Papel del medico del trabajo en un servicio de prevencion
Autor: Agustín Míguez Burgos | Publicado:  10/05/2010 | Medicina Preventiva y Salud Publica | |
Papel del medico del trabajo en un servicio de prevencion .1

Papel del médico del trabajo en un servicio de prevención

Agustín Míguez Burgos. D. U. Enfermería FREMAP Ciudad Jardín. Sevilla. D.C.C.U. Distrito Sevilla.
Damián Muñoz Simarro. D. U. Enfermería D.C.C.U. Distrito Sevilla.
Susana Tello Pérez.

INTRODUCCIÓN

La Medicina del Trabajo vive desde la publicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995 y del Reglamento de los Servicios de Prevención en 1997 una nueva situación de trabajo que vamos a analizar a continuación. Para ello nos vamos a apoyar en distintas normativas como la mencionada, el programa de la especialidad de Medicina del Trabajo (aprobado en el año 2005) y otras recomendaciones internacionales sobre los servicios de medicina del trabajo, al objeto de exponer cuales son las funciones que se le asignan a un médico del trabajo y compararlo con la situación actual dentro del mundo de los servicios de prevención.

La ley 31/95 es la que crea el concepto actual de Servicio de Prevención a través de su artículo 31. Pero es en el año 1997 con la publicación del RD 39/97 en el que se desarrollan las fórmulas de constitución y los requisitos que deben cumplir los mismos. Desde esa fecha el sector de los Servicios de Prevención, como se ve en la diapositiva, es un sector en crecimiento, estando a finales de 2007 constituido por más de 700 servicios de prevención.

Como podemos ver, de las 4 disciplinas preventivas el 50% están acreditados en tres especialidades y otro 50% en las 4 especialidades. Solo a modo de curiosidad los hay acreditados en solo una especialidad, bajo nuestro punto de vista es una situación increíble, y como puede verse no es un error de un año.

EL SERVICIO MÉDICO DE PREVENCIÓN

El Servicio de Prevención es “un conjunto de medios humanos y materiales NECESARIOS para realizar actividades preventivas a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, asesorando y asistiendo para ello al empresario, a los trabajadores y a sus representantes y a los órganos de representación especializados”.

Las actividades a realizar son:

• Plan de Prevención para integrar la prevención en la empresa
• Evaluación de factores de riesgo
• Planificación de actividad preventiva y determinación de prioridades y vigilancia de eficacia.
• Información y formación a los trabajadores
• Prestación de Primeros auxilios y planes de emergencia
• Vigilancia de la salud en relación a los riesgos derivados del trabajo

Por lo que se refiere al RD 39/97, en art. 37 enumera las funciones de nivel superior. En el apartado 3 recoge las actuaciones específicas en el ámbito de la vigilancia de la salud, que desarrolla el último punto de las funciones de un Servicio de Prevención:

1. Exámenes de salud o vigilancia individual: inicial o por asignación de nuevas tareas, tras ausencia prolongada y a intervalos periódicos.
2. Necesidad de conocer las enfermedades que se produzcan entre los trabajadores, para analizar su relación con los riesgos laborales,
3. Realización de análisis con criterios epidemiológicos de los resultados de la vigilancia de la salud
4. Estudiar y valorar los riesgos que puedan afectar a trabajadoras embarazadas o en situación de parto reciente, menores y trabajadores especialmente sensibles.
5. Prestación de los primeros auxilios en los centros de trabajo.

