ONCOLOGÍA
RADIOTERÁPICA: PLAN DE LA ESPECIALIDAD (1)
l. DEFINICION DE LA ESPECIALIDAD
Denominación Oficial: Oncología Radioterápica.
La Oncología Radioterápica es una especialidad médica dedicada a los
aspectos diagnósticos, cuidados clínicos y terapéuticos del enfermo
oncológico, primordialmente orientada al empleo de los tratamientos
con radiaciones, así como al uso y valoración relativa de los
tratamientos alternativos o asociados e Investigación y Docencia.
2.
CAMPO DE ACCION, CONTENIDO DE LA ESPECIALIDAD Y POSIBLES AREAS DE
CAPACITACION ESPECIFICAS.
El contenido de la Oncología Radioterápica como especialidad médica
es el siguiente:
2.1 El estudio de los aspectos epidemiológicos naturales,
diagnóstico, tratamiento y seguimiento de todos aquellos enfermos,
oncológicos o no, en los cuales pueda estar indicado un tratamiento
con radiaciones.
2.2 el estudio y aplicación de los conocimientos radiofísicos a la
investigación, radiometría, dosimetría clínica y a la protección del
personal expuesto a las radiaciones.
2.3 El estudio y aplicación de los conocimientos radiobiológicos,
tanto en el campo experimental como en el clínico.
2.4 El estudio y aplicación de agentes físicos empleados en las
técnicas de diagnóstico específico para la oncología radioterápica
(localización, centraje y simulación...).
2.5 El planteamiento, realización y control de los tratamientos con
radiaciones.
2.6 El conocimiento y aplicación de las terapéuticas de radioterapia
intersticial, cuya práctica requiere un entrenamiento adecuado.
2.7 La determinación de las simulaciones, la utilización de
evaluación de los tratamientos alternativos asociados y asociados,
al objeto de armonizar una estrategia integrada.
2.8 La actualización en el campo de las complicaciones relacionadas
con la enfermedad o con yatrogenia que requieran de su pronta
detección y oportuno tratamiento.
2.9 La utilización de todos los recursos biológicos, físicos y
técnicos en programas de investigación y docencia dentro del campo
de la especialidad antes definida.
CONTENIDOS Y DESARROLLO DEL PROGRAMA DE FORMACION DE ONCOLOGÍA
RADIOTERÁPICA.
PRIMER AÑO.
Corresponde a la formación clínica general, que realizarán durante
todo el año, siguiendo el sistema de guardias en el hospital en las
mismas condiciones que los residentes de Medicina Interna.
Durante este año, opcionalmente y siguiendo las directrices de la
Comisión de Docencia de cada centro, podrá rotar por servicios
relacionados indirectamente con la Oncología Radioterápica.
En todo caso, el paso por Medicina Interna no deberá ser inferior a
6 meses.
SEGUNDO AÑO.
Deberá realizar una rotación de cuatro meses por la sección de
física y Dosimetría, y el resto, hasta completar al año, por la
sección de Radioterapia Externa.
Durante este periodo, el residente deberá alcanzar los objetivos
cognoscitivos de las Ciencias Básicas y Radioterapia.
El residente tendrá la obligación de asistir a las sesiones clínicas
del Servicio con periodicidad de, al menos, una semana; Sesiones
anatomoclínicas, con igual periodicidad; Sesiones bibliográficas, al
menos quincenalmente; Seminarios monográficos, también quincenales,
y al menos cuatro conferencias magistrales al año sobre temas de la
especialidad.
TERCER AÑO
Durante este período deberá rotar por todas las unidades de
Radioterapia externa y sus servicios complementarios, y un periodo
no inferior a los cuatro meses por la unidad de radioterapia
intersticial, intracavitaria, etc.
Durante este periodo se deberán alcanzar todos los objetivos
cognoscitivos del programa.
El Residente tendrá la obligación de participar activamente en las
sesiones clínicas, anatomoclínicas, bibliográficas y en las sesiones
monográficas.
CUARTO AÑO
El último año de maduración, se dedicara a incorporarse con
responsabilidad creciente a todas las secciones del Servicio.
Durante este periodo se deberán alcanzar los objetivos psicomotores
y los objetivos afectivos.
Participar en todas las actividades científico-docentes del
Servicio. Es aconsejable obtener el título de Supervisor de
instalaciones Radiactivas.
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