Estimada: No soy yo precisamente un maleducado sino un abogado que pretende aportar algo al examen de situaciones jurídicas que para los médicos pueden ser complicadas. En segundo lugar, quiero aclararle que los términos que Ud.me endilga y descalifica, son los empleados textualmente por el Código Penal de la Nación, de modo tal que solo los repito. Espero lo lea para que salga de la duda. Lamento que se haya quedado en esta crítica con poco conocimiento de causa y no haya pretendido incluir algun comentario o idea sobre lo planteado, muy de actualidad, sobretodo ahora que hay un proyecto de ley que extiende la impunidad a las mujeres mujeres violadas o abusadas que quedan embarazadas, pero que no exige para requerir la práctica abortiva denuncia de violación ni mucho menos presentación judicial ya que la Corte hasta aquí ha dicho que no es necesaria. Ante esta situación, y más allá de la objeción de conciencia que todo médico puede oponer, como se piensa que debe actuar un médico en esta situación que puede llevarlo al reclamo de mala praxis o hasta caratularlo como homicida. Finalmente, la legislación nacional, la ley de medicina y la Constitución en la Declaración de los Derechos del Niño, hablan que hay vida luego de la concepción, por lo que nos encontraríamos con un proyecto de ley que pretenderá imponerse sin derogar estas otras leyes, la última de las cuales es de rango constitucional. Me gustaría la opinión de los foristas y desde ya pido disculpas si pude ofender a alguien, pero solo repetí la letra de la ley.