Aspectos legales de la practica del cuidado de Enfermeria antes y despues de participar en un programa educativo
Autor: J. Bladimir Parada | Publicado:  27/03/2012 | Formacion en Ciencias de la Salud , Medicina Forense y Legal , Enfermeria , Articulos | |
Aspectos legales practica cuidado Enfermeria antes y despues participar programa educativo .2

Cuando la enfermera (o) se ve obligada a romper el secreto profesional por motivo legales, moralmente su primera preocupación, ha de ser la seguridad del paciente y procurará reducir al no cantidad de información revelada y el número de personas que participen en el secreto.
(p. 8). [3]

De igual manera, en Venezuela, el avance de la vida moderna indica que el profesional de Enfermería debe tener incorporado en su ejercicio profesional principios éticos, visión humanística y un sentido de responsabilidad necesario para proporcionar una atención integral adecuada.

Durante la atención de Enfermería se presentan situaciones que implican derechos, deberes y obligaciones del profesional, tanto para sus pacientes, colegas y sociedad en general. Actualmente en el marco legal del país se aprobó una ley que rige el ejercicio profesional de la Enfermería en la cual se expresa los deberes y derechos del profesional hacia el paciente y los entes legales, la cual por ser de aprobación reciente es poco conocida entre los profesionales de Enfermería.

El Código Deontológico de Enfermería, encierra un conjunto de deberes, derechos, normas éticas y morales que deben conocer el profesional de Enfermería para aplicarlo a la práctica diaria. Asimismo, el código establece que la enfermera no ejercerá la profesión con sentido mercantilista y actuará con equidad, justicia y honestidad. Del mismo modo, se hace referencia en su artículo 13 a los hechos que constituyen violación de las normas morales y éticas del citado código y a los órganos encargados de sancionar la violación de las citadas normas previstas en el artículo 13. [4]

También se prevé, la obligación por parte de las enfermeras de acatar las decisiones emanadas de la Federación y de los Colegios, cuyo incumplimiento será sancionado por pos-tribunales Disciplinario. Con respecto a los deberes de las enfermeras, cuando estas consideren que han sido violados deben acudir a los organismos gremiales para defensa. Establece la prohibición para las enfermeras de obtener beneficios económicos valiéndose de la condición que les da el cargo que ejercen. Por su parte Mc Closkel y Bulechek (1998) consideran al Administrador de Enfermería como cuidador indirecto. Señalan que las intervenciones de cuidado indirecto comprenden acciones dirigidas a la administración del ambiente de cuidado del enfermo y de colaboración interdisciplinaria. Serian las acciones que soportan la efectividad de las intervenciones de cuidado directo. Estas acciones comprenden la competencia del cuidador en el área de trabajo asignada la mentoría o guía al personal con escasa o mínima experiencia laboral, la cantidad de enfermeras asignadas en función de la complejidad de la patología y condiciones de los enfermos a cuidar. Así mismo incluyen acciones de equipamiento o de asignación del recurso material y médico quirúrgico requerido para un cuidado de calidad o el cuidado requerido por los enfermos a cuidar. [5]

En este contexto referencial, se considera al Administrador de Enfermería como cuidador indirecto y sus intervenciones comprenden acciones dirigidas a la administración del ambiente de cuidado del enfermo y de colaboración interdisciplinaria. Serian las acciones que soportan la efectividad de las intervenciones de cuidado directo. Estas acciones comprenden la competencia del cuidador en el área de trabajo asignada la mentaría o guía al personal con escasa o mínima experiencia laboral, la cantidad de enfermeras asignadas en función de la complejidad de la patología y condiciones de los enfermos a cuidar. Así mismo incluyen acciones de equipamiento o de asignación del recurso material y médico quirúrgico requerido para un cuidado de calidad o el cuidado requerido por los enfermos a cuidar.

Un administrador en su rol de cuidador indirecto desarrollará programas permanentes de sensibilización a través de acciones que incluyan incentivos, bonos, programas especiales en los fines de semana y días feriados, además de promociones y gratificaciones saláriales. Este sería un proyecto diseñado según necesidades de los miembros. Este programa evitaría la insatisfacción, muy común entre el grupo de enfermeras e incidirá e incidirá directamente en los cuidados a usuarios o enfermos.

Las Enfermerías Supervisoras aunque tiene por objeto al ser humano, no escapan de la obligación de responder ante las leyes por sus acciones u omisiones, aún más si se considera que actualmente el nivel académico del profesional de Enfermería se ha elevado.