ANÁLISIS DE LAS ACTUACIONES

Tras más de 10 años de experiencia y a pesar de estos puntos de referencia, podemos coincidir en que hoy en día todo el mundo traduce la actuación de la medicina del trabajo a la realización de los exámenes de salud. Esta es la actividad principal y más conocida, motivado quizás por la histórica actuación que se venía realizando desde antes de la publicación de la Ley. Pero además el reconocimiento médico es considerado una conquista social aunque también es una actuación sanitaria apreciada por el trabajador, como demuestran las Encuestas Nacionales de Condiciones de Trabajo. Es cierto que esta actuación ha cambiado y que, de acuerdo a nuestros principios y a lo que exige la norma actualmente, hacemos una intervención más dirigida a los problemas de salud en relación al riesgo derivado del puesto de trabajo. El número de reconocimientos se quiere utilizar como criterio de referencia para dimensionar la actividad sanitaria, pasando a ser referencia de calidad el número de profesionales sanitarios necesarios en función del número de reconocimientos que hay que realizar. Por tanto si ahora la realización de las otras actividades presenta dificultades como veremos a continuación, si los criterios de calidad las omiten, sencillamente desaparecerán y no hay nada más que hacer que reconocimientos.

Revisaremos las otras actividades que según la normativa vigente son exigencias exclusivas del área sanitaria, y exponer por qué no disponen de la fama y solicitud que cabría esperar de ellas, como actuaciones sanitarias.

En cuanto al análisis de las enfermedades o ausencias al trabajo por motivos de enfermedad, creemos que nadie se ha parado seriamente a analizar lo que conlleva esta actuación; si un trabajador no acude al trabajo, la empresa debe comunicar al servicio médico dicha incidencia, que pensemos que lo hace con el envío de una copia del parte de baja; como dicha copia es la de la empresa no se registra el diagnóstico por lo que lo único que sabemos es que está de baja. Si debemos analizar su relación con el trabajo necesitamos contactar con el trabajador para que, si lo considera oportuno, nos informe de cuál es el motivo. Veamos las 2 posibilidades de acceder a dicha información.

Si lo hacemos solamente por teléfono para no generar más problemas a nadie, esto requiere una infraestructura importante no debe ser administrativa por el tipo de información que se va a manejar, y de difícil justificación para la empresa pues solo tiene por objetivo saber si tiene relación con el trabajo, y nos podemos encontrar con la desconfianza del trabajador de comunicarlo por teléfono a un desconocido. Si lo hacemos mediante una cita del trabajador a una consulta con el servicio médico, puede ocurrir que cuando está de baja no pueda acudir y cuando se incorpore a la empresa, esta pondrá pegas para darle permiso para asistir, teniendo en cuenta que a veces hay problemas con la asistencia a los reconocimientos. Desde el punto de vista del servicio médico supone un sobre coste de gestión de citas con un resultado poco importante. Si esperamos a actualizar la historia clínica cuando se realice el reconocimiento médico es posible que por el paso del tiempo ni el propio trabajador recuerde la ausencia ni el motivo de la misma.

Apostamos por la realización de reconocimientos médicos tras bajas prolongadas (si definimos bien que es baja prolongada), nos puede aportar más información de asuntos verdaderamente importantes desde el punto de vista médico y preventivo, y que pueden tener más repercusión en la salud de los trabajadores de la empresa.

Respecto del análisis epidemiológico, se están haciendo cosas pero aún falta por definir la situación. La primera dificultad es el tamaño de las empresas en las que desarrollamos nuestro trabajo; son empresas pequeñas en las que no hay una población suficiente para realizar ningún estudio. En segundo lugar no hemos definido sobre qué debemos estudiar, porque la definición que viene en el RD de analizar los resultados de la vigilancia y de la evaluación de riesgos, no sabemos con exactitud a qué se refiere.

Sobre los Trabajadores Especialmente Sensibles (TES) es una actuación que queda tapada por el reconocimiento médico en la mayoría de los casos, si exceptuamos las embarazadas y los menores. Cuando reconocemos a un trabajador, si descubrimos una situación de mayor riesgo para su puesto de trabajo ya vamos a recomendar unas medidas adicionales. Cosa que ocurre igual cuando es un menor el que accede a un puesto de trabajo. Es en el momento del reconocimiento cuando se analiza las medidas preventivas necesarias.


Revista Electronica de PortalesMedicos.com
INICIO - NOVEDADES - ÚLTIMO NÚMERO - ESPECIALIDADES - INFORMACIÓN AUTORES
© PortalesMedicos, S.L.
PortadaAcerca deAviso LegalPolítica de PrivacidadCookiesPublicidadContactar