “el dictamen pericial es una actividad representativa destinada a comunicar a la autoridad competente (fiscal-juez), acerca de las percepciones e inducciones obtenidas objetivamente por medio de una apreciación técnica o científica de una cosa, persona o actividad.” (14)

Así esta contemplado en la legislación venezolana, específicamente el Código Orgánico Procesal Penal (C.O.P.P) en su artículo 239, establece la estructura y el contenido mínimo que debe tener tal Dictamen Pericial. En concordancia, Sgambatti (2007), señala que dada la importancia que le asigna el legislador al informe pericial, este lo equipara con una sentencia en cuanto a su estructura. Así, el informe consta de un componente descriptivo o narrativo en donde le corresponde al experto indicar la persona, u objeto sobre la cual recae la experticia; el estado en el que se encontraban, el lugar y posición de los mismos, entre otros detalles. Un segundo componente del informe, lo constituye el análisis crítico de la prueba, o la parte motiva, donde el experto hace una relación detallada de los exámenes practicados, de la técnica empleada, y la justificación de porque usó determinado método y desechó otros. Para culminar, el informe presenta un tercer componente, que es la conclusión o la dispositiva en donde el experto deduce las consecuencias de los exámenes y técnicas aplicadas. (15)

Luego, debe quedar claro que el procesamiento de la huella de mordida suele realizarse en dos momentos plenamente diferenciados y distantes; un estudio preliminar, que consiste principalmente en la fijación o registro de la huella y un estudio comparativo con fines identificativos. Por una parte, en el primer momento se realiza un estudio preliminar, que consiste principalmente en la fijación o registro de la huella por diferentes medios. Por ejemplo, el registro fotográfico y la toma de muestra de saliva a los fines de la determinación del ADN, entre otros procedimientos técnicos. Al respecto, Moya y colaboradores (1994) recomiendan que las fotografías sean realizadas in situ; que se señale la distancia entre el objetivo y la marcas; que se coloque una regla milimetrada para poder establecer la medida de la mordida; que se tomen fotos blanco y negro que permiten una mejor resolución para la impresión o ampliación y fotos a color que permiten la diferenciación de los colores complementarios próximos entre sí; la toma de dos fotografías separadas, una de cada arco, en caso de mordeduras situadas en superficies anguladas o convexas, para evitar la distorsión; entre otros.(16)

Esta primera etapa es impostergable, e irreproducible posteriormente en la Fase de Juicio, por ello, en su análisis el perito debe concluir, si la mordedura es humana, si la huella es procesable desde el punto de vista técnico, en caso de muerte si la huella se produjo antes o después de la muerte. Pero además, debe reportar si en la huella se encuentran presentes una o ambas arcadas dentales, sobre la posibilidad de la presencia de más de un agresor, sobre la posición del o los agresores con respecto a la víctima, mediante la determinación de la huella dejada por el maxilar y por la mandíbula respectivamente, entre otros sucesos y detalles que permiten el esclarecimiento de los hechos.


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