Los médicos, con su matrícula del Distrito al día, pueden acceder a esta ayuda del Colegio de Médicos. Lo asesoran, lo patrocinan y eventualmente, lo ayudan económicamente hasta un tope y dependiendo de los fondos de que disponga ese FAS. El médico desde siempre ha entendido que este Fondo no es un seguro sino una prestación graciosa del Colegio, y que jamás le podrán exigir un aporte económico determinado porque no es una empresa aseguradora que debe cumplir con una póliza. Es realmente así?. Los médicos han leído el Reglamento del FAS?, porque este contempla una sanción para los médicos que lo tomen como actividad asegurativa y la citen en garantía?. Esto es un razonamiento correcto e inexpugnable o por el contrario, demuestra debilidad?. Hay antecedentes en la Ciudad de Buenos Aires con Mèdicos Municipales. Sería muy importante para el médico, que hoy casi no puede acceder a un seguro, saber que derechos le asisten con respecto a este Fondo, si puede exigir o no la comparencia del Fondo a juicio?.