Consentimiento informado en el niño como paciente urologico
Autor: Dra. Marina C. García Uley | Publicado:  26/09/2008 | Etica, Bioetica. Etica medica. Etica en Enfermeria , Medicina Forense y Legal , Urologia , Pediatria y Neonatologia | |
Consentimiento informado en el niño como paciente urologico.2



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La Conciencia Social:
La conciencia social está formada por las concepciones, las representaciones, las ideas, las teorías políticas, jurídicas, estéticas, éticas etc., la filosofía, la moral, la religión, y demás forma de la conciencia. La concepción predominante en filosofía era la de que en la vida de la sociedad el papel determinante correspondía a la conciencia, la verdad es sin embargo que la conciencia no es sino el reflejo del ser social, de los hombres en su vida espiritual.

La primera promulgación de esta tesis que proporcionara una firme base científica a la disciplina que estudia la sociedad la dieron Marx y Engels en “la ideología Alemana” no es la conciencia la que determina la vida, sino la vida la que determina la conciencia. (5, 15, 16, 17)

 

La Conciencia Jurídica: La forma de la conciencia social que refleja las ideas  sobre lo legal ilegal, justo, injusto. (32)

 

La Moral: Que surge efectivamente cuando el hombre deja atrás su calidad natural, instintiva y alcanza una naturaleza social, cuando forma parte de una colectividad, es decir, cuando se integra en una forma histórica de comunidad determinada, Gens o Tribus, proviene del vocablo latín Mor que significa costumbre y es la forma que enseña las reglas que deben seguirse para hacer el bien y evitar el mal. Conjunto de facultades del espíritu. Una de las disciplinas de la moral lo constituye la Ética del griego Ethikos (nacido de la costumbre) disciplina que trata de la moralidad y las obligaciones morales, tiene varias formas de expresión (ética médica, de otras profesiones, formaciones económicas, sociales etc.) (2, 5, 12, 13, 14, 15)

 

Ética Médica: Disciplina de la moral que trata de la moralidad y las obligaciones morales. Tiene varias formas de expresión (ética médica de diferentes clases sociales, formaciones económicas y otras; ética de otras profesiones). En una primera etapa denominada histórica o antigua, la ética estuvo caracterizada en el concepto profesional por la concepción de la pericia y tradición hipocrática, lo que para el momento o periodo social bastaba para ser usada como norma de actuación del médico ante el paciente, sus familiares y la sociedad.

Posterior a ello la Ética Medieval abre un nuevo horizonte filosófico, con un orden trascendente del Dios personal, omnipresente y providente, con un mundo creado de la nada por la voluntad divina. Por ello los criterios naturalistas que enmarcaban el orden natural como lo bueno y su desorden como lo malo, adquiere ahora un carácter teleológico. (o de las consecuencias).

 

La figura del médico filantrópico caracterizó la época de la medicina medieval y la ética médica escolástica elabora reglas deontológicas conformes a la moral cristiana, reinando por consiguiente una moral de beneficencia en la que impera la determinación médica, no solo como criterio técnico – científico, sino también como moral.

 

El nuevo orden quedó signado por el desarrollo científico – tecnológico y la democratización de los regímenes políticos, la racionalización científica y la liberta civil. El horizonte filosófico no es entonces el de la naturaleza, propio de la etapa hipocrática, no el de Dios, propio de la etapa medieval, sino del hombre.

 

Surgió así el segundo gran paradigma moral de la historia de occidente.

 

La relación médica fue pasando progresivamente a basarse en el principio de la autonomía y de la libertad de todos los sujetos implicados en ella, tanto de los médicos como de los enfermos, desplazándose así la concepción paternalista y absolutista que primó en etapas anteriores. (2, 5, 12, 13, 14, 15)

 


Los Principios de la Ética Médica

 

·         Relación médico – paciente y con los familiares.

·         Relación con otros profesionales de la salud.

·         Relación con los educandos.

·         Relación con la sociedad.

 

En los últimos años asistimos a un cambio profundo en todo lo relacionado con una toma de decisiones clínicas, así de la prevalencia del criterio profesional se pasa a otro momento en que la autonomía del paciente impone que este participe activamente en aquellos actos clínicos que lo afectan, en esta perspectivas el consentimiento informado se sitúa como eje central representativo en la libertad de decisión del paciente en el ámbito de la salud y de las relaciones sanitarias, así la doctrina del consentimiento informado se basa en el principio ético de respeto a las personas como seres autónomos, con dignidad y capacidad de autodeterminación.

Este nuevo enfoque tiene su correspondiente desarrollo legislativo y normativo en función de la minoría de edad, la incapacidad legal sitúa al menor en una posición de autonomía limitada y por tanto de dependencia de terceros (los padres o sus representantes legales). En términos generales se establece que la edad, la capacidad intelectual, la madurez emocional y estado psicológico deben ser considerados para determinar el peso de la opinión del menor en la decisión final ante cualquier proceso diagnóstico y/o terapéuticos a que sean sometidos, y si los menores tienen edad suficiente deberán dar su asentimiento (2, 6, 7, 10, 11).

Por otra parte las investigaciones realizadas en el campo de la psicología evolutiva señalan la existencia de un desarrollo cognoscitivo y una sensibilidad moral suficientes para tomar decisiones personales voluntarias a partir de los 14 años, ya que entre la edad de 3 años (pre – verbal) y posterior a ésta (verbal) aún no han alcanzado la madurez necesaria para la aplicación de este principio, es sin embargo a partir de los 12 años cuando se apuntalan los rasgos de autodeterminación y de coherencia que vendrán a significar las decisiones responsables y maduras desde el punto de vista jurídico a esta edad pueden ser llamado para examinarlos, a los 16 años si cometen delitos pueden ser acusados, a los 17 años adquieren la edad laboral y su capacidad plena a los 18 años.


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