Conocimientos sobre los principios eticos y las implicaciones legales en las practicas profesionales de los estudiantes de enfermeria
Autor: Wendy Figueroa | Publicado:  31/01/2012 | Formacion en Ciencias de la Salud , Etica, Bioetica. Etica medica. Etica en Enfermeria , Enfermeria , Articulos | |
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Artículo 18.

El secreto profesional es inviolable, y el o la profesional de la enfermería está obligado a guardarlo. Igual obligación y en las mismas condiciones se impone a los estudiantes de enfermería.

Artículo 20.

El o la profesional de la enfermería debe guardar los secretos que se le confíen o de los que tenga conocimiento en el ejercicio profesional, aún después de la muerte del enfermo, a menos que éste antes de morir haya autorizado por escrito al mismo para que los revelara.

Estos artículos señalan, La necesidad de guardar el secreto profesional en cuanto a la naturaleza del secreto profesional, se debe mencionar que es la obligación o responsabilidad ética que tiene el profesional de enfermería de no divulgar la información que directa o indirectamente obtenga durante el ejercicio profesional, sobre la salud y vida de paciente o su familia.

Así mismo, el Código Deontológico de Venezuela:

Capítulo I Disposiciones Generales

Articulo 9.

La relación enfermera – paciente estará fundamentada en el respeto a la dignidad humana, como son la responsabilidad el secreto profesional

Capítulo III De los Deberes Profesionales

Artículo 33.

El enfermo tiene derecho a: ser tratado con respeto y dignidad, atender a la solicitud del enfermo de acuerdo a su religión, atención de elevada calidad, ser informado de cualquier procedimiento que deba realizarse para confirmar un diagnóstico, dar su consentimiento previo a la aplicación de cualquier procedimiento diagnóstico, respetadas las confidencias.

Articulo 39

La historia elaborada por el profesional de Enfermería está conformada por la apreciación objetiva y subjetiva del usuario.

Articulo 41.

Todo profesional de enfermería debe guardar la confidencialidad cuando esté realizando un trabajo de investigación con los usuarios.

Artículo 42.

Todo profesional debe mantener el secreto profesional.
Estos artículos señalan las características éticas que debe poseer el personal de salud en su práctica, como deberes a cumplir en el ejercicio profesional.

Sistema de Variables

Variable

Tamayo M. (1995) define el término variable como “cualquier característica o cualidad de la realidad que es susceptible a asumir diferentes valores, es decir, que puede variar”. Así las variables Las variables son los elementos constitutivos de los hechos, fenómenos o problemas, son propiedades que pueden ser modificadas y cuya variación puede ser medida.

Variable de Estudio

Conocimiento de principios éticos y las Implicaciones legales en las prácticas profesionales de los estudiantes del octavo semestre de enfermería de la Universidad Centro occidental Lisandro Alvarado.

Definición Conceptual

El Conocimiento de principios éticos y las Implicaciones legales en las prácticas profesionales los estudiantes del octavo semestre de enfermería es definida como: las nociones de principios bioéticos con injerencia en la práctica de la enfermería y los asuntos legales pertinentes para el ejercicio profesional.

Definición Operacional

Operacionalmente la variable Conocimiento de principios éticos y las Implicaciones legales en las prácticas profesionales de los estudiantes del octavo semestre de enfermería se medirá considerando las dimensiones referentes a las nociones de principios bioéticos con injerencia en la práctica de la enfermería y los asuntos legales en Venezuela para el ejercicio profesional.

Operacionalización de la Variable. 

principios_eticos_legales/operacionalizacion_variables

Definición de Términos Básicos

Competencia: Presunción legal de que, cuando alcanza la mayoría de edad, la persona es capaz de realizar actos ejecutados por ley.

Consentimiento: Autorización voluntaria dada por una persona con competencia legal.

Contrato: Acuerdo entre dos o más personas que crea, modifica un derecho u obligación legal.

Culpabilidad: Es la obligación en la que se incurrido o se puede incurrir, debido a cualquier acción u omisión, considerando una conducta irrazonable.

Daño: Categoría legal que trata de los agravios civiles hacia una persona o propiedad.

Declaración: Afirmación hecha por un testigo fuera de juzgado pero bajo juramento.

Derecho Administrativo: Leyes permitentes a las normas aplicadas al poder ejecutivos del gobierno (p.ej., la junta es fatal de enfermería).

Derecho Civil: Leyes permitentes a los derechos y deberes legales de los ciudadanos.

Derecho Penal: Campo importante de la ley que define las conductas, prohibidas o controladas por la sociedad.

Exigibilidad: Indica responsabilidad y respeto a alguna actividad. (Se juzga al personal de enfermería por el resultado de sus actividades o acciones que realicen).

Ley: Es el conjunto de reglas o reglamentos mediante los cuales se gobierna una sociedad.

Mala Práctica: Omisión en el cumplimiento de una norma profesional de cuidado, que implica un conocimiento y habilidades propios de un miembro de una profesión y que produce daños.

Malpraxis: Es el incumplimiento de los deberes profesionales u omisión para satisfacer la normas profesionales (causando daño a otra persona).

Negligencia: Omisión en el cumplimiento de una norma profesional normal de cuidado (ser razonable y prudente según la circunstancia) que no implica u conocimiento y habilidades especiales y que produce daños.

Perjuicio (daño legal o civil): Es el que comete una persona en contra de otra o de alguna propiedad

Predictibilidad: Concepto de responsabilidad por el que uno es responsable de las consecuencias naturales y predecible de los propios actos.


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