En una época de complejidades, cambios e incertidumbres como la que se vive actualmente en el país, la administración viene a ser una de las más importantes actividades de los Gerentes de Enfermería de un Hospital .tipo IV de Caracas, siendo la meta lograr cambios positivos en la gestión destacándose entre otros, una visión integral sobre la responsabilidad desde el punto de vista profesional, legal, ético y gremial, mediante el mínimo de esfuerzo e insumos, tales como: dinero, tiempo y materiales, por lo que las Enfermerías (os) Supervisoras deben conocer y manejar lo relativo al paciente, a los bienes de la institución y al cumplimiento de las funciones inherentes al cargo.

El administrar recursos humanos y materiales es esencial para garantizar la coordinación de los esfuerzos individuales, ya que la función básica de todos los administradores, a cualquier nivel y/o clase de empresa, es lograr y mantener un ambiente en el cual los individuos que trabajan en grupos, en este caso los profesionales de Enfermería, puedan alcanzar metas y objetivos preestablecidos, o sea, los administradores tienen a su cargo la responsabilidad de iniciar acciones que hagan posible que los individuos aporten lo mejor de sí para lograr los objetivos del grupo, así como de la institución y/o empresa. [6]

En toda organización, particularmente las organizaciones de salud, es proporcionar un servicio personalizado a usuarios en un contexto individual, en consecuencia son variadas las responsabilidades que asumen los miembros integrantes de la comunidad hospitalaria y en especial sus gerentes.

En el caso específico de los centros de salud, los gerentes planifican, organizan, dirigen y controlan las actividades de los recursos humanos aplicando para ello el enfoque del proceso administrativo, que bien lo define Chiavenato, I. (2000) como “…un proceso de funciones íntimamente relacionado en una interacción dinámica; que implica la organización, dirección, coordinación y control del trabajo realizado en toda organización. (p.19). [7]

De allí que realizar la labor de las enfermeras supervisoras en la práctica del cuidado, no es tarea fácil, parte de su complejidad radica en el factor humano que participa en ella. La supervisión es efectuada por personas con características humanas diferentes, lo que ocasiona distintos estilos o formas de ejecutarla, aún cuando existen enfoques y técnicas orientadoras.

Estos acontecimientos, conducen al autor a plantearse las siguientes interrogantes:

¿Cuál es el conocimiento que poseen las enfermeras supervisoras del cuidado de Enfermería en relación con la responsabilidad légale en su dimensiónese: administrativa, civil y penal, en la atención de los pacientes en el Hospital tipo IV de Caracas?
¿Cuál es el conocimiento que poseen las enfermeras supervisoras del cuidado de Enfermería en relación con la forma de actuación en su dimensiónese negligencia, impericia, imprudencia, inobservancia y omisión en el cuidado de los paciente en el Hospital tipo IV de Caracas?
¿Cuál es la relación que existe entre el conocimiento que las enfermeras supervisoras poseen sobre los aspectos legales, antes y después de participar en un programa educativo.
Estas interrogantes conducen a formular el siguiente problema de investigación:
¿Qué conocimientos poseen las Enfermeras Supervisoras sobre la responsabilidad légale en la práctica de Enfermería en un Hospital tipo IV de Caracas?

Objetivo General

Determinar el conocimiento que poseen las enfermeras supervisoras sobre la responsabilidad legale en la práctica del cuidado de Enfermería antes y después de participar en un programa educativo en un Hospital tipo IV de Caracas, antes y después de participar en un programa educativo.

Objetivo Específico

1. Determinar el conocimiento de las Enfermeras Supervisoras en la práctica del cuidado de Enfermería sobre la responsabilidad legal en su factor: forma de actuación antes (pre-test) de participar en un programa educativo.

2. Determinar el conocimiento de las Enfermeras Supervisoras en la práctica del cuidado de Enfermería sobre los aspectos legales la forma en su factor: forma de actuación después de un (post¬test) de participar en un programa educativo.

3. Determinar el conocimiento de las enfermeras supervisoras en la práctica del cuidado de Enfermería sobre los aspectos legales en su factor: responsabilidades después de un (pre-test) de participar un programa educativo.

4. Determinar el conocimiento de las enfermeras supervisoras en la práctica del cuidado de Enfermería sobre los aspectos legales en su factor: responsabilidades después de un (post-test) de participar un programa educativo.

(continua...)


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