La bioetica en la investigacion. Un elemento clave en salud ocupacional
Autor: Dra. Berta Guevara R. | Publicado:  22/03/2012 | Etica, Bioetica. Etica medica. Etica en Enfermeria , Articulos | |
La bioetica en la investigacion. Un elemento clave en salud ocupacional .3

• Se debe informar a los trabajadores los resultados de los exámenes realizados, con el fin de que éstos conozcan las exigencias del empleo y su aptitud y salud requerida para el puesto. Así mismo esta información con el consentimiento informado del trabajador, se deberá comunicar únicamente a la gerencia de la empresa.

• Las pruebas biológicas y otras investigaciones deben ser elegidas en función de su validez para la protección de la salud de los trabajadores afectados, procurando que los métodos y exámenes no sean invasivos, ni entrañen riesgos para la salud del trabajador. El trabajador debe dar su consentimiento.

• Los profesionales de la salud ocupacional que hagan investigación deben diseñar y llevar a cabo sus actividades sobre una base científica sólida, con plena independencia profesional, y aplicar los principios éticos que rigen a la investigación médica, incluida la evaluación por un comité de ética independiente. No se deben emitir juicios, consejos o realizar actividades que pongan en peligro la confianza en su integridad e imparcialidad.

• Todos los trabajadores deben ser tratados de manera equitativa, sin ser objeto de ningún tipo de discriminación por razón de su edad, sexo, condición social, origen étnico, opiniones políticas, ideológicas o religiosas, tipo de enfermedad. Además de mantener comunicación entre los profesionales de la salud ocupacional y el funcionario de la empresa responsable de las decisiones de más alto nivel, acerca de las condiciones y la organización del trabajo y el medio ambiente laboral.

• Los profesionales de la salud ocupacional deben fijarse en que el contrato de empleo contenga disposiciones sobre la posición legal, contractual y ética con respecto a cuestiones conflictivas, al acceso a los registros y sobre todo acerca de la confidencialidad y que además no limiten su independencia profesional.

• Mantener un registro sobre los problemas de salud ocupacional de la empresa y datos sobre la vigilancia del medio ambiente de trabajo, datos personales como el historial de empleo y aquellos relacionados con la exposición ocupacional y sus consecuencias sobre la salud.

• Los resultados de las investigaciones médicas deben estar registrados en archivos médicos confidenciales que deben guardarse bajo la responsabilidad del médico o la enfermera.

• Con el consentimiento del trabajador, el médico del trabajo o la enfermera del trabajo puede, si fuera necesario, informar al médico particular del trabajador de los datos pertinentes sobre la salud de éste, así como de los factores de riesgo del trabajo.

• Deben establecer programas de auditoría profesional de sus propias actividades, a fin de asegurarse que han sido establecidas normas adecuadas, que éstas se conozcan y cumplan y que las deficiencias que puedan presentarse sean detectadas.

El profesional de la Salud Ocupacional y profesiones afines debe: (4)

- Ejercer su profesión de acuerdo con los principios científicos establecidos, sabiendo que la vida, la salud y el bienestar de las personas pueden depender de su juicio profesional y que está obligado a proteger la salud y el bienestar de las personas.
- Asesorar a las partes afectadas con respecto a los riesgos potenciales para la salud y las precauciones que deben adoptarse para evitar efectos nocivos en la salud.
- Promover y mantener la confidencialidad de la información personal y empresarial que se obtenga durante el desarrollo de las actividades de higiene industrial, excepto cuando la ley u otras consideraciones sobre la salud y la seguridad dicten lo contrario.
- Evitar circunstancias en las que pueda verse comprometido su juicio profesional o puedan surgir conflictos de intereses.
- Prestar servicios exclusivamente en su ámbito de competencia. Actuar de manera responsable para contribuir a la integridad de la profesión.

La información que se obtiene de la práctica de la Salud Ocupacional como la Medicina del Trabajo y profesiones afines, las cuestiones relacionadas con el derecho a la información afectan a todos estos grupos y a la relación que mantienen entre sí. Esto significa que las cuestiones del libre acceso o la confidencialidad de la información con respecto a los derechos humanos, los derechos de los trabajadores y las necesidades de las empresas o de la sociedad en general, tienen un gran alcance y pueden presentar también una gran complejidad. De hecho se trata de un área de importancia decisiva en la bioética de la medicina del trabajo. (3)

Bioética de la Información en Salud Ocupacional

Los dilemas bioéticos que surgen en la práctica de la Salud Ocupacional, Medicina del Trabajo y profesiones afines, en gran parte se deriva de la recogida, almacenamiento, análisis y utilización de información sobre los trabajadores. Estos procesos pueden llevarse a cabo de una manera sistemática, o bien para un fin concreto, para mejorar la salud y la calidad de vida de los trabajadores o las condiciones de trabajo. Son motivos que en sí mismos tienen siempre importancia fundamental para la salud en el trabajo. Sin embargo, esta información puede utilizarse también para prácticas selectivas que pueden llegar a ser discriminatorias si se aplican, por ejemplo, a la selección de personal o al reparto de tareas. La información obtenida de las historias clínicas o de los archivos personales pueden tener, en principio, la posibilidad de que se utilice en contra del individuo de una manera inaceptable o que viole los principios bioéticos fundamentales. (5)

Esta información la conforma datos y observaciones registrados en exploraciones médicas previas a la contratación o en programas rutinarios de vigilancia de la salud o de exploración selectiva. Estos tipos de programas o rutinas suelen ser introducidos por las propias empresas o motivados por requisitos legales. La información puede incluir también los datos recogidos en las consultas médicas a las que acuden las personas afectadas. Una fuente de información que tiene un interés especial en el campo de la medicina del trabajo es el control biológico de las exposiciones en el lugar de trabajo. (3)

La información puede referirse a estados de salud en el pasado o a comportamientos relacionados con la salud, como el ausentismo por enfermedad. También puede contener observaciones sobre síntomas y resultados de reconocimientos médicos y pruebas de laboratorio. Este último tipo de información puede referirse a la capacidad funcional, la fuerza muscular, la resistencia física o las destrezas cognitivas o intelectuales del trabajador y puede contener también evaluaciones de diferentes aspectos del rendimiento físico o laboral. La información también puede contener, en el extremo oscuro del espectro de la salud, datos sobre problemas de salud, minusvalías, estilos de vida extremos, consumo de alcohol, drogas y otros productos tóxicos, etc.

Aunque muchos de estos datos resultan relativamente sin importancia alguna o inocuos por separado, cuando se combinan y se recopilan con carácter histórico a lo largo del tiempo pueden llegar a proporcionar una descripción muy particularizada y extensa de las características del trabajador. La información se registra y almacena utilizando diferentes métodos, en el caso de los archivos que contienen información individual del trabajador, el método más habitual consiste en rellenar a mano las fichas. También se pueden utilizar bases de datos, empleando pendrives o disquetes para guardar la información. Puesto que la capacidad de memoria de estos archivos informatizados es enorme, las bases de datos constituyen en sí mismas una posible amenaza para la integridad personal. La información que se almacena en estos bancos de datos, registros y ficheros, si cae en manos de personas inadecuadas, puede convertirse en un instrumento de poder y utilizarse en perjuicio de la persona en cuestión. (3)

Por definición legal este tipo de información debe tener carácter confidencial, que de no ser así, queda fuera del ámbito normativo. La sensibilidad de la información en este sentido depende del contexto y de muchos otros factores. Lo que sí es importante es aplicar los principios bioéticos fundamentales a la hora de tratar cuestiones sobre cómo, por quién y en qué circunstancias se tratan estos datos y ese tipo de información. (5)

En la práctica de la Salud Ocupacional, como de la Medicina del Trabajo y profesiones afines, existen información cuya obtención, procesamiento y utilización pueden plantear problemas bioéticos o incluso conflictos entre los mismos principios bioéticos. Es el caso de la evaluación de los peligros y el análisis de los riesgos. En situaciones en las que, por ejemplo, la información sobre un peligro para la salud en el trabajo se ha ocultado deliberadamente a los trabajadores, cabe esperar que el análisis bioético demuestre claramente que se han violado los tres principios bioéticos. Esto ha de cumplirse con independencia de que alguna de las partes interesadas considere que la información es confidencial. La dificultad surge cuando la información es incierta, insuficiente o incluso inexacta. (5)


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