Aproximacion teorica hermeneutica implicada en el sistema de proteccion de niños, niñas y adolescentes desde los escenarios escolares venezolanos
Autor: Dra. Anna Rodríguez | Publicado:  21/06/2012 | Medicina Preventiva y Salud Publica , Pediatria y Neonatologia , Medicina Familiar y Atencion Primaria , Articulos | |
Teoria hermeneutica sistema proteccion infancia escenarios escolares venezolanos .25

Los Maestros Promotores de Salud Integral dentro de su formación anual reciben distintos talleres con tópicos que buscan mejorar la calidad de vida, entre ellos pudiese mencionar los siguientes talleres: La Ley va a la Escuela, Escuela y Familia, Ley de Responsabilidad Penal del Adolescente, Maltrato Infantil y Abuso Sexual, estos entre muchos otros relacionados directamente con el área de la Salud, que pudiese decir han hecho que estos docentes obtengan una visión más amplia de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA).

Otra elemento que corrobora y afirma mi postura fue la siguiente:

Investigador: Te voy a leer otro artículo y necesito tu opinión.

Articulo 56. Derecho a ser respetados y respetadas por los educadores y educadoras.

Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser respetados y respetadas por sus educadores y educadoras, así como recibir una educación, basada en el amor, el afecto la comprensión mutua, la identidad nacional, el respeto recíproco a ideas y creencias, y la solidaridad. En consecuencia, se prohíbe cualquier tipo de castigo físico o humillante.

Actor Social 3: Bueno este, yo creo que es uno de los artículo en donde se ampara al joven para incurrir en faltarle el respeto al profesor, porque el muchacho a veces incurre en el irrespeto, más sin embargo es verdad hay que determinar la consideración al estudiante, porque hay que ver su integridad.

A pesar que el Maestro Promotor señala que de este artículo los jóvenes se valen para faltarle el respeto al docente muchas veces, sin embargo reconoce que al estudiante se le debe consideración y respeto a su integridad. Es importante señalar que en la Institución donde este docente labora se han detectado, consumo de sustancias psicotrópicos, prostitución, en adolescentes, maltratos físicos, psicológicos y verbales, por parte de las madres, padres o responsables, en fin una descomposición social muy grave, que es trasladada a las aulas de clases.

Actores Sociales 4 y 5 (Docentes)

Este análisis se hace en conjunto porque las dos docentes se encontraban juntas en el momento de la entrevista, a pesar que mi intención fue el de realizar mi investigación con una de las profesoras a razón de conocerla, esta oportunidad fue interesante e importante para esta teorización.

Para este análisis y diferenciar a una docente de la otra las llame Actor Social (A) y Actor Social (B)

Veamos las preguntas y sus respuestas.

Investigador: De tu experiencia como docente, ¿Qué opinas de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA)?

Actor Social (A): Los muchachos tienen a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) como manera de amedrentar a los maestros, ¡Hay profe te voy acusar con la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA)¡ es lo que dicen ellos a cada momento. En otros casos los representantes son más difíciles y conflictivos que los alumnos. Nosotros queremos que nos den talleres sobre la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), porque el problema de los docentes es que no leemos.

Esta docente es consciente de que el problema radica en la desinformación que los docentes tienen acerca de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), pareciera que los niños, niñas y adolescentes estuvieran más interesados en el conocimiento de sus derechos.

El Ministerio del Poder Popular Para la Educación, para lo consiguiente (MPPPE) en relación a la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA) coloca en marcha unas Líneas estratégicas de acción contenidas en el Plan de Desarrollo Económico y Social (2001-2007) cuyo propósito es de intentar corregir las distorsiones sociales que han conducido a estados de exclusión e injusticia.

En tal sentido coloca en marcha el tercer motor constituyente: Educación Moral y Luces, en donde se intenta romper con los esquemas tradicionales de la educación formal mediante la implantación de un sistema educativo abierto, flexible, popular que pueda acreditar a los ciudadanos, su saber y su hacer.

La política Nacional de Atención Integral al niño y al joven se intensifica con la activación del tercer motor: Educación “Moral y Luces” siendo la educación el fuerte de la Seguridad de la Nación.

Se crearon las Defensorías Escolares, se creó la Comisión de seguimiento y enlace entre el MPPPE y el Consejo Nacional de Derechos del Niño y del Adolescente en el año 2002, cuyo propósito fue el de difundir y promover políticas, planes programas, proyectos y actividades en el marco de los derechos de protección integral, supervivencia y participación de todos los niños, niñas y adolescentes. Las Coordinaciones de Desarrollo Social de las distintas Direcciones Municipales de Salud se abocaron en capacitar a través del programa Maestros Promotores de Salud la materia de infancia, en fin lo fue en aquel momento y todavía se mantiene en algunas Instituciones del Estado esta política, sin embargo el nudo critico se presenta en muchos docentes que no quieren aceptar estos cambios de paradigmas, porque tienen muchos años ejerciendo una autoridad, que muchas veces no es ganada por las buenas, sino con maltratos, despotismo y falta de amor por el prójimo.

Otra pregunta que tenía que ver con la teorización y perspectiva de lo que considera esta maestra del Sistema de Protección fue la siguiente:

Investigador: ¿Y cuando un alumno te amenaza con acusarte con la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), que haces?

Actor Social(A): Bueno de eso tengo una anécdota, hubo una vez un problema en el área de Preescolar…

Investigador: (Yo interrumpí) y pregunte con mucho asombro ¿En Preescolar?

Actor Social(A): Si mi amiga en Preescolar una docente peñisco a un alumno de cinco años y este le dijo ¡Te voy acusar con la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y Adolescente (LOPNNA), ¡ el niño al llegar a su casa le comento a su mama lo ocurrido y esta sin más ni más, fue y puso la denuncia al Consejo de Protección y le mandaron una citación a la escuela. Eso fue un rebullicio en la escuela, porque nunca pensamos que eso pasaría.

Investigador: ¿Y porque los asombro en la escuela? ¿Si el niño estaba en todo su derecho? ¿A nadie le gustaría que lo maltrataran?

Actor Social(A): Buenoooo ¡esteeeeee¡ si supongo que tienes razón, pero es que hay muchachos que no se soportan ¡ (Exclamo con voz muy fuerte)

Se nota que muchas veces los educadores creen que la violencia forma parte de la pedagogía, premisas erróneas, pues la promoción del buen trato y el ejercicio de los derechos y deberes de la niñez y la adolescencia necesariamente debe conducir a que la casa, y la escuela sean lugares libres de cualquier forma de violencia, donde se vivan relaciones adecuadas, donde la disciplina se interprete como herramienta para vivir bien y en donde la palabra sea el argumento de la razón y no el maltrato.

En base a esto Arvelàez (2006) señala: “un espacio de buen trato, es aquel que persigue el bienestar integral de la niñez y la adolescencia, y está muy relacionado con ofrecer ejemplos de bondad y ternura, que permitan modelar buenas prácticas de relación social” (p.76).

Otra pregunta que argumenta la opinión e interpretación de los docentes acerca del Sistema de Protección es la siguiente:

Investigador: Ja ja ja, hay amiga esa maestra como que fue usted. Cuéntame y ¿que pasó con la maestra que citaron?

Actor Social(A): No amiga no fui yo, bueno a la maestra la hicieron firmar una especie de caución y todo termino allí.

A mi gracias a dios no me han llamado, pero no creas los representantes a cada rato amenazan a los profe, fíjate otra anécdota, que no me paso a mi ja ja ja, bueno un día por la Defensoría citaron a otra colega porque ella cuando los niños no trabajaban no les colocaba un sellito de carita feliz, pero a los que si trabajaban si se los colocaba, y de eso hubo un problema de que un niñito dijo que no iba más a la escuela siendo de primer grado porque la maestra no te ponía carita feliz, ella mi amiga todavía tiene el expediente abierto porque el niño todavía no quiere ir al colegio y ahora nos mandaron a que no le coloquemos nada de sellitos, ni caritas ni nada, ahora colocamos muy bien, excelente y regular, bueno y después me entere que el caso lo habían pasado a la Fiscalía y le callo a ella, que no podía hacer eso más, entonces a raíz de eso no nos dejan usar los sellitos, imagínate yo tenía dos cajas de sellitos. Qué va hacer uno, uno se encuentra de manos atadas.

Otras partes de este trabajo
Este trabajo consta de distintas partes. A continuación se listan todas:
  1. Aproximacion teorica hermeneutica implicada en el sistema de proteccion de niños, niñas y adolescentes desde los escenarios escolares venezolanos
  2. Aproximacion teorica hermeneutica implicada en el sistema de proteccion de niños, niñas y adolescentes desde los escenarios escolares venezolanos. Anexos

